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miércoles, agosto 22, 2007

Proyecto

Proyecto

Proyecto que elimina régimen de sociedad conyugal se inició en moción de diputados


 

Iniciativa a la que el Gobierno anunció le dará urgencia a su tramitación, fue presentada por diputadas y diputados en octubre de 1995.

El texto legal, que fue modificado por una indicación sustitutiva del Gobierno, reemplaza el régimen de sociedad conyugal por una comunidad de gananciales, que se basa en la igualdad entre el marido y la mujer para administrar sus bienes.

El proyecto original fue presentado en octubre de 1995 por la diputada María Antonieta Saa y los ex diputados Ignacio Balbontín, Tomás Jocelyn-Holt, Andrés Palma, Aníbal Pérez, Fanny Pollarolo, Marina Prochelle y Romy Rebolledo.

La iniciativa legal fue despachada en octubre de 2005 al Senado, donde la Comisión de Constitución la ha estudiando y emitido dos informes.

El texto reemplaza la sociedad conyugal, actual régimen legal del matrimonio, en caso de que los contrayentes no elijan otro al momento de contraer vínculo, por el de "comunidad de gananciales", concebido sobre la base de la igualdad entre el marido y la mujer en la administración de sus bienes y en la distribución de las responsabilidades familiares.

El nuevo sistema establece que los patrimonios del marido y de la mujer se mantendrán separados mientras dure el matrimonio y serán administrados separadamente por cada cónyuge.

Al término del mismo, estos patrimonios se transformarán en una comunidad entre los cónyuges, o entre uno de ellos y los herederos del otro, comunidad que se liquidará conforme a las reglas generales.

Durante su discusión en el Senado, el Gobierno, a través de la ministra del Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM, Laura Albornoz, ha señalado que aspira a "la derogación definitiva del régimen de sociedad conyugal, para dejar subsistente únicamente el de comunidad de gananciales como régimen legal matrimonial y el de separación de bienes en el carácter optativo".

La ministra, según el Primer Informe de la Comisión de Constitución del Senado, ha calificado de "discriminatorio y lesivo de la capacidad jurídica de la mujer" el "régimen de sociedad conyugal, el cual no desaparece ni se atenúa al otorgársele carácter optativo, ni aún si los contrayentes pueden resolver cuál de los dos tendrá la administración del patrimonio social".

La autoridad de Gobierno, según el informe, ha añadido que un 44,8% de las mujeres chilenas están casadas, y un 64% de ellas lo está bajo sociedad conyugal. "En consecuencia, más de dos millones de mujeres chilenas están sometidas a un régimen que, sin proclamarlo, las trata jurídicamente como incapaces, negándoles un atributo esencial de la persona, como es su capacidad para administrar y disponer de sus bienes", indica el documento.

El proyecto, una vez despachado por el Senado, deberá ser votado nuevamente por la Cámara, en tercer trámite constitucional, ya que ha experimentado cambios respecto del que los diputados aprobaron en 2005.

Miércoles 22 de Agosto de 2007

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Saludos
Rodrigo González Fernández
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