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martes, junio 22, 2010

Kast exigió la creación de un tribunal de elecciones en internas de la UDI

Kast exigió la creación de un tribunal de elecciones en internas de la UDI

  • Ello debido a las acusaciones de supuestas irregularidades en la formación de los consejos regionales.
  • Simpatizantes de Juan Antonio Coloma se mostraron sorprendidos ante estas denuncias.

Juan Antonio Coloma y José Antonio Kast disputarán el 21 de agosto la presidencia de la UDI. (Foto: Archivo UPI)

Cooperativa.cl  
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El candidato a la presidencia de la UDI, José Antonio Kast, junto a sus partidarios pidió al partido la creación de un tribunal calificador de elecciones con el objetivo de asegurar transparencia en el proceso que definirá la próxima directiva gremialista, tras las denuncias de irregularidades.

ImagenEllo luego que fueron presentadas dos denuncias ante el tribunal supremo de la UDI. La primera de ellas fue interpuesta por la senadora Evelyn Matthei acusando irregularidades en la inscripción de listas en el distrito de Coquimbo.

En tanto, la diputada Marisol Turres envió un segundo documento a la misma instancia denunciando problemas similares en Puerto Montt y Valdivia. En ambas acusaciones se dio a conocer la llamada sobreinscripción de partidarios en las listas que crean los consejos regionales que a su vez eligen al próximo presidente del partido, puesto que es disputado por Juan Antonio Coloma y José Antonio Kast.

Ante estas acusaciones, Kast afirmó en El Diario de Cooperativa que "lo que buscamos es prevenir que se produzcan irregularidades y en eso creo que estamos en coincidencia con la directiva". Ante ello, el gremialista estimó que en la UDI "no hay nadie en contra de que haya mayor transparencia".

 "Para prevenir hacia delante, no solamente en estas elecciones sino que también a futuro, los partidos también tienen que ir preocupándose de que las cosas funcionen bien hacia delante, anticipándose a los hechos y eso no es dudar de que hoy día alguien del partido tenga alguna conducta que no corresponda", sostuvo.

Kast afirmó que un tribunal de estas características "es algo normal en todas las elecciones", por lo que "creo que no tiene mayor discusión el tema".

El diputado y partidario de Kast, Arturo Squella, enfatizó que "si bien existe el tribunal supremo, el tribunal tiene otras atribuciones, no tiene una naturaleza propiamente electoral y las diferencias que se dan desde el punto de vista electoral se tiene que resolver en el momento, tienen que ver con cosas que son muy concretas, muy puntuales".

Por ello, afirmó que "sería conveniente que durante los próximos meses se conforme este tribunal (electoral) y de esta manera quedemos todos contentos".

La actual dirigencia se mostró sorprendida ante estas denuncias y enfatizó que el tribunal supremo decidió repetir el proceso tras las acusaciones de Matthei y Turres, lo cual consideraron que es garantía de transparencia.

Felipe Salaberry, miembro de la actual directiva que preside Juan Antonio Coloma, aseveró que "me sorprenden las declaraciones de mi amigo, el diputado Kast, porque si uno tiene alguna duda existen a lo largo de la historia del partido las instituciones para resolver esas discrepancias y lo razonable, lo correcto, lo responsable es recurrir a esas instancias y no a los medios de comunicación".

Antes del 21 de julio deben quedar establecidos los consejos regionales de la UDI en todo el país, incluidos también los que fueron cuestionados ante el tribunal supremo del partido, los cuales ahora deben reelegirse para así el 21 de agosto decidir quién será el próximo timonel del gremialismo.

FUENTE:
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIENTO DE ONU
Celular: 93934521
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Monte su negocio en las redes sociales

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Los pioneros comerciales
Los pioneros comerciales

De acuerdo con un reporte de Thenigmoney.com, las diez empresas que mejor uso hacen de Facebook actualmente son:

1) Coca-Cola Company.

2) Starbucks.

3) Disney.

4) Victoria's Secret.

5) iTunes.

6) Vitaminwater.

7) YouTube.

8) Chick-Fil-A.

9) Red Bull.

10) Friday's.

 Se trata de empresas consolidadas que mejor han sabido capitalizar esta zona de oportunidad; pese a ello, siempre hay lugar para los innovadores. Sirvan de ejemplo los casos propios de Facebook y Twitter.

Los pioneros comerciales
El proceso paso a paso
El proceso paso a paso

Si la decisión de lograr que su empresa tenga presencia comercial en las redes sociales sigue vigente, a continuación le presentamos una guía para crear una página empresarial en Facebook; también Twitter ofrece el nuevo modelo de negocio "re.tweet", mientras que otras redes acaban de presentar nuevos perfiles para marcas.

Avanzando en el proceso, lo primero que requiere es distinguir es el número de personas, grupos y páginas a los que desea llegar. Las cuentas personales se deben utilizar por individuos, y si personalmente tiene una cuenta en Facebook no debe utilizarla para crear una página de empresa.

Los grupos tienen como objetivo debatir o compartir interés por algo en común, así que no es recomendable utilizarlos como página de empresa, aunque si ya tiene un grupo Facebook le permite solicitar el cambio a página de empresa.

El proceso paso a paso
Administradores
Administradores

La figura de administrador de la página puede compartirse. El administrador es quien crea la página y debe tener una cuenta personal para ello; obviamente éste puede ser el empresario o el responsable de la empresa que se dedica a tales funciones, aunque su papel puede delegarse.

Administradores
Instrucciones
Instrucciones

1) Acceda directamente a www.facebook.com seleccione el tipo de tienda que desea crear de entre las tres opciones que ahí se ofrecen (crear una página para negocio local; crear una página para un producto u organización, o para un artista, grupo de música o personaje político).

2) Elija el nombre de su tienda con cuidado pues no podrá cambiarlo después. Le recomendamos que ponga un nombre que defina su servicio seguido de la palabra clave que mejor lo defina, pues esto le ayudará a mejorar su posicionamiento en los buscadores.

3) Una vez que haya creado la página es necesario prepararla: debe agregar información y una foto como mínimo para hacerla vistosa; tenga presente que la página aparece pero aún no está operativa.

4) Una vez creada la página puede utilizarse para:

* Publicar noticias.

* Vincular la página con su blog para que se vea automáticamente lo que aparece en este último.

* Promocionar su página haciendo publicidad de ella.

* Subir fotos y videos.

* Abrir foros de debate.

* Crear eventos.

* Enviar información a todos tus fans.

* Ver las estadísticas de acceso y fans, entre otros aspectos.

Ahora que ya cuenta con su tienda en la red social contemple que en breve Facebook añadirá un componente geográfico que permitirá a los fans o seguidores de la tienda ubicarla físicamente, sobre todo en caso de que usted decida hacer entregas a través de un local.

Instrucciones
www.facebook.com
www.twitter.com
publicado: 19 / 06 / 2010 autor: Staff High Tech Editores


Si considera que su esquema comercial puede moverse a la velocidad de Internet, contemple la opción que las redes sociales brindan a su negocio como escaparate de ventas.


En las redes sociales el tamaño pasa a segundo término cuando de tener presencia comercial se trata: lo mismo encontrará a gigantes como Coca-Cola y Dell comercializando productos que a empresas como "La Movida" haciéndose escuchar en el océano de oportunidades que este nuevo tipo de medios aporta.

Existen compañías que en redes como Facebook, MySpace y Twitter, entre otras, tienen millones de seguidores; otras cuyos grupos de fans o amigos se cuentan por decenas pero que han identificado en el medio una forma original y barata de construir bases de datos, generar una imagen de marca cercana y empatía con los usuarios.

El informe "Entendiendo el valor de la impresión en los medios sociales", elaborado en conjunto por The Nielsen Company y Facebook, liberado en abril de este año, identifica que gracias a las redes sociales actualmente el 85% de los productos se compran porque alguien nos ha hablado bien de ellos; que las recomendaciones hechas por los usuarios refuerzan en un 16% el recuerdo de marca, y que aparecer en el "muro" de Facebook aumenta en un 8% la intención de compra.

Se trata indudablemente de datos que en verdad motivan a los interesados a desarrollar presencia empresarial en las redes sociales, un campo comercial que apenas está desarrollándose si se toma en cuenta que la compañía americana "1800 Flowers" creó a fines de 2009 la primera tienda de comercio electrónico de flores en Facebook.

La consigna fue simple: permitir a sus clientes la compra de sus productos directamente a través de la red social; no se trató únicamente de que la compañía desarrollara una página de fans -como muchas otras empresas o productos que tienen presencia en Facebook- sino que los interesados tuvieran oportunidad de adquirir bienes desde el perfil de 1800 Flowers sin necesidad de salir de la página.

La lógica de los promotores del concepto en 1800 Flowers es que este tipo de medios llega a muchísimas más personas que las páginas especializadas en comercio electrónico como eBay o Mercado Libre en América Latina, considerando que el 67 % de la población mundial cuenta con un registro en alguna red social según datos de la firma de investigación sobre tendencias online Worth Global Style Network (WGSN), y que tan sólo Facebook cuenta con más de 380 millones de usuarios, mientras que Twitter llegó ya a los cien millones, a los cuales se suma lo que el resto de las redes sociales tiene registrados.

En términos monetarios se calcula que el mercado publicitario en redes sociales moverá este año 4,000 millones de dólares en Estados Unidos; en México no existe una estadística formal, aunque empresas como Everis vaticinan un futuro optimista al considerar que el comercio electrónico entre el 2005 y el 2009 mostró un incremento de 137%, y que el monto promedio de compras online realizado en el país durante el último año alcanzó los 1,500 millones de dólares.

Se calcula que el mercado publicitario en redes sociales moverá este año 4,000 millones de dólares en Estados Unidos.

No lo pierda de vista

Antes de lanzarse a abrir su vitrina comercial en la red social de su preferencia contemple que en Internet y en las redes sociales en particular las mentiras o defectos se detectan rápidamente, y que se pueden distribuir de forma viral como en ningún otro medio. Un mensaje o "re.tweet" (como se conoce a los mensajes reenviados en Twitter) le puede llegar al mismo tiempo a cientos o miles de personas, beneficiando o demeritando su oferta o servicio, por lo que es clave que si su empresa decide tener presencia en este tipo de redes base su iniciativa en una estrategia que sustente sus promesas.

Defina cuál es el objetivo por el que le interesa tener una tienda en determinada red social; no pierda de vista que este tipo de medios actúa como un gran difusor de la marca en términos de notoriedad. El nuevo dicho -que por ahora tiene que ver más con el ámbito personal pero que en breve impactará indudablemente al sector comercial- señala que: "Si no se está en Facebook (Twitter o la red que usted prefiera) no existe". No deje de lado que si un producto o servicio genera unas expectativas superiores a su calidad estará expuesto a la crítica de todos los usuarios, por lo que la verdad, la humildad y el saber escuchar al usuario son características esenciales en este tipo de comunicación.

Conozca el perfil de prosumers con los que puede colaborar y a quienes le interesa brindar servicio. De acuerdo con la empresa Everis, dedicada al análisis del mercado tecnológico, los llamados "prosumers" son clientes que tienen un papel activo en las estrategias y decisiones empresariales en línea y a través de redes sociales en particular; comparten información, conversan, analizan, discuten, reclaman, innovan e investigan; tienen a su disposición una multitud de redes sociales y aplicaciones con millones de usuarios donde la información que circula se comparte continuamente a través de enlaces, fotos, comentarios, videos, opiniones, entre otros medios.

Este agente es un gran comunicador, un forjador de tendencias de consumo participa en procesos de co-creación y rediseño habilitado por las tecnologías de colaboración, sobre todo gracias a su vinculación con comunidades virtuales y redes sociales construidas alrededor del producto o servicio; en otras palabras, es "un influenciador".

En función de este nuevo tipo de clientes es que las organizaciones deben ser capaces de construir su imagen de marca en conjunto con ellos, pues si no lo hacen bien la idea dependerá demasiado de las experiencias subjetivas de cada persona.

Teniendo en cuenta los anteriores aspectos y muchos otros que irá identificando en el camino, le invitamos también a no echar en saco roto las recomendaciones que por años ha hecho la consultora Select a quienes se interesan en ampliar sus horizontes a través del comercio electrónico: diseñe una política de devoluciones y garantías; comunique una política de privacidad que garantice que los datos personales estarán resguardados, y cuente con un sello de confianza como el que otorga la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI) a sus miembros y a empresas interesadas en el mismo.

Tenga presente también que los elementos de fiabilidad más importantes a la hora de comprar en la Web son los sitios recomendados y la reputación del vendedor, y que más del 70% de los interesados en adquirir bienes y servicios señala que un factor que los movería a comprar más en Internet sería obtener mejores precios.

Contemple igualmente que no todos los productos pueden ser mercadeados a través de redes sociales; los expertos indican que los que mejor respuesta obtienen son los que están muy orientados al cliente, como las consultoras y los despachos de servicios, además de las tiendas de productos que satisfacen el interés de usuarios que adquieren las novedades tecnológicas en forma temprana y que exigen inmediatamente tener en la red social que más utilizan, el nombre, el perfil real y el número de móvil de la persona que administrará su relación con la empresa y que ha "peinado" ya las opiniones de otros consumidores o interesados en los productos que se promueven.

Tenga presente que las recomendaciones hechas por los usuarios refuerzan en un 16% el recuerdo de marca, y que aparecer en el "muro" de Facebook aumenta en un 8% la intención de compra, según estimaciones de The Nielsen Company.

Equipo dedicado al nuevo medio

No por que observe a su hijo pegado todo el día a la tecla "twitteando" su estado a sus seguidores piense que sus amigos pueden ser los mejores candidatos para ayudarlo en la aventura de llevar su empresa a las redes sociales.

La calidad de su presencia en los nuevos medios es proporcional a la inversión que en recursos humanos especializados para soportarla realice. Si decide ocupar un lugar en el nuevo prado comercial esté dispuesto a sumar nuevos cargos en su nómina, como el de administrador de comunidades o community manager; se trata del responsable de materializar su estrategias online, de dar vida a su presencia en la o las redes que haya determinado como escaparate comercial; es en esencia quien modera y cuida la reputación de su marca en el ambiente web.

Ningún egresado llegará a su puerta con el título que lo acredite como "administrador de comunidades"; por ello deberá sumergirse en la Red para identificar a los posibles candidatos, quienes no únicamente son buenos chateando sino que entienden la lógica de los nuevos medios y tienen la capacidad de adaptarse con rapidez a los cambios e, incluso, de mutar de apelativo según lo vayan ameritando las circunstancias.

FUENTE:
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Quieren que Chile reafirme su postura sobre conservación de las ballenas y permanencia de la moratoria para su caza comercial

Quieren que Chile reafirme su postura sobre conservación de las ballenas y permanencia de la moratoria para su caza comercial
 
Los senadores Carlos Kuschel, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Eugenio Tuma, Ignacio Walker y Guido Girardi presentaron un proyecto de acuerdo que coincide con la reunión de la Comisión Ballenera Internacional (CBI).

El pleno respeto a los santuarios de ballenas ya establecidos y el término de la cacería científica de estos mamíferos pidieron al Gobierno los senadores Carlos Kuschel, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Eugenio Tuma, Ignacio Walker y Guido Girardi, con motivo de la reunión de la Comisión Ballenera Internacional que se realiza en la ciudad de Agadir, en Marruecos.

Los parlamentarios presentaron un proyecto de acuerdo donde reafirman "la invariable posición de Chile en la Comisión Ballenera Internacional, tendiente a promover en los foros internacionales la conservación de las ballenas y su uso no letal, la permanencia de la moratoria para su caza comercial y el término de la cacería científica".

Recordaron que "Chile como política de Estado, se opone a la cacería comercial de ballenas e, igualmente, busca una pronta terminación de la cacería científica y la caza bajo reserva".

Así se explicitó, en la VII reunión del Grupo Buenos Aires realizada en Santo Domingo de Heredia, Costa Rica, entre el 18 y 20 de mayo pasado, donde  junto a los demás representantes de América Latina, respaldó e impulsó la iniciativa australiana como base de negociación incluyendo los elementos mínimos para asegurar los intereses del país.

Entre estos se cuentan la modificación al artículo V y VIII de la Convención, la eliminación de la caza científica de ballenas, el respeto a los santuarios y la mantención de la moratoria.

Cabe señalar que, en la Comisión Ballenera  Internacional en la que participan 88 países se debate sobre el levantamiento de la moratoria sobre caza comercial que rige desde hace 25 años y se intentará alcanzar un consenso sobre la posible reanudación de la captura de esos cetáceos.

Sin embargo, diversos grupos ecologistas han denunciado que estos cetáceos siguen siendo víctima de los arpones al margen del control de esa organización.

El año pasado, la Comisión Ballenera Internacional concluyó sin acuerdo y, por ello los miembros de este organismo abordan ahora una nueva manera de acercar posturas, teniendo sobre la mesa de negociaciones la propuesta que la presidencia de la CBI presentó el pasado marzo.

En ese documento se establece -entre otros puntos-, que durante la próxima década "la moratoria sigue vigente", pero que "los límites de captura en general estarán significativamente por debajo de los límites actuales y científicamente determinados como sustentables".

FUENTE:
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
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DISXERA: Integración social de personas con discapacidad

Guía legal sobre:

Integración social de personas con discapacidad

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Última actualización:  10 de febrero de 2010

¿Cuáles son los deberes del Estado en materia de integración de discapacitados?
En líneas generales:
  • Promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y mejorar su calidad de vida.
  • Promover la autonomía personal de las personas con discapacidad en situación de dependencia.
  • Proporcionar información pública, permanente y actualizada sobre los planes conducentes a la prevención de discapacidades.
  • Fomentar la rehabilitación en base comunitaria, así como la creación de centros públicos o privados de prevención y rehabilitación.
 
¿Quién certifica que una persona es discapacitada?
Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), dependientes del Ministerio de Salud, son las encargadas de calificar y certificar la discapacidad de una persona, para efectos de que pueda ser receptora de ciertos beneficios específicos. Además, debe quedar registro de esa calificación en el Registro Nacional de la Discapacidad que debe llevar el Servicio de Registro Civil e Identificación.
 
¿Qué medidas de integración específicas establece la ley?
 
Edificaciones: Todos los edificios de uso público o que presten un servicio a la comunidad deberán ser accesibles y transitables sin dificultad para personas con discapacidad, especialmente con movilidad reducida. Esto es extensible, entre otros, a los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público (como parques o plazas). Si en ellos existen ascensores, éstos deben tener espacio suficiente para transportar a las personas con discapacidad.
Asimismo, los recintos que impliquen concurrencia de público (como por ejemplo centros comerciales, cines, estadios, etc.) y que cuenten con estacionamientos, deberán reservar un número para el uso de personas con discapacidad, y deben contar con espacio suficiente para su libre desplazamiento.
El Ministerio de Vivienda contemplará en sus programas habitacionales subsidios especiales para adquirir y habilitar viviendas destinadas a ser permanentemente habitadas por personas con discapacidad.
 
Educación: El Estado garantizará el acceso a las personas con discapacidad a los establecimientos públicos y privados del sistema de educación regular o a los establecimientos de educación especial que reciban aportes estatales.
Los establecimientos de enseñanza parvularia, básica y media contemplarán planes para alumnos con necesidades educativas especiales y fomentarán en ellos la participación de todo el plantel de profesores.
Los establecimientos de enseñanza regular deberán incorporar todas las adecuaciones (curriculares, de infraestructura y materiales) para facilitar a las personas con discapacidad. el acceso a los cursos o niveles existentes. Si no es posible integrar a la persona con discapacidad en la enseñanza regular, la enseñanza debe otorgarse mediante clases especiales en el mismo establecimiento o en escuelas especiales.
Los establecimientos de educación superior también deberán adecuar los materiales de estudio y medios de enseñanza para que las personas con discapacidad puedan cursar las diferentes carreras.
Los alumnos del sistema educacional de enseñanza pre básica, básica o media que requieran estar internados por las patologías o condiciones que sufran, recibirán su atención escolar en el lugar en el que permanezcan por prescripción médica.
Los establecimientos educacionales deberán, progresivamente, adoptar medidas para promover el respeto por las diferencias lingüísticas de las personas con discapacidad (como sordos, ciegos o sordociegos) en la educación básica, media y superior, para que éstas puedan tener acceso, permanencia y progreso en el sistema educativo.
 
Inserción laboral: El Estado debe difundir prácticas de inclusión y no discriminación laboral, así como crear incentivos que favorezcan la contratación de personas con discapacidad en empleos permanentes.
En los procesos de selección de personal los órganos del Estado que indica la ley deben, en igualdad de condiciones de mérito, escoger a la persona con discapacidad.
 
Selección para educación y empleo: Toda persona o institución, pública o privada, que ofrezca servicios educacionales, capacitación o empleo y que exija la rendición de exámenes, deberá adecuar sus mecanismos de selección para resguardar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad que participen de ellos.
 
Canales de TV: Los canales abiertos y los proveedores de TV por cable deberán aplicar mecanismos que permitan a las personas con discapacidad auditiva acceder a su programación en los casos que determine el reglamento que deberá dictarse para esos efectos. Esta obligación deber ser cumplida íntegramente dentro de tres años contados desde la publicación en el Diario Oficial de un reglamento especial, que a su vez debe ser dictado dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.422, es decir, todo contado desde el 10 de febrero de 2010.
Las campañas de servicio público financiadas con fondos públicos, debates presidenciales, propaganda electoral y cadenas nacionales deberán transmitirse con subtítulos e incluir lenguaje de señas.
 
Bibliotecas de acceso público: Deberán contar, dentro del plazo de dos años contados desde la publicación de la Ley N°20.422 en el Diario Oficial del 11 de febrero de 2010, con material, infraestructura y tecnologías accesibles a personas con discapacidad de causa sensorial.
 
Medios de transporte público de pasajeros: Deberán contar con señalización, asientos y espacios suficientes, de fácil acceso, destinados a personas con discapacidad. El acceso a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público como las vías, pasarelas peatonales, parques, plazas y áreas verdes, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente por personas con discapacidad, especialmente con movilidad reducida, dentro del plazo de ocho años contado desde la publicación de la Ley N° 20.422 en el Diario Oficial del 11 de febrero de 2010.
 
Rotulación de productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y cosméticos: Deberán considerar a los discapacitados visuales empleando métodos como el sistema Braille para informar el nombre de los productos y fecha de vencimiento.
 
Beneficios arancelarios: Los vehículos importados por personas con discapacidad tendrán una rebaja del 50% del arancel de importación, siempre que su valor FOB no supere los US$27.500 (para vehículos particulares) o US$47.500 (para transporte colectivo de personas con discapacidad). En ambos casos no se consideran los elementos opcionales especiales para personas con discapacidad.
Productos destinados a discapacitados como prótesis, órtesis, equipos especiales de trabajo, equipo y medicamentos, material pedagógico especial, entre otros, no pagan gravámenes de importación.
 
¿Qué hacer ante un caso de discriminación?
Debe denunciarse ante el juez de policía local correspondiente al domicilio del afectado, sin perjuicio de otras acciones legales. La sanción consiste en una multa de entre 10 y 120 UTM, que se duplicará en caso de reincidencia. En ciertos casos también se clausurará el establecimiento infractor.
 
¿Qué es el Servicio Nacional de la Discapacidad?
Es el sucesor legal del Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS). Su finalidad es promover la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de los discapacitados. Para ello coordinará acciones de organismos del Estado que tengan estos objetivos; asesorará al Comité de Ministros que crea la ley para el desarrollo de la política pública para las personas con discapacidad; elaborará, ejecutará y financiará planes de acción de la política nacional para las personas con discapacidad, propondrá reformas legales al Presidente de la República, y realizará campañas de difusión, entre otras tareas.
 
 

Dramatización en audio

Breve radioteatro que explica esta ley en formato mp3.


Descargar Mp3 (1887 kb | 2:00)
Detalla las nuevas disposiciones para facilitar la integración social de personas con discapacidad.

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Más sobre este tema

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Ley N° 19.284, normas sobre integración.

Ley N° 20.422, normas sobre igualdad de oportunidades.

Más información

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
FUENTE:
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Última actualización:  10 de febrero de 2010

¿Cuáles son los deberes del Estado en materia de integración de discapacitados?
En líneas generales:
  • Promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y mejorar su calidad de vida.
  • Promover la autonomía personal de las personas con discapacidad en situación de dependencia.
  • Proporcionar información pública, permanente y actualizada sobre los planes conducentes a la prevención de discapacidades.
  • Fomentar la rehabilitación en base comunitaria, así como la creación de centros públicos o privados de prevención y rehabilitación.
 
¿Quién certifica que una persona es discapacitada?
Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), dependientes del Ministerio de Salud, son las encargadas de calificar y certificar la discapacidad de una persona, para efectos de que pueda ser receptora de ciertos beneficios específicos. Además, debe quedar registro de esa calificación en el Registro Nacional de la Discapacidad que debe llevar el Servicio de Registro Civil e Identificación.
 
¿Qué medidas de integración específicas establece la ley?
 
Edificaciones: Todos los edificios de uso público o que presten un servicio a la comunidad deberán ser accesibles y transitables sin dificultad para personas con discapacidad, especialmente con movilidad reducida. Esto es extensible, entre otros, a los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público (como parques o plazas). Si en ellos existen ascensores, éstos deben tener espacio suficiente para transportar a las personas con discapacidad.
Asimismo, los recintos que impliquen concurrencia de público (como por ejemplo centros comerciales, cines, estadios, etc.) y que cuenten con estacionamientos, deberán reservar un número para el uso de personas con discapacidad, y deben contar con espacio suficiente para su libre desplazamiento.
El Ministerio de Vivienda contemplará en sus programas habitacionales subsidios especiales para adquirir y habilitar viviendas destinadas a ser permanentemente habitadas por personas con discapacidad.
 
Educación: El Estado garantizará el acceso a las personas con discapacidad a los establecimientos públicos y privados del sistema de educación regular o a los establecimientos de educación especial que reciban aportes estatales.
Los establecimientos de enseñanza parvularia, básica y media contemplarán planes para alumnos con necesidades educativas especiales y fomentarán en ellos la participación de todo el plantel de profesores.
Los establecimientos de enseñanza regular deberán incorporar todas las adecuaciones (curriculares, de infraestructura y materiales) para facilitar a las personas con discapacidad. el acceso a los cursos o niveles existentes. Si no es posible integrar a la persona con discapacidad en la enseñanza regular, la enseñanza debe otorgarse mediante clases especiales en el mismo establecimiento o en escuelas especiales.
Los establecimientos de educación superior también deberán adecuar los materiales de estudio y medios de enseñanza para que las personas con discapacidad puedan cursar las diferentes carreras.
Los alumnos del sistema educacional de enseñanza pre básica, básica o media que requieran estar internados por las patologías o condiciones que sufran, recibirán su atención escolar en el lugar en el que permanezcan por prescripción médica.
Los establecimientos educacionales deberán, progresivamente, adoptar medidas para promover el respeto por las diferencias lingüísticas de las personas con discapacidad (como sordos, ciegos o sordociegos) en la educación básica, media y superior, para que éstas puedan tener acceso, permanencia y progreso en el sistema educativo.
 
Inserción laboral: El Estado debe difundir prácticas de inclusión y no discriminación laboral, así como crear incentivos que favorezcan la contratación de personas con discapacidad en empleos permanentes.
En los procesos de selección de personal los órganos del Estado que indica la ley deben, en igualdad de condiciones de mérito, escoger a la persona con discapacidad.
 
Selección para educación y empleo: Toda persona o institución, pública o privada, que ofrezca servicios educacionales, capacitación o empleo y que exija la rendición de exámenes, deberá adecuar sus mecanismos de selección para resguardar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad que participen de ellos.
 
Canales de TV: Los canales abiertos y los proveedores de TV por cable deberán aplicar mecanismos que permitan a las personas con discapacidad auditiva acceder a su programación en los casos que determine el reglamento que deberá dictarse para esos efectos. Esta obligación deber ser cumplida íntegramente dentro de tres años contados desde la publicación en el Diario Oficial de un reglamento especial, que a su vez debe ser dictado dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.422, es decir, todo contado desde el 10 de febrero de 2010.
Las campañas de servicio público financiadas con fondos públicos, debates presidenciales, propaganda electoral y cadenas nacionales deberán transmitirse con subtítulos e incluir lenguaje de señas.
 
Bibliotecas de acceso público: Deberán contar, dentro del plazo de dos años contados desde la publicación de la Ley N°20.422 en el Diario Oficial del 11 de febrero de 2010, con material, infraestructura y tecnologías accesibles a personas con discapacidad de causa sensorial.
 
Medios de transporte público de pasajeros: Deberán contar con señalización, asientos y espacios suficientes, de fácil acceso, destinados a personas con discapacidad. El acceso a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público como las vías, pasarelas peatonales, parques, plazas y áreas verdes, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente por personas con discapacidad, especialmente con movilidad reducida, dentro del plazo de ocho años contado desde la publicación de la Ley N° 20.422 en el Diario Oficial del 11 de febrero de 2010.
 
Rotulación de productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y cosméticos: Deberán considerar a los discapacitados visuales empleando métodos como el sistema Braille para informar el nombre de los productos y fecha de vencimiento.
 
Beneficios arancelarios: Los vehículos importados por personas con discapacidad tendrán una rebaja del 50% del arancel de importación, siempre que su valor FOB no supere los US$27.500 (para vehículos particulares) o US$47.500 (para transporte colectivo de personas con discapacidad). En ambos casos no se consideran los elementos opcionales especiales para personas con discapacidad.
Productos destinados a discapacitados como prótesis, órtesis, equipos especiales de trabajo, equipo y medicamentos, material pedagógico especial, entre otros, no pagan gravámenes de importación.
 
¿Qué hacer ante un caso de discriminación?
Debe denunciarse ante el juez de policía local correspondiente al domicilio del afectado, sin perjuicio de otras acciones legales. La sanción consiste en una multa de entre 10 y 120 UTM, que se duplicará en caso de reincidencia. En ciertos casos también se clausurará el establecimiento infractor.
 
¿Qué es el Servicio Nacional de la Discapacidad?
Es el sucesor legal del Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS). Su finalidad es promover la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de los discapacitados. Para ello coordinará acciones de organismos del Estado que tengan estos objetivos; asesorará al Comité de Ministros que crea la ley para el desarrollo de la política pública para las personas con discapacidad; elaborará, ejecutará y financiará planes de acción de la política nacional para las personas con discapacidad, propondrá reformas legales al Presidente de la República, y realizará campañas de difusión, entre otras tareas.
 
 

Dramatización en audio

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Detalla las nuevas disposiciones para facilitar la integración social de personas con discapacidad.

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Más sobre este tema

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Ley N° 19.284, normas sobre integración.

Ley N° 20.422, normas sobre igualdad de oportunidades.

Más información

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
FUENTE:
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RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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LEGISLACIÓN TEMÁTICA

Selección de leyes y decretos sobre:

Gobierno electrónico

Ley N° 20.285 Sobre acceso a la información pública. [Diario Oficial de 20 de agosto de 2008]

Ley Nº 19.983 Regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. [Diario Oficial de 15 de diciembre de 2004]

Ley Nº 19.886 Sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. [Diario Oficial de 30 de julio de 2003]

Ley Nº 19.884 Sobre transparencia, límite y control del gasto electoral. [Diario Oficial de 5 de agosto de 2003]

Ley Nº 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado. [Diario Oficial de 29 de mayo de 2003]

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Ley Nº 19.886 Sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. [Diario Oficial de 30 de julio de 2003]

Ley Nº 19.884 Sobre transparencia, límite y control del gasto electoral. [Diario Oficial de 5 de agosto de 2003]

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Ley N° 20.442
Modifica la Ley N° 20.428 que otorga un bono solidario a las familias de menores ingresos. [Diario Oficial 9 de junio de 2010] [Resumen] [Historia de la ley]

Ley N° 20.441
Concede la nacionalidad por gracia al ingeniero civil boliviano don Hugo Saucedo Vaca. [Diario Oficial 1 de junio de 2010] [Resumen] [Historia de la ley]

Decreto N° 146
Reglamento orgánico y de funcionamiento de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE) DNL, 205. Ministerio de Defensa. [Diario Oficial 11 de junio de 2010]

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Historia del Network Marketing, esto no es nuevo

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Historia del Network Marketing

Las Redes de Mercadeo, también conocidas como Network Marketing, Marketing Multinivel, venta Multinivel o MLM, tienen sus orígenes aproximadamente en 1940, cuando una empresa que vendía suplementos nutricionales (California Vitamins) cambió su tradicional esquema.

De ventas "puerta a puerta" por un sistema revolucionario en el que el cliente satisfecho con el producto podía recomendarlo.

De esta manera, el cliente se convertía en un distribuidor, generando así un negocio que le permitía tener ingresos extra trabajando unas cuantas horas por día.

Luego se le incluyó otra variable: este distribuidor podía reclutar a otros distribuidores que hicieran lo mismo (Multinivel). De esta manera, California Vitamins cambia su nombre por Nutrilite Products , y con ello empieza la historia de las redes de mercadeo.

A fines de los años 50 Rich DeVos junto con Jay Van Andel crearon Amway, un modelo de negocio que en la década de 1970 fue llevado a la corte de Estados Unidos debido a una denuncia que declaraba que el sistema de pagos de las comicionesera legal (pirámide).

En Corte, la Federal Trade Comission (una instancia como Indecopi) fue la encargada de revisar el caso. Amway pudo demostrar de manera exitosa su legalidad creando creando las bases que legislarían este modelo de negocio.

A partir de ese momento empezaron a surgir cientos de empresas multinivel, dándole oportunidad a miles de convertirse en empresarios independientes exitosos.

Hoy se ven cifras a nivel mundial como las siguientes.

- La industria mueve 120 mil millones de dólares al año.

- Más de 57 millones de personas en el mundo participan de ellas.

- Está presente en más de 200 países.

En el Perú, las redes de mercadeo existen desde hace más de 20 años con empresas como Nature Sun Shine, SwissJust, Prolife, Forever, Herbalife, entre otras… Ya hay, pues, muchas historias de éxito.

Líderes con equipos de más de 20,000 personas que generan ingresos mensuales sobre los 70,000 soles.

Las redes de mercadeo son una oportunidad real, hay muchas opciones a elegir, entre servicios o productos tangibles. Lo importante es saber elegir la mejor oportunidad para usted.

Fuente: Revista Somos Empresa

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