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viernes, junio 11, 2010

Escala Internacional de Accidentes Nucleares

Escala Internacional de Accidentes Nucleares

¿Como determinar la gravedad de un accidente en el que está involucrada una central nuclear? El mundo conoció de primera mano el riesgo que implica la operación de estas plantas generadoras de energía en 1986, cuando Chernobyl liberó a la atmósfera 500 veces más material radiactivo que el producido por la bomba atómica arrojada sobre Hiroshima en 1945. La OIEA introdujo en 1990 la Escala Internacional de Accidentes Nucleares (INES), que posee 8 niveles que definen criterios coherentes para comunicar y actuar cuando tienen lugar estos eventos.

Los accidentes producidos en los reactores nucleares constituyen uno de los mayores temores de la industria de la energía. A pesar de que se trata de una de las actividades más reguladas y supervisadas del mundo, siempre existe la posibilidad de que algo falle con consecuencias potencialmente catastróficas. La comunidad internacional ha hecho frente en varias oportunidades a accidentes de este tipo, y ante la falta de una serie de criterios coherentes que permita (y obligue) a los gobiernos a informar a los medios y a los ciudadanos sobre lo que está ocurriendo cuando  uno de estos eventos tiene lugar, la Organización Internacional para la Energía Atómica (OIEA) decidió crear en 1990 la Escala Internacional de Accidentes Nucleares (INES, por International Nuclear Events Scale). Esta escala clasifica la peligrosidad de un accidente en 8 niveles diferentes, cada uno diez veces más grave que el anterior.

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La Central Nuclear de Trillo en el año 1992 tuvo un incidente de Nivel 2.
La Central Nuclear de Trillo en el año 1992 tuvo un incidente de Nivel 2.

En el escalón más bajo de esta escala se encuentra el Nivel 0, denominado "Desviación no significativa para seguridad", y que engloba a aquellos eventos que si bien se encuentran fuera de lo que se considera "normal" en la operación de la planta, no constituyen absolutamente ningún riesgo para la seguridad. El Nivel 1 o "Anomalía" se refiere a aquellos pequeños acontecimientos que suponen una violación al régimen de explotación autorizado. Por ejemplo, si la temperatura ideal para el liquido que circula por una cañería ha sido fijada por el fabricante en 250 grados y en algún momento sobrepasa ese valor, la escala indica que se ha producido un accidente de "Nivel 1", incluso cuando la temperatura en cuestión no haya llegado al limite superior permitido. Las centrales nucleares españolas ha sufrido desde octubre de 1990 más de 20 eventos clasificados dentro de este nivel. El Nivel 2 indica que ha ocurrido un "incidente", constituido por una degradación importante de las medidas de seguridad. Este tipo de accidentes surgen cuando tiene lugar un fallo en los dispositivos de seguridad que no pasa a mayores porque resulta neutralizado por las defensas internas con las que cuenta la planta. Un caso típico de "accidente de Nivel 2" ocurre cuando algún trabajador del establecimiento atómico accidentado sufre una exposición mayor de la normal a la radiación nuclear, o cuando alguna zona de la planta resulta contaminada y hay que aislarla por cuestiones de seguridad. Esto sucedió, por ejemplo, en la Central Nuclear de Trillo en el año 1992, y constituye el incidente de mayor gravedad que ha tenido que enfrentar la industria nuclear Española.

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Central nuclear Laguna Verde, en México.
Central nuclear Laguna Verde, en México.

El ultimo nivel de los eventos que se consideran "incidentes" corresponde al Nivel 3, y es considerado por los expertos como un "incidente importante". Dada la naturaleza de la escala, un evento de Nivel 3 es 100 veces más grave que uno de Nivel 1, o 10 veces más peligroso que uno de Nivel 2. Para ser catalogados dentro de este rango, el accidente debe haber provocado la liberación de cantidades muy pequeñas de radiación fuera de los limites de la planta. Se asume que existe el riesgo de que el público resulte expuesto a ella, y la degradación de las defensas contra estas fugas que posee normalmente el establecimiento se han degradado en profundidad o desaparecido por completo. La central nuclear Laguna Verde, de México, que posee dos reactores de agua en ebullición General Electric, sufrió uno de estos incidente en el reactor 1. El 12 de julio de 2002 fue incrementada la potencia del reactor luego de efectuar una "inspección y reparación de pequeñas fugas del túnel de vapor principal". Pero una "una falla humana del personal que controla la presión del reactor" causó el cierre automático del reactor y puso en evidencia que el sistema encargado de la refrigeración del núcleo era inoperable, y que "había estado inoperable por al menos un año". El evento fue informado a la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) el 18 de diciembre de 2002, y fue clasificado como de Nivel 2 debido al alto grado de "degradación de la defensa en profundidad" del reactor.

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La central de Three Mile Island tuvo un escape de productos radiactivos.
La central de Three Mile Island tuvo un escape de productos radiactivos.

Los problemas de verdad comienzan con el Nivel 4. Un accidente se clasifica dentro de este grupo cuando tiene lugar una fuga de radiactividad que afecta a personas fuera de la planta o cuando ocurren daños significativos en el núcleo del reactor, las barreras radiológicas o la exposición fatal de un trabajador. El 22 de febrero de 1977, la central nuclear A1 de Jaslovske Bohunice en Checoslovaquia, sufrió un serio accidente durante la carga de combustible. El mismo produjo grandes daños en las barras de combustible y la emisión de radiactividad. Como consecuencia de este accidente la planta fue apagada y comenzó a ser desmantelada. Los accidentes de Nivel 5  tienen lugar cuando ocurren accidentes similares a los del Nivel 4 pero de una gravedad 10 veces mayor. El ejemplo más frecuente de un incidente de este tipo es el ocurrido en la central nuclear de Three Mile Island (EEUU) en marzo de 1979. Esta planta tuvo un grave accidente cuando sólo había transcurrido un año de su puesta en funcionamiento. Según el informe oficial, la mala interpretación de una serie de datos provocó que el personal de la central incurriese en errores muy graves a la hora de tomar determinadas decisiones, y debido a ellas el núcleo del reactor nuclear quedó fuertemente dañado y tuvo un escape de productos radiactivos al exterior.

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La central atómica de Chernobyl sufrió un "accidente de Nivel 7".

El Nivel 6 supone un "Accidente importante", que incluye una liberación significativa de material radiactivo fuera del emplazamiento del reactor. Este tipo de evento generalmente requiere de la aplicación plena de las contramedidas previstas. La Planta de Reprocesamiento de Combustible Nuclear de Mayak, en Rusia, ubicada entre las ciudades de Kasli y Kysthym, sufrió en 1957 un accidente de Nivel 6, considerado el más grave del mundo si se deja de lado lo ocurrido en Chernobyl. Esta planta fue construida en secreto entre 1945 y 1948, como parte del programa nuclear de la Unión Soviética. Poseía cinco reactores cuya misión principal era refinar plutonio para emplearlo en armas nucleares. Las deficientes medidas de seguridad causaron decenas de eventos peligrosos, pero el accidente mas grave ocurrió el 29 de septiembre de 1957, cuando tuvo lugar un fallo en el sistema de refrigeración de un tanque destinado al almacenamiento de decenas de miles de toneladas de desechos nucleares. Esto causó una explosión (no nuclear) con una potencia equivalente a 75.000 kilogramos de TNT y dispersó en la zona unos 740 petabecquerels de radiación. En pocas horas, unas 200 personas resultaron muertas debido a la radiactividad. A pesar del secreto establecido por el gobierno soviético de la época, se sabe que unas 10.000 personas más fallecieron con posteridad y que unas 470.000 resultaron expuestas a la radiación.

Por ultimo, el Nivel 7 de la escala corresponde a los "accidentes graves". Con un grado de peligrosidad 10 veces mayor al anterior, incluye eventos tales como la liberación de grandes cantidades de radiación con efectos múltiples para la salud y el medio ambiente. El tristemente famoso accidente ocurrido en la central atómica de Chernobyl, por ejemplo, ha sido clasificado como "accidente de Nivel 7".

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La central nuclear de Chernobyl, cerca de Kiev (Ucrania) ostenta el dudoso honor de haber producido el peor accidente de la historia de la energía nuclear. El 26 de abril de 1986, un experimento no autorizado seguido de una serie de errores en los sistemas de seguridad produjeron un incendio y una serie de explosiones que liberaron a la atmósfera enormes cantidades de material radioactivo. La nube resultante se extendió por una gran parte de Europa, y miles de kilómetros cuadrados de terreno resultaron contaminados. Una gran zona será -durante muchos siglos- inhabitable. Hubo, por supuesto, centenares de miles de heridos y enfermos por la radiación, y un número estimado de muertos que varia entre varios miles y los 100 mil. La Escala Internacional de Accidentes Nucleares no solo se aplica a las centrales nucleares, sino que también mantiene bajo su órbita a todo tipo de actividad que incluya este tipo de materiales. Los satélites artificiales que se desploman luego de haber culminado su vida útil por ejemplo, suelen tener materiales fusionables en su interior y suponen un riesgo al que puede aplicarse la INES. Lo mismo ocurre con los centros de desguace de armas nucleares, los talleres en que se montan submarinos nucleares o cualquier otro tipo de actividad susceptible de provocar un accidente que involucre la radiactividad.


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INES en Wikipedia

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Ecuador y la Corte

Ecuador y la Corte


En conformidad con su Estatuto, la Corte Internacional de Justicia ha notificado a Ecuador, como parte de los tratados invocados en el litigio por límite marítimo interpuesto por Perú en contra de Chile.

Ecuador tiene la opción de responder haciéndose parte o de solicitar ser oído sin ese involucramiento. No tiene obligación de responder, y si lo hace, cuenta con plazo hasta la conclusión del procedimiento escrito, es decir, 13 meses. Efectivamente, hizo presente que no está obligado a responder y que, en todo caso, dispone de plazo para hacerlo.

Su Presidente ha sugerido ahora, luego de reunirse en Lima con su colega peruano, una declaración escrita del Perú en cuanto a que "no existen problemas limítrofes entre Ecuador y Perú, y que los límites son los vigentes", en cuyo caso podría ser innecesaria una respuesta ecuatoriana al tribunal de La Haya.

Se precisaría, en consecuencia, una declaración fidedigna del Perú sobre la inexistencia de problemas limítrofes con Ecuador y en cuanto a que los límites son los vigentes. Esta última —y, al parecer, necesaria— condición puede suponer la caracterización de qué se entiende por límites vigentes.

Respecto del límite marítimo, Ecuador ha precisado invariablemente que se trata del paralelo establecido en virtud de los tratados tripartitos de 1952 y 1954.

En consecuencia, no bastaría con que el paralelo sea un "criterio" —como lo ha dicho el canciller peruano— aplicable a la situación de la existencia de islas —que se presenta entre ambos—, pues en tal caso sería necesario negociar un nuevo tratado. Tampoco bastaría su circunscripción a ese solo caso preciso, pues el límite es más amplio.

Cabría pensar, pues, que la referencia a los límites vigentes tendría necesariamente que caracterizarse en el sentido indicado, en consecuencia con la invariable definición ecuatoriana sobre sus límites marítimos.

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Bolivia, Chile y Convenio 169 de la OIT

Bolivia, Chile y Convenio 169 de la OIT


Una reciente ley implementa en Bolivia un esquema de justicia indígena u "originaria" para resolver controversias jurídicas en y entre comunidades indígenas. Ella —muy poco clara en cuanto a su alcance y a su inserción en el esquema jurisdiccional de dicho país— deriva de una de las principales innovaciones de la nueva Constitución boliviana —vigente desde 2009—, en cuanto a las funciones jurisdiccionales: éstas son ahora ejercidas por sus etnias, en aplicación de sus propios valores culturales, principios, normas y procedimientos —se presume que respetando los derechos a la vida, a la defensa y demás derechos contenidos en la Constitución—. Adicionalmente, la nueva Carta modificó íntegramente la composición del Poder Judicial y los órganos del sistema judicial.

Desde que ratificó el Convenio 169 de la OIT, para Chile es importante observar los ejemplos internacionales de cómo se va institucionalizando la política estatal sobre pueblos originarios, el efecto del derecho internacional de los derechos humanos para configurar dicha política, y las consecuencias prácticas de todo lo anterior.

Destaca allí el debate en torno a los alcances de la participación de los pueblos indígenas en diversas decisiones públicas. Buena parte de las discusiones se ha centrado en la necesidad de un reconocimiento constitucional expreso a los pueblos originarios —según algunos, esto debiera llegar incluso al reconocimiento de varias "naciones" dentro del Estado chileno—, que choca con las propuestas que propician su integración. También se discute qué mecanismos de política pública favorecen más el desarrollo de los mismos y respetan sus tradiciones. Parece lejano un acuerdo, y hay duras críticas a los resultados de la Ley Indígena, sobre todo en cuanto a entrega de tierras, y también a una lógica excesivamente rural, pues las encuestas Casen muestran que el grueso de la población indígena o su descendencia se encuentra en áreas urbanas.

Desde la perspectiva constitucional, se ha buscado precisar la jerarquía en la pirámide normativa chilena de los tratados internacionales sobre derechos humanos vinculados a cuestiones indígenas, que a menudo consagran normas difícilmente conciliables con la Constitución o la legislación nacional. ¿Son normas de carácter supraconstitucional, constitucional, supralegal, legal? La tesis que parece concitar mayor respaldo sostiene que se trata de normas infraconstitucionales, pero supralegales.

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional no ha zanjado esta cuestión. Por una parte, ha sostenido que procede la inaplicabilidad de un tratado (sin distinguir si es o no sobre derechos humanos), pero no la inconstitucionalidad con efectos generales. Por otra, ha utilizado normas contenidas en tratados internacionales sobre derechos humanos (como el derecho a la identidad personal al controlar la constitucionalidad de una disposición del Código Civil chileno). Además, en todas estas materias hay fuertes divisiones dentro del TC, manifestadas en los votos disidentes.

El TC tampoco zanjó la extensión del Convenio 169 de la OIT cuando se pronunció hace algunos años sobre su constitucionalidad, más allá de intentar orientar su implementación haciendo la distinción entre normas "autoejecutables" y "programáticas" —estas últimas requieren de actos estatales para ser implementadas.

Los tribunales superiores han sido los más activos en el uso de este Convenio, aunque todavía de modo incipiente. En 2009 destacaron dos fallos en que se lo invocó directamente, imponiéndose a normas constitucionales de fuerte raigambre en nuestra tradición, como el derecho de propiedad y la igualdad ante las cargas públicas. Ambos fallos fueron confirmados por la Corte Suprema.

Estos debates encuentran tanto al sector público como al privado, a la academia y a la sociedad civil en un magro nivel de información y discusión, pese a su alto impacto institucional y a la eventual responsabilidad internacional del Estado chileno.

FUENTE: emol
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SENADOR Espina: "La izquierda siempre ha querido tener una sola verdad oficial"

Espina: "La izquierda siempre ha querido tener una sola verdad oficial"

El senador RN reiteró sus cuestionamientos a la oposición debido a la "campaña brutal de insultos y descalificaciones" que, a su juicio, sufrió el ex embajador Miguel Otero.

10/06/2010 - 09:43

El senador de Renovación Nacional Alberto Espina reiteró hoy su molestia con los parlamentarios y dirigentes de oposición que criticaron y pidieron la salida de su cargo del ex embajador Miguel Otero, luego de sus polémicas declaraciones sobre el régimen militar.

"Miguel Otero ha sido un notable y brillante servidor público, ex senador con una trayectoria intachable, y si se produce ese hecho de lo que hace la izquierda, de entrar en una campaña de insultos y descalificaciones brutal -por un juicio que el mismo Miguel Otero había señalado que, si bien era el suyo, no era oportuno que lo hubiese dicho como embajador- me parece que demuestra que la izquierda en Chile siempre ha querido tener, respecto del pasado, una sola verdad oficial", afirmó el senador, en entrevista al canal 24 Horas.

Pese a esto, Espina reconoció que las opiniones de Otero fueron desafortunadas. "Sus declaraciones generaron un ambiente imposible de resistir en Argentina, él mismo señaló que sus declaraciones no fueron oportunas. Un embajador, cuando está en el extranjero, tiene que representar a todo el país y hacer cosas que unan a los chilenos y no los vayan a dividir".

Finalmente, y respecto al tema de los derechos humanos, el senador afirmó que "tenemos en Chile un consenso importante: aquí hubo una gran violación a los derechos humanos, inexcusable, durante el gobierno militar, imperdonable, y creo que eso es muy bueno para no repetirlo hacia el futuro".

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MUJER CHILE: Consejos de belleza XCVII

Consejos de belleza XCVII

Posted: 09 Jun 2010 09:01 PM PDT

Spears

Esta semana hemos visto pocos recogidos entre las modelos y celebrities de los posts de Trendencias. No hay que descuidar nunca el pelo y el peinado: en Arrebatadora nos hemos centrado en él. Mucho más de lo que lo hace en ocasiones Britney Spears con sus muy visibles extensiones.

El flequillo nos lleva de cabeza a muchas: ¿lo llevamos o no? Si tienes dudas sobre el flequillo y tu frente,aquí tienes un argumento: manchas, a favor; granos, en contra. A veces una razón cosmética rompe el dilema.