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lunes, agosto 16, 2010

BANCO BBVA NO TIENE DINERO PARA PAGAR UN VALE A LA VISTA POR CAJA

CUIDADO: BANCO BBVA CHILE, ES ILIQUIDO, NO TIENE DINERO EN SUCURSALES

Concurri a la Sucursal del Banco BBVA de la Dehesa para cambiar un Vale a la Vista emitido  a nombre de Foninsa y endosado a mi nombre. En dicha sucursal, al presentar el documento en Caja  se me señaló que no tenían dinero para pagar el Vale a la Vista. Se consultó en todas las sucursales del Sector Oriente y no tenían dinero para pagar. Luego se me dice que en la Sucursal El Golf habría suficiente dinero  para pagarlo, pero al ir personalmente a esa sucursal , tampoco tenían dinero para pagar el Vale a la Vista referido  . Es decir,  el Banco BBVA no tenía dinero para pagar u n documento legalmente emitido por ellos mismos . Luego de reclamar en esa  misma oficina se me dijo que tenía que ir a la sucursal de 11 de septiembre con Pedro de Valdivia. Concurrí a esa sucursal  y finalmente me pagaron el documento luego de hacer un fila de más de una hora.

Cualquier persona piensa lo peor  por la   tragedia vivida y el tiempo perdido , más de 4 horas para lograr que el Banco pague lo que debió pagar en unos minutos. O este banco  BBVA esta ilíquido; o utiliza el dinero de los clientes en forma arbitraria e ilegal, o esta definitivamente en quiebra al negarse a pagar un Vale a la Vista por no tener dinero en  Caja . Pero además ,en todas las sucursales he tenido que sufrir la más tremenda humillación y malos tratos por parte de su personal . Hay que advertir a los usuarios de este  Banco que tomen los resguardos pertinentes ya que sus valores están en  serio peligro.

Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ

Ingresan proyecto que facilita el combate contra la corrupción en la Administración Pública

Ingresan proyecto que facilita el combate contra la corrupción en la Administración Pública

Publicado el 16 de agosto del 2010

La iniciativa del diputado Jorge Burgos (DC) introduce modificaciones al Código Penal, suspendiendo la prescripción en los delitos contra la Administración Pública.

Un nuevo proyecto en materia de probidad y combate a la corrupción en la administración pública comenzará a tramitarse en la Cámara de Diputados debido al ingreso de una moción que, en el ámbito estrictamente penal, incorpora una nueva hipótesis que da lugar a la suspensión de la prescripción, en consideración a los delitos cometidos en el ejercicio de una función pública.

Lo anterior, señala el texto legal, "atendida la posición que pueden favorecer condiciones que permiten dificultar el ejercicio de la acción o denuncia de los hechos delictivos que pudieran tener lugar".

El proyecto, ingresado por el diputado DC Jorge Burgos, si bien describe todos los avances en materia de probidad registrados en los últimos años, se detiene en el concepto de la prescripción, proponiendo agregar en el artículo 96 del Código Penal: "La prescripción también se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública o con abuso de ésta, respecto de los autores y partícipes, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público".

La moción, que fue firmada también por los diputados Matías Walker (DC), Marcelo Díaz (PS), Mario Venegas (DC), Marcelo Schilling (PS) y Carlos Montes (PS), explica en detalle el fenómeno de la corrupción, explicitando sus causas y efectos.

Al respecto, se plantea en la iniciativa que "desde el punto de vista estrictamente económico existe una íntima relación entre corrupción y estancamiento económico", agregando que en el ámbito político "la corrupción resquebraja la legitimidad de las instituciones estatales, debilita el sistema democrático y genera desconfianza en los ciudadanos".

"La suspensión de la prescripción consiste en la cesación del curso del plazo de prescripción, que deja subsistente todo el plazo anteriormente transcurrido y que permite que éste se reanude", añade.

El proyecto complementa las reformas sobre Probidad Pública implementadas en las anteriores administraciones, entre otras la ley 20.050 que eleva a rango constitucional el principio de probidad y publicidad; la ley 19.653 sobre probidad administrativa que reformó varios cuerpos normativos, regulando sistemática y coherentemente el principio de probidad administrativa, incorporando el principio de transparencia y reformando las inhabilidades e incompatibilidades funcionarias; y las reformas de la Ley Nº 20.088, además de la Ley de Transparencia.

FUENTE:
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Diputada rechaza penas diferenciadas en casos de femicidio

Diputada rechaza penas diferenciadas en casos de femicidio

Publicado el 15 de agosto del 2010

La diputada Adriana Muñoz señaló que, a pesar de algunas discrepancias sobre las penas que se deberían aplicar a los femicidas, tiene confianza en que los senadores y diputados que integran la Comisión Mixta impedirán que se consagre en la ley una nueva discriminación a las mujeres y una aberración cultural de esta naturaleza en pleno siglo XXI.

    La diputada Adriana Muñoz, autora del proyecto de ley que tipifica el femicidio en el Código Penal e integrante de la Comisión Mixta que debe zanjar las discrepancias entre las dos cámaras del Congreso Nacional sobre la iniciativa, señaló que quien asesina a su mujer o ex mujer merece la más drástica sanción que es el presidio perpetuo calificado.

    "No podemos tener femicidios de primera y segunda categoría como propone el Senado, que pretende establecer diferentes penas para parejas actuales y ex parejas que asesinan a sus mujeres".

    Según la diputada Muñoz, el asesinato de una mujer es igual de grave cuando el victimario es el cónyuge o conviviente actual o en los casos en que se trate de una ex pareja de la víctima. "Por lo tanto, más allá de la temporalidad del vínculo, lo que hay es un asesinato precedido por años de maltrato y abusos en contra de una mujer y eso merece una sanción única", dijo.

    La parlamentaria explicó que el Senado rechazó dos disposiciones contenidas en el proyecto presentado en la Cámara de Diputados, lo que implicó ir a Comisión Mixta, donde hoy se intenta reponer la misma penalidad para asesinatos de mujeres en manos de sus actuales parejas o sus ex parejas.

    Dentro de lo que rechazó el Senado está la definición de femicidio como el asesinato cometido en contra de una mujer por el ex cónyuge o ex conviviente, dejándolo circunscrito sólo al cónyuge y conviviente actual. Ello también se extendió a las penas aplicables al delito, dejando sanciones diferenciadas para el asesinato de mujeres por sus maridos y convivientes (femicidio) y por los ex (homicidio simple). Las penas para el femicidio serían de 15 años y un día a 40 años (cadena perpetua) mientras que las penas para el homicidio simple son de 5 años a 15 años.

    "En mi opinión estas modificaciones introducidas por el Senado desvirtuaron completamente el propósito original del proyecto, que busca definir normas especiales en nuestra legislación para hacer visible la violencia que viven las mujeres por el solo hecho de ser mujeres. Y, por el contrario, el acuerdo del Senado instaló violencias y asesinatos a mujeres de primera y segunda categoría", sostuvo la diputada Adriana Muñoz.

    Precisó la parlamentaria que si bien en la Comisión Mixta se logró volver a la definición original de femicidio, aún no se resuelve el tema de las penas. Por tal razón aseguró que "me seguiré oponiendo a que el asesinato de mujeres por sus ex-esposos o ex-convivientes sea considerado homicidio simple, porque la condición de ex no desvincula este asesinato del sustrato donde se origina la discriminación, dominio y control que se ejerce con violencia sobre las mujeres.

    La vinculación más habitual entre el agresor y la víctima es la de cónyuges, con un 45,86%, pero un 26,17% de los femicidas han cometido su crimen tras romper su relación con la víctima.

    La legisladora advirtió que el asesinato de un "ex" puede quedar en la impunidad. "Esto porque las penas aplicadas, de 5 a 15 años de prisión, pueden reducirse a la nada si se aplican atenuantes, como por ejemplo la irreprochable conducta anterior, que no considera si el acusado tuvo denuncias por violencia intrafamiliar. Esta atenuante puede rebajar la pena hasta en dos o tres grados, o sea la condena puede llegar solo a tres años, y con esto el acusado puede acogerse a beneficios, uno de los cuales puede ser la pena remitida, o sea en libertad.

    Finalmente, la parlamentaria señaló que "tengo confianza que los senadores y diputados que integramos la Comisión Mixta impediremos que se consagre en la ley una nueva discriminación a las mujeres y una aberración cultural de esta naturaleza en pleno siglo 21".

    "Creemos que es hora de llamar las cosas por su nombre. Cuando se da muerte a una mujer en el marco de una relación de pareja estamos ante femicidios, ante muertes de mujeres provocadas por el hecho de ser mujer y por ser consideradas sujetos apropiables", concluyó.
    FUENTE:
    Saludos,
     
    RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
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    Paris Hilton semi desnuda en la playa

    Paris Hilton semi desnuda en la playa

    Publicado por ===DEUNY=== 15 agosto 2010

    La multimillonaria Paris Hilton se quito el brasier mientras esta creia que estaba sola en la playa, y un fotografo la capturo mientras esta estaba asi. Dinos que opinas, chequea el video.

    ))) CLICK AQUI PARA VER EL VIDEO (((
     
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