EN CHILE HAY QUE RECLAMAR LA INSTITUCIÓN DEL DEFENSOR EL PUEBLO
"Hace falta un Defensor del Pueblo que cuestione las repatriaciones"
La profesora Mari Carmen Burgos acaba de publicar un libro en el que aborda el tratamiento a los menores acogidos en Ceuta y Melilla, las migraciones en ambas ciudades y el trabajo transfronterizo. La profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad de Granada Mamen Burgos acaba de publicar el manual 'Las migraciones en Ceuta y Melilla' (Editorial Comares) en el que aborda, además del tema migratorio, el tratamiento que se da a los menores acogidos y el trabajo transfronterizo. Sobre estos temas conversó con El Faro.
–¿Cómo se han comportado las migraciones en Ceuta y Melilla en los últimos años?
–El comportamiento ha sido desigual. Mientras que hay colectivos que han aumentado de forma gradual como es el caso de la población de origen musulmán, en otros se observa una ralentización (como en el caso de la cristiana), que es más paulatina en la población hindú e israelita.
–En la calle he escuchado referencias al aumento de la población musulmana en términos de "la marcha de la tortuga". ¿Qué consecuencias puede tener el aumento de la población musulmana en detrimento del resto de culturas que conviven en Melilla y Ceuta? ¿Pueden convertirse estas dos ciudades en algo muy parecido a lo que es hoy Gibraltar?
–No lo creo. El aumento de un determinando segmento poblacional depende de factores sociales, económicos y políticos. Es un hecho incuestionable que por razones culturales las tasas de natalidad de la población musulmana son más elevadas. Yo creo que el aumento de población se encuentra imbricado fundamentalmente al desarrollo económico local, a su acomodo social, a identificarse culturalmente con un territorio: "Yo soy de Melilla y me siento muy orgullosa de mi ciudad y de mi origen".
Creo que este sentimiento lo tenemos muy arraigado los habitantes de Ceuta y Melilla por nuestra situación geopolítica, que queremos que remonte nuestra economía y nos sentimos muy de nuestra tierra y muy españoles. Nos preocupan realmente estas cuestiones, pero no cuál es la migración dominante en cada momento. Lo importante son las personas y que éstas defiendan en todos los foros nuestras necesidades que son iguales para todos. No sólo para los que vivimos en Melilla, sino que la llevamos allá donde vamos.
–En el caso de Melilla, que ha ganado un 17% de población en los últimos cinco años, ¿cuánta población podría absorber la ciudad teniendo en cuenta sus escasos 12 kilómetros cuadrados?
–Esa pregunta se la tendría que hacer a un economista y no a una profesora de Derecho. En mi opinión, sí se puede absorber aún más población que la que figura como población de derecho en Melilla o Ceuta, debido a que existe una disfuncionalidad considerable con la población que de hecho habita en estas dos ciudades.
A esto hay que añadir que la capacidad de absorción de un aumento poblacional dependerá de la sinergia de diferentes variables, que si bien están interrelacionadas con el suelo y las infraestructuras de la ciudad, yo creo que dependen más de la evolución económica positiva que tengan sus mercados.
Si funciona o se impulsa su economía y ésta prolifera, correlativamente hay una mayor demanda de mano de obra, que es absorbida por el territorio en el que se produce ese incremento.
–¿Ha aumentado la llegada de menores no acompañados a las ciudades de Ceuta y Melilla?
–La llegada es fluctuante, no existe un parámetro fijo durante todo el año. Es un hecho paradigmático que su aumento se produce en verano, cuando las condiciones estacionales son más propicias.
Desde mi punto de vista, lo realmente importante, más que el aumento cuantitativo de estos menores, son las condiciones y el estadio en que se encuentran sus derechos en nuestra ciudad.
Tanto la normativa internacional, la comunitaria como la nacional se esfuerzan en recordarnos la necesidad de realizar una sobreprotección sobre los menores acogidos no acompañados.
Lo que debería de preocuparnos son los efectos que provoca la colisión de los derechos de los menores con la legislación de Extranjería y sus contradicciones, tanto en la teoría como en la práctica de la legislación autonómica.
Desde mi punto de vista, lo realmente alarmante son, entre otras cuestiones, la sinergia producida por la saturación de sus centros, la ausencia de recursos materiales y humanos, la inexistencia de la figura de un Defensor del Pueblo para esta Ciudad Autónoma y menos aún de un Defensor del Menor, que ha provocado que, a pesar del protagonismo social adquirido por el cúmulo de estas carencias, no se haya logrado hasta el momento obtener una respuesta jurídica adecuada que satisfaga todas estas demandas. A los complejos problemas que plantean estos menores hay que sumar este déficit legislativo autonómico, que va a tener reflejo en una mayor desprotección de los derechos de los menores no acompañados.
–Habla de una "sobreprotección formal de los menores", qué pasa en la práctica?
–Considero que a pesar de que existe una sobreprotección formal, en la práctica esta protección jurídica desaparece.
Existen instrumentos internacionales dedicados a menores, tanto en el plano internacional (Convención de Derechos del Niño) como en el europeo (Resolución del Consejo de Europa de 26 de Junio de 1997 relativa a los menores no acompañados nacionales de países terceros que lleguen al territorio de los Estados miembros sin ir acompañados de un adulto responsable de los mismos). A pesar de las continuas referencias al principio tuitivo de "interés superior del menor", el papel de ambas es meramente de directrices que deben guiar la actuación de los Estados.
En esta misma línea, nuestro ordenamiento jurídico interno se remite expresamente a la normativa internacional, de ahí que se deba prestar una protección integral y asistencial a todos los menores, que se encuentran en su territorio, incluidos, claro está, los menores no acompañados.
–¿Qué función cree que podría desempeñar en Melilla la figura del Defensor del Pueblo que, por ejemplo, ha desaparecido en Castilla-La Mancha y está por desaparecer en Murcia porque se ha entendido como una duplicidad administrativa?
–Yo creo que la figura del Defensor del Pueblo junto a la del Consejo General de la Abogacía Española desempeñan, en el tema de menores, un papel irremplazable cuestionando la legalidad de algunos de los procedimientos de las repatriaciones.
Además permitirían conocer la realidad sobre los menores en nuestra ciudad, al deber elaborar un informe específico sobre su situación. También serviría de cauce para quejas y relaciones, etc. El mejor exponente de su buen funcionamiento en esta materia, a mi juicio, es el Ararteko vasco.
Es más urgente plantearse ahora, no la creación de estas figuras, sino la inexistencia de un tratamiento autonómico legislativo específico en nuestra Ciudad Autónoma, lo que supone un déficit en la legislación autonómica y, en último término, sí afecta a la protección de los derechos de los menores no acompañados.
–¿Cómo influyen en los derechos de los menores la saturación de los centros de acogida y la falta de personal?
–La política de austeridad y ahorro del Gobierno también incide en los centros de menores recortando personal o no pudiendo acometerse las adecuaciones en infraestructuras necesarias. En cualquiera de los casos hay que alabar el esfuerzo educativo que se realiza en en Melilla como en Ceuta sobre estos menores.
En este aspecto, los recortes no han mermado en modo alguno ni la atención ni la calidad en su enseñanza. Otra cosa bien distinta es la facultad que tienen las administraciones autonómicas para emitir sus informes de integración, que van a ser determinantes para su residencia legal en nuestro país y para su inserción laboral, donde queda de manifiesto la opacidad de nuestra Administración a la hora de valorar las posibilidades de integración social, produciéndose en muchos casos, en nuestra ciudad un desajuste entre la legislación vigente y su aplicación efectiva en la práctica.
Para ello hay que partir de una premisa que se ignora: El acogimiento de un menor extranjero no acompañado no puede tratarse como un problema puramente local. La eficacia del sistema lo impone.
–Se dice -y no sé si es una leyenda urbana- que muchos menores marroquíes duermen en centros de acogida de Melilla y por el día van a ver a sus padres a Marruecos. En caso de que sea cierto, ¿por qué no se devuelven estos niños?
-No creo que sea así. Lo que sí es cierto, según información de ONGs ,es que esos niños proceden en la mayoría de las ocasiones de familias desestructuradas, a las que les debe suponer un enorme sacrificio y dolor tener que desprenderse de un hijo. Si lo hacen es porque aspiran a que sus condiciones socioeconómicas y educativas sean mejores que en Marruecos. De ahí que, en la mayoría de las ocasiones, los padres sean conscientes de que sus hijos están en Melilla o en Ceuta, pero de lo que no les cabe duda es de que la atención es mejor que la que van a recibir en su país de origen. Por tanto, la mayoría de los menores que llegan a Melilla y a Ceuta viene con el consentimiento de sus padres y mantienen vínculos afectivos con ellos.
–Cambiando de tema, ¿cuántas personas podrían vivir del trabajo transfronterizo en las ciudades de Melilla y Ceuta?
-Según datos de la Delegación de Gobierno, su número es muy reducido y a pesar de la reforma que se ha producido. Yo creo que sumando los trabajadores transfronterizos de Ceuta y de Melilla estaríamos hablando de unas 25.000 personas.
En el régimen especial de empleadas de hogar, el número de afiliaciones no se corresponde con el número real de trabajadores, en ocasiones porque el empleador no quiere pagar las cotizaciones por el aumento de costes sociales del trabajador y en otras, por voluntad del propio trabajador, que en principio no puede pernoctar en estas ciudades con el vigente Reglamento de Extranjería en la mano.
–Un último tema, al margen de su libro. Desde la ONG Prodein se ha criticado el hecho de que la solicitud de asilo político esté devaluada en Melilla. ¿Qué opinión le merece esta afirmación?
–Estoy totalmente de acuerdo. La ley 12/2009 sobre asilo y protección subsidiaria ha tratado de solventar los dos problemas más graves que atenazaban a estas figuras: La falta de formación en estos asuntos que está en vías de subsanación y la desinformación por parte de los agentes policiales fronterizos que no hacen distinciones "entre los inmigrantes económicos y los posibles refugiados", aún sin solventar.
Si a estos factores se les une que el demandante de asilo sabe que si solicita esta protección en nuestra ciudad, al encontrarse fuera del territorio peninsular, su permanencia en la misma se va a prolongar más que si fuera un inmigrante económico con el que España no tenga acuerdo de repatriación, opta por arriesgarse y no demandar la citada protección.
En definitiva, el hecho de pedir asilo o protección subsidiaria en Ceuta, Melilla o Canarias, le sitúa en una posición de discriminación y de desigualdad con respecto al resto de los inmigrantes, convirtiéndoles a la postre en migrantes de segunda categoría, aunque su situación es más grave si regresan a su país de origen que el resto de inmigrantes.
Esta circunstancia contradice la voluntad del legislador y viola los derechos humanos de estas personas que, en síntesis, se traduce en un problema de solidaridad que no puede quedar relegado aduciendo razones de control de flujos y de seguridad del Estado, que es la razón intrínseca no manifiesta por las se les suele denegar el inexcusable amparo.
–¿Cómo se han comportado las migraciones en Ceuta y Melilla en los últimos años?
–El comportamiento ha sido desigual. Mientras que hay colectivos que han aumentado de forma gradual como es el caso de la población de origen musulmán, en otros se observa una ralentización (como en el caso de la cristiana), que es más paulatina en la población hindú e israelita.
–En la calle he escuchado referencias al aumento de la población musulmana en términos de "la marcha de la tortuga". ¿Qué consecuencias puede tener el aumento de la población musulmana en detrimento del resto de culturas que conviven en Melilla y Ceuta? ¿Pueden convertirse estas dos ciudades en algo muy parecido a lo que es hoy Gibraltar?
–No lo creo. El aumento de un determinando segmento poblacional depende de factores sociales, económicos y políticos. Es un hecho incuestionable que por razones culturales las tasas de natalidad de la población musulmana son más elevadas. Yo creo que el aumento de población se encuentra imbricado fundamentalmente al desarrollo económico local, a su acomodo social, a identificarse culturalmente con un territorio: "Yo soy de Melilla y me siento muy orgullosa de mi ciudad y de mi origen".
Creo que este sentimiento lo tenemos muy arraigado los habitantes de Ceuta y Melilla por nuestra situación geopolítica, que queremos que remonte nuestra economía y nos sentimos muy de nuestra tierra y muy españoles. Nos preocupan realmente estas cuestiones, pero no cuál es la migración dominante en cada momento. Lo importante son las personas y que éstas defiendan en todos los foros nuestras necesidades que son iguales para todos. No sólo para los que vivimos en Melilla, sino que la llevamos allá donde vamos.
–En el caso de Melilla, que ha ganado un 17% de población en los últimos cinco años, ¿cuánta población podría absorber la ciudad teniendo en cuenta sus escasos 12 kilómetros cuadrados?
–Esa pregunta se la tendría que hacer a un economista y no a una profesora de Derecho. En mi opinión, sí se puede absorber aún más población que la que figura como población de derecho en Melilla o Ceuta, debido a que existe una disfuncionalidad considerable con la población que de hecho habita en estas dos ciudades.
A esto hay que añadir que la capacidad de absorción de un aumento poblacional dependerá de la sinergia de diferentes variables, que si bien están interrelacionadas con el suelo y las infraestructuras de la ciudad, yo creo que dependen más de la evolución económica positiva que tengan sus mercados.
Si funciona o se impulsa su economía y ésta prolifera, correlativamente hay una mayor demanda de mano de obra, que es absorbida por el territorio en el que se produce ese incremento.
–¿Ha aumentado la llegada de menores no acompañados a las ciudades de Ceuta y Melilla?
–La llegada es fluctuante, no existe un parámetro fijo durante todo el año. Es un hecho paradigmático que su aumento se produce en verano, cuando las condiciones estacionales son más propicias.
Desde mi punto de vista, lo realmente importante, más que el aumento cuantitativo de estos menores, son las condiciones y el estadio en que se encuentran sus derechos en nuestra ciudad.
Tanto la normativa internacional, la comunitaria como la nacional se esfuerzan en recordarnos la necesidad de realizar una sobreprotección sobre los menores acogidos no acompañados.
Lo que debería de preocuparnos son los efectos que provoca la colisión de los derechos de los menores con la legislación de Extranjería y sus contradicciones, tanto en la teoría como en la práctica de la legislación autonómica.
Desde mi punto de vista, lo realmente alarmante son, entre otras cuestiones, la sinergia producida por la saturación de sus centros, la ausencia de recursos materiales y humanos, la inexistencia de la figura de un Defensor del Pueblo para esta Ciudad Autónoma y menos aún de un Defensor del Menor, que ha provocado que, a pesar del protagonismo social adquirido por el cúmulo de estas carencias, no se haya logrado hasta el momento obtener una respuesta jurídica adecuada que satisfaga todas estas demandas. A los complejos problemas que plantean estos menores hay que sumar este déficit legislativo autonómico, que va a tener reflejo en una mayor desprotección de los derechos de los menores no acompañados.
–Habla de una "sobreprotección formal de los menores", qué pasa en la práctica?
–Considero que a pesar de que existe una sobreprotección formal, en la práctica esta protección jurídica desaparece.
Existen instrumentos internacionales dedicados a menores, tanto en el plano internacional (Convención de Derechos del Niño) como en el europeo (Resolución del Consejo de Europa de 26 de Junio de 1997 relativa a los menores no acompañados nacionales de países terceros que lleguen al territorio de los Estados miembros sin ir acompañados de un adulto responsable de los mismos). A pesar de las continuas referencias al principio tuitivo de "interés superior del menor", el papel de ambas es meramente de directrices que deben guiar la actuación de los Estados.
En esta misma línea, nuestro ordenamiento jurídico interno se remite expresamente a la normativa internacional, de ahí que se deba prestar una protección integral y asistencial a todos los menores, que se encuentran en su territorio, incluidos, claro está, los menores no acompañados.
–¿Qué función cree que podría desempeñar en Melilla la figura del Defensor del Pueblo que, por ejemplo, ha desaparecido en Castilla-La Mancha y está por desaparecer en Murcia porque se ha entendido como una duplicidad administrativa?
–Yo creo que la figura del Defensor del Pueblo junto a la del Consejo General de la Abogacía Española desempeñan, en el tema de menores, un papel irremplazable cuestionando la legalidad de algunos de los procedimientos de las repatriaciones.
Además permitirían conocer la realidad sobre los menores en nuestra ciudad, al deber elaborar un informe específico sobre su situación. También serviría de cauce para quejas y relaciones, etc. El mejor exponente de su buen funcionamiento en esta materia, a mi juicio, es el Ararteko vasco.
Es más urgente plantearse ahora, no la creación de estas figuras, sino la inexistencia de un tratamiento autonómico legislativo específico en nuestra Ciudad Autónoma, lo que supone un déficit en la legislación autonómica y, en último término, sí afecta a la protección de los derechos de los menores no acompañados.
–¿Cómo influyen en los derechos de los menores la saturación de los centros de acogida y la falta de personal?
–La política de austeridad y ahorro del Gobierno también incide en los centros de menores recortando personal o no pudiendo acometerse las adecuaciones en infraestructuras necesarias. En cualquiera de los casos hay que alabar el esfuerzo educativo que se realiza en en Melilla como en Ceuta sobre estos menores.
En este aspecto, los recortes no han mermado en modo alguno ni la atención ni la calidad en su enseñanza. Otra cosa bien distinta es la facultad que tienen las administraciones autonómicas para emitir sus informes de integración, que van a ser determinantes para su residencia legal en nuestro país y para su inserción laboral, donde queda de manifiesto la opacidad de nuestra Administración a la hora de valorar las posibilidades de integración social, produciéndose en muchos casos, en nuestra ciudad un desajuste entre la legislación vigente y su aplicación efectiva en la práctica.
Para ello hay que partir de una premisa que se ignora: El acogimiento de un menor extranjero no acompañado no puede tratarse como un problema puramente local. La eficacia del sistema lo impone.
–Se dice -y no sé si es una leyenda urbana- que muchos menores marroquíes duermen en centros de acogida de Melilla y por el día van a ver a sus padres a Marruecos. En caso de que sea cierto, ¿por qué no se devuelven estos niños?
-No creo que sea así. Lo que sí es cierto, según información de ONGs ,es que esos niños proceden en la mayoría de las ocasiones de familias desestructuradas, a las que les debe suponer un enorme sacrificio y dolor tener que desprenderse de un hijo. Si lo hacen es porque aspiran a que sus condiciones socioeconómicas y educativas sean mejores que en Marruecos. De ahí que, en la mayoría de las ocasiones, los padres sean conscientes de que sus hijos están en Melilla o en Ceuta, pero de lo que no les cabe duda es de que la atención es mejor que la que van a recibir en su país de origen. Por tanto, la mayoría de los menores que llegan a Melilla y a Ceuta viene con el consentimiento de sus padres y mantienen vínculos afectivos con ellos.
–Cambiando de tema, ¿cuántas personas podrían vivir del trabajo transfronterizo en las ciudades de Melilla y Ceuta?
-Según datos de la Delegación de Gobierno, su número es muy reducido y a pesar de la reforma que se ha producido. Yo creo que sumando los trabajadores transfronterizos de Ceuta y de Melilla estaríamos hablando de unas 25.000 personas.
En el régimen especial de empleadas de hogar, el número de afiliaciones no se corresponde con el número real de trabajadores, en ocasiones porque el empleador no quiere pagar las cotizaciones por el aumento de costes sociales del trabajador y en otras, por voluntad del propio trabajador, que en principio no puede pernoctar en estas ciudades con el vigente Reglamento de Extranjería en la mano.
–Un último tema, al margen de su libro. Desde la ONG Prodein se ha criticado el hecho de que la solicitud de asilo político esté devaluada en Melilla. ¿Qué opinión le merece esta afirmación?
–Estoy totalmente de acuerdo. La ley 12/2009 sobre asilo y protección subsidiaria ha tratado de solventar los dos problemas más graves que atenazaban a estas figuras: La falta de formación en estos asuntos que está en vías de subsanación y la desinformación por parte de los agentes policiales fronterizos que no hacen distinciones "entre los inmigrantes económicos y los posibles refugiados", aún sin solventar.
Si a estos factores se les une que el demandante de asilo sabe que si solicita esta protección en nuestra ciudad, al encontrarse fuera del territorio peninsular, su permanencia en la misma se va a prolongar más que si fuera un inmigrante económico con el que España no tenga acuerdo de repatriación, opta por arriesgarse y no demandar la citada protección.
En definitiva, el hecho de pedir asilo o protección subsidiaria en Ceuta, Melilla o Canarias, le sitúa en una posición de discriminación y de desigualdad con respecto al resto de los inmigrantes, convirtiéndoles a la postre en migrantes de segunda categoría, aunque su situación es más grave si regresan a su país de origen que el resto de inmigrantes.
Esta circunstancia contradice la voluntad del legislador y viola los derechos humanos de estas personas que, en síntesis, se traduce en un problema de solidaridad que no puede quedar relegado aduciendo razones de control de flujos y de seguridad del Estado, que es la razón intrínseca no manifiesta por las se les suele denegar el inexcusable amparo.
Fuente:
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU(
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