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jueves, agosto 06, 2009

Consejo para la Transparencia obligará al INE a entregar datos a economista de LyD

Consejo para la Transparencia obligará al INE a entregar datos a economista de LyD
Jueves 6 de Agosto de 2009
Fuente :El Mercurio Online
Rosanna Costa había solicitado información relativa a algunos indicadores de la encuesta de desempleo.
SANTIAGO.- El Consejo para la Transparencia acogió hoy el amparo presentado por la economista del Instituto Libertad y Desarrollo (LyD), Rosanna Costa, ante la negativa que le manifesto el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) para entregarle algunos antecedentes sobre la encuesta de empleo.

El consejo dio un plazo de cinco días hábiles, desde la notificación de la decisión, para que la directora del INE, Mariana Schkolnik Chamudes, entregue la información requerida e informe al Consejo que hizo llegar los datos a la directora del programa económico de dicha entidad.

La solicitud de Costa se refería principalmente a tres aspectos. Primero, a los resultados de la encuesta de empleo para el último mes y no sólo el promedio móvil; segundo, al aumento (en el mes y en 12 meses) y el nivel de ocupados, en fuerza de trabajo, a nivel nacional, por edad y por sexo, dato que sería importante "para conocer el impacto que se está observando en el mercado el laboral, el cual en las cifras medias que se entregan oficialmente queda suavizado por efecto de ser un promedio móvil".
 
Finalmente pidió la evolución del empleo -asalariado, por cuenta propia, personal de servicio y empleadores y familiares no remunerados del último mes- y su variación respecto al mes previo en 12 meses.
 
El INE planteó que las encuestas de empleo seguían la metodología de trimestre móvil, por lo que entregar dicha información, para generar datos como si se tratara de periodos mensuales, desvirtuaría el valor de la información.

La entidad precisó que esto generaría desinformación y malas interpretaciones, afectando el interés nacional, en particular los intereses económicos del país, y el debido cumplimiento de sus funciones, justificándose además en las causales de reserva establecidas en el artículo 21 de la Ley de Transparencia.

No obstante, la resolución del Consejo para la Transparencia afirma que el INE no acreditó suficientemente la concurrencia de estas causales de reserva y que no debía confundirse "la potestad de generar estadísticas oficiales con la reserva de los datos que le sirven de sustento. Estos últimos no son, desde luego, estadísticas oficiales, pero eso no los transforma en información secreta. Es más, mantener en reserva tales datos, entendiendo que son los que permiten construir dichas estadísticas, atentaría contra la fe pública, pues haría imposible su control social".

Fuente:
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
 
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