Valoran fallo del tribunal constitucional por TV digital
Publicado el 09 de marzo del 2011
El diputado Jorge Burgos asegura que este dictamen recoge gran parte del recurso que presentó y "deja sin efecto el intento de legislar mediante vía decreto, por cinco años".
Señalando que el fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre el polémico decreto de televisión Digital, "recoge gran parte de lo planteado en nuestro recurso", el diputado DC Jorge Burgos, señaló que "en términos prácticos, significa que un tema central de nuestro requerimiento, que era evitar el intento del Gobierno de legislar a través de un Decreto Supremo, es decir, pasar por el lado del Congreso Nacional, con este fallo -al limitar los efectos del decreto a un plazo de seis meses- deja sin efecto el intento de legislar mediante vía decreto por cinco años, conseguimos lo esencial".
El recurso analizado por el Tribunal Constitucional fue presentado por los diputados DC Jorge Burgos, Aldo Cornejo y Ricardo Rincón y el socialista Marcelo Schilling, entre otros.
Sobre el fallo, de la constitucionalidad del Decreto Nº 264 de 2010 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones sobre permisos demostrativos para la Televisión Digital, los diputados expresaron que, "celebramos la oportuna discusión que generaron los 36 Diputados sobre el Decreto aludido ya que ello permitió enjuiciar la constitucionalidad y la transparencia del accionar del Gobierno en la configuración de la futura industria de la televisión digital en Chile".
De acuerdo al texto presentado, este debate "llevó al Tribunal Constitucional a que declarase la inconstitucionalidad del plazo de hasta 5 años por el cual podía otorgar permisos demostrativos para realizar pruebas técnicas para la televisión digital. Lo anterior, impide que la transición entre la televisión analógica a la digital se desarrolle mediante decreto y se deba esperar la dictación de la nueva Ley de Televisión Digital Terrestre para que sea el Congreso y esta Ley la regulen el inicio de la nueva televisión".
Agrega la presentación "pese a que el TC declaró la constitucionalidad de los Artículos 2º y 3º del Decreto aludido, esto se hizo en el entendido que no generan derechos preferentes, previos y permanentes para la asignación futura de concesiones para la televisión digital. Sólo se reservan frecuencias en el espectro siempre que bajo los criterios legales vigentes se obtenga mediante un concurso público la asignación de nueva concesión".
Finalmente indica que "esta discusión en el TC ha permitido el aceleramiento de la tramitación del proyecto de ley sobre televisión digital terrestre y ha impedido la tentación de avanzar por decreto en la instalación de la nueva industria televisiva chilena".
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Saludos
Rodrigo González Fernández
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