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sábado, marzo 29, 2008

Despido procedente por ir mal vestido

¿CUANTA GENTE VA AL TRABAJO MAL VESTIDA?

Despido procedente por ir mal vestido

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de un trabajador despedido por llevar ropa inadecuada para su puesto de comercial porque observa una medida de coacción hacia la empresa

METRO pregunta: ¿Qué te parece la sentencia?
 
LUISFER, 30 años, contable"  Llevar traje depende del trabajo que desempeñes, pero si eres la imagen de  la empresa y estás de cara al cliente, sí entiendo que es recomendable. A mí  nunca me han obligado, pero sí me lo han aconsejado en algunos empleos".
 


LUISFER, 30 años, contable

" Llevar traje depende del trabajo que desempeñes, pero si eres la imagen de la
 empresa y estás de cara al cliente, sí entiendo que es recomendable.
 A mí nunca me han obligado, pero sí me lo han aconsejado en algunos empleos".
 
DANIEL, 28 años, consultor informático"La sentencia me parece bien. Seguramente antes de empezar a trabajar le habían dicho que debía llevar traje, salvo por motivos de fuerza mayor. Y lo de ir en zapatillas... si me quedo sin traje voy con vaqueros, pantalones de vestir o chinos, zapatos y una camisa, pero no en zapatillas. No sé si está escrito en algún sitio, pero yo sí estoy obligado".    
 


DANIEL, 28 años, consultor informático

"La sentencia me parece bien. Seguramente antes de empezar a trabajar le habían dicho que debía
llevar traje, salvo por motivos de fuerza mayor. Y lo de ir en zapatillas... si me quedo sin traje voy
con vaqueros, pantalones de vestir o chinos, zapatos y una camisa, pero no en zapatillas.
No sé si está escrito en algún sitio, pero yo sí estoy obligado".    
 
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Cuando Juan Pablo quiso que su empresa lo echara para cobrar el paro mientras se dedicaba a su empresa familiar, no se le ocurrió otra cosa que dejar en la percha su traje de comercial e ir al trabajo en vaqueros y zapatillas deportivas. Su comportamiento le supuso el despido y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la empresa. En un auto que desestima el recurso del despedido, el tribunal afirma que "el modo de actuar del demandante, al hacer caso omiso de manera reiterada de las advertencias y amonestaciones de la empresa" sobre su indumentaria, "exterioriza un indudable propósito de indisciplina e incluso de provocación".

El empleado había acudido a su trabajo de comercial siempre con traje de chaqueta y corbata, pero cambió de estilo después de comentarle a su superior que quería marcharse de la empresa pero manteniendo el derecho a la prestación por desempleo. Los magistrados, aunque reconocen que los empleados tienen derecho a su propia imagen, matizan que "determinadas actividades laborales requieren una mínima corrección indumentaria conforme unas reglas de trato social comúnmente admitidas". Aunque éstas no figuren en el contrato, son de obligado cumplimiento puesto que "se dan por supuestas sin necesidad de acuerdo expreso".

La sentencia confirma además la versión de la empresa, que observó en la actuación de su trabajador "una medida de coacción para forzar una negociación sobre un despido fraudulento, para poder cobrar las prestaciones por desempleo" y compaginarlo con sus ingresos procedentes de un negocio familiar.

Consulten, opinen y escriban
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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