TU NO ESTAS SOLO EN ESTE MUNDO si te gustó un articulo , compártelo, envialo a las redes sociales, Twitter, Facebook

lunes, septiembre 30, 2013

LA POLAR LA IRRESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL AL MÁXIMO

Caso La Polar: Suprema rechaza recurso de queja presentado por Pablo Alcalde

Determinaron que resulta incompatible que se planteen ante tribunales de distinta jerarquía, dos recursos para impugnar una decisión de la SVS.

Diario Financiero Online

La Corte Suprema rechazó un recurso de queja presentado en contra de la decisión de los ministros de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaron un reclamo de ilegalidad presentado por la defensa de Pablo Alcalde, en el denominado caso "La Polar".

En fallo unánime (causa rol 2635-2013), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Carlos Cerda (suplente); además del abogado integrante Jorge Lagos- determinaron que resulta incompatible que se planteen ante tribunales de distinta jerarquía, dos recursos para impugnar una decisión de la SVS.

Por una parte, el reclamo de ilegalidad –que se presentó ante la Corte de Apelaciones de Santiago–; y por otra, el reclamo por la multa –que se realizó ante un tribunal civil–, como lo hizo la defensa de Alcalde Saavedra.

"La alegación que fuera invocada para la acción de ilegalidad establecida en el artículo 46 del Decreto Ley N° 3.538, esto es, que el procedimiento administrativo sancionador seguido por la Superintendencia de Valores y Seguros no ha sido legalmente tramitado, será parte de la revisión judicial que deberá hacer el juzgado civil que conoce de la reclamación de multa que contempla el artículo 30 del citado cuerpo normativo. De ello se sigue que, en este caso, la doble vía intentada por el quejoso no resulta compatible, desde que se pretende un desdoblamiento en la tutela de los aspectos formales del acto de aquellos que le son sustantivos", sostiene el fallo.

La resolución agrega: "Aceptar el ejercicio coetáneo de los referidos medios de impugnación implica no sólo desconocer la preminencia de la norma especial contenida en el citado artículo 30 del Decreto Ley N° 3.538, que contempla el arbitrio para reclamar precisamente de las multas impuestas por la aludida Superintendencia, frente a la norma general que prevé el artículo 46 de ese mismo estatuto, cuya finalidad es la revisión de la legalidad de un acto de la Administración, sino que además conduce al absurdo de que la parte afectada tendría la opción de recurrir simultáneamente ante un juez de primer grado y ante la Corte de Apelaciones respectiva, circunstancia que atenta contra el postulado de que sobre una misma materia no pueden existir dos tribunales de distinta jerarquía competentes. Que acorde con lo reflexionado no cabe emitir pronunciamiento sobre las eventuales infracciones de garantías alegadas, las que deberán ser expuestas en la sede de reclamación de multa".

Cabe destacar que en marco de la investigación, la SVS resolvió sancionar a los involucrados en el Caso La Polar con US$5,3 millones, de los cuales US$ 1,16 millones correspondían al ex director de de la multitienda, Pablo Alcalde.

Fuente:DF

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

No hay comentarios.: