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| | | Tribunales Ambientales: Preparando el estreno oficial
| El Segundo Tribunal de Santiago comenzará su funcionamiento el próximo 28 de diciembre, mientras que en Antofagasta y Valdivia será en junio de 2013. | | |
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(Sustentare- Electricidad) Desde sus orígenes, la implementación de los Tribunales Ambientales (TA) ha significado todo un desafío. Tras una larga discusión en el Congreso, que terminó con el establecimiento de tres tribunales y no uno como estaba contemplado en su proyecto original, hoy el organismo enfrenta los cuestionamientos sobre su supuesta capacidad para terminar con la judicialización de los proyectos. Sin embargo, más allá de las opiniones, la puesta en marcha de los llamados "tribunales verdes" se encuentra en tierra derecha pues ya finalizó la postulación del concurso en el Sistema de Alta Dirección Pública y que permitirá elegir a tres ministros titulares y dos suplentes del tribunal que comenzará a operar en Santiago el próximo 28 de diciembre, así como también para los de Antofagasta y Valdivia, que realizarán su debut en junio 2013. El subsecretario de Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal, comenta a Revista ELECTRICIDAD que "la tramitación en el Congreso fue compleja porque son tribunales nuevos y especiales (…) pero creo que la discusión fue bastante productiva y enriquecedora (…). Creo que el proyecto de ley fue mejorado sustancialmente con los aportes que efectuaron los parlamentarios". Si bien reconoce que el proceso fue más lento de lo esperado, comprende que frente a ciertos temas complejos se debe destinar más tiempo del requerido para su análisis y estudio, "porque además esto no sólo significaba el atraso en la tramitación de ese proyecto de ley, sino también de la entrada en funcionamiento de la Superintendencia del Medio Ambiente", en su rol como fiscalizador. La Ley N°20.600 que crea los TA estipula que cada organismo tendrá una jurisdicción territorial. El primero estará ubicado en la ciudad de Antofagasta y tendrá competencia territorial sobre las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y la de Coquimbo. El Segundo Tribunal Ambiental se ubicará en Santiago y tendrá competencia sobre las regiones de Valparaíso, Metropolitana, de O"Higgins y del Maule; y el tercero tendrá asiento en la ciudad de Valdivia y su competencia territorial abarcará las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes. La Alta Dirección Pública generará un listado de ocho nombres el cual será enviado a la Corte Suprema, para que establezca una quina. De esta nómina, el Presidente de la República designará un nombre, el cual deberá contar con el acuerdo de las 3/5 partes del Senado. De los tres ministros que integra cada tribunal, dos deberán tener título de abogado, haber ejercido la profesión a lo menos 10 años y haberse destacado en la actividad profesional o académica especializada en materias de derecho administrativo o ambiental. El tercero será un licenciado en ciencias con especialización en materias medioambientales y, a lo menos, 10 años de ejercicio profesional. Funciones de los tribunales
Los Tribunales Ambientales (TA) tendrán competencias en tres ámbitos: daño ambiental; reclamaciones de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), de la Superintendencia del Medio Ambiente; y en contra de normas, planes de prevención y declaración de zona latente o saturada. Actualmente, en los juicios por daño ambiental, y que se ventila en los Tribunales Ordinarios, el afectado puede presentar demanda por daño ambiental frente al Consejo de Defensa del Estado o la municipalidad. El Tribunal Ordinario es el que revisa si dicha demanda cumple con los requisitos por daño ambiental y debe aplicar la regulación que está en la Ley 19.300. El subsecretario de Medio Ambiente dice que la Ley 20.600 no hace modificaciones respecto a lo que es daño ambiental, sino sobre quien tiene la competencia para conocer las demandas por dichos daños, que en este caso, y a partir del 28 de diciembre, sería el TA. Sostiene que en la actualidad probar la existencia de daño ambiental en un juicio es "tremendamente complejo", especialmente para probar el nexo entre el daño y su causante. "Pensamos que el aporte de jueces con mayor experiencia en el tema medioambiental puede ser muy importante para establecer estas causas", señala Ricardo Irarrázabal. El ámbito "contencioso administrativo ambiental" permite que una persona reclame frente a la actuación de una autoridad o del Estado. Por ejemplo, si se genera un RCA y existen observaciones ciudadanas, se puede alegar las medidas presentadas en este fallo ante el Consejo de Ministros, y de lo resuelto por este organismo, ante los TA. "Por lo tanto, se pasa de la etapa administrativa a la judicial", enfatiza la autoridad medio ambiental. Las sentencias de los TA no son la última instancia de apelación ya que existe un recurso de casación ante la Corte Suprema, el cual apunta específicamente a temas de derecho y aplicación de la ley.
El "amigo de la corte" El amigo de la corte es una figura que tiene como objetivo ilustrar al tribunal, con antecedentes para lograr una mejor solución de los conflictos. No pretende intervenir como parte del procedimiento, de hecho hay una norma expresa que así lo establece, sino que hacer un aporte para generar una mejor solución sobre la conflictividad ambiental. Entre las entidades que pueden ejercer este rol se encuentran centros de estudios y universidades. Fuente/ Sustentare- Electricidad |
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Fuente:
Saludos
Rodrigo González Fernández
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