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viernes, noviembre 13, 2009

Estrasburgo avala la Ley de Partidos Políticos

Estrasburgo avala la Ley de Partidos Políticos



Sin ninguna duda la noticia reconfortante de la semana ha sido la confirmación, ayer miércoles, de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, del pasado mes de junio, tras rechazar sus magistrados el recurso presentado por Batasuna, Herritarren Zerrenda y Autodeterminaziorako Bilgunea contra su ilegalización. Ante todo lo dicho por el Tribunal en su último párrafo: "Un partido político cuyos responsables incitan a recurrir a la violencia o proponen un proyecto político que no respeta una o varias normas de la democracia o que conduce a la destrucción de la misma, así como a ignorar los derechos y las libertades que ésta reconoce, no puede prevalerse de la protección de la Convención contra las sanciones impuestas por estos motivos".

Aquella sentencia de junio declaró que el objetivo de Batasuna y sus siglas sucesoras (AuB y Hz) era "completar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para perturbar el orden constitucional y alterar gravemente la paz pública". Para ello, decía la sentencia ahora confirmada, el partido ilegalizado llevaba cabo "una estrategia para instaurar su proyecto político, contrario en esencia a los principios democráticos defendidos por la Constitución española".

"Un partido político cuyos responsables incitan a recurrir a la violencia o proponen un proyecto político que no respeta una o varias reglas de la democracia o que busca su destrucción y el desconocimiento de los derechos y las libertades que ésta reconoce, no puede aprovecharse de la protección de la Convención Europea de Derechos Humanos", así como que la Ley "no está destinada a prohibir la defensa de ideas o doctrinas que cuestionen el marco constitucional, sino a conciliar la libertad y el pluralismo con el respeto a los derechos humanos y la protección de la democracia".

De las sentencias se deduce que España estaría legitimada para actuar definitivamente contra las franquicias de ETA que gobiernan o tienen presencia en ayuntamientos, instando ya al Ministerio fiscal a actuar en consecuencia. De la actuación contra estas formaciones podría derivarse la tan demandada aplicación del artículo 61 de la Ley de Bases de Régimen Local que permitiera el definitivo desalojo por la vía de la disolución de ayuntamientos. Artículo que, literalmente, dice lo siguiente:

"1. El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado, podrá proceder, mediante Real Decreto, a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales.


2. Se considerarán, en todo caso, decisiones gravemente dañosas para los intereses generales en los términos previstos en el apartado anterior, los acuerdos o actuaciones de los órganos de las corporaciones locales que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o justifiquen, y los que menosprecien o humillen a las víctimas o a sus familiares.

3. Acordada la disolución, será de aplicación la legislación electoral general, cuando proceda, en relación a la convocatoria de elecciones parciales y, en todo caso, la normativa reguladora de la provisional administración ordinaria de la corporación".

La ley es constitucional hoy y lo fue ayer. Sin embargo, el gobierno progre que padecemos, a través del Fiscal General del Estado, prefirió poner en situación de suspensión al Estado de Derecho. La Ley de Partidos, tras la llegada de Zapatero al poder, estuvo derogada de facto durante varios años, puesto que no fue aplicada a las nuevas siglas proetarras que fueron surgiendo para facilitar el proceso de negociación con la banda terrorista.

Fueron los días de "mancharse las togas con el polvo del camino" o del "Guantánamo electoral" que podía provocar la Ley de Partidos en 150.000 votantes de la izquierda abertzale, como dijo Conde Pumpido, el Fiscal General del Estado, o de la ilegalización no procedente "hasta que la jugada lo aconseje" del inefable ex ministro de Justicia Bermejo. Pumpido es de recordar que temía que instar la ilegalización de ANV pudiera "poner al Estado de Derecho en jaque, aunque no sea jaque mate, cada vez que hay elecciones".

Mientras Rubalcaba acusa a quienes critiquen el uso ilegal de Sitel de "dar ideas" a los abogados de Batasuna, los proetarras siguen cobrando del dinero público y siguen detentando cargos de representación política en muchos municipios vascos ante la pasividad del Gobierno. El papelón de su (escondido bajo tierra en estos últimos días) jefe de filas queda confirmado que, durante el "proceso de paz", fue, conocida esta sentencia, de auténtico órdago.
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FUENTE: http://la-voz-liberal-melvin.blogspot.com/2009/11/estrasburgo-avala-la-ley-de-partidos.html
CONSULTEN, ESCRIBAN OPINEN LIBREMENTE
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIMIENTO DE ONU
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