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miércoles, diciembre 27, 2006

CONCEPTO DE EMPRESA.

Rodrigo González Fernández, director de  consultajuridicachile.blogspot.comoportunamente envie al Congreso más de 100 conceptos de empresa del derecho comparado. Ni siquiera acusaron recibo.
 
   
  Ministro Andrade no sabe para qué sirve el concepto de empresa
Martes, 26 de Diciembre de 2006
Economía y Negocios, El Mercurio
Lina Castañeda
 

 


Sus palabras inquietan a expertos, que ven un nuevo intento por introducir la negociación colectiva por rama.

Se ha vuelto habitual que el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, lleve por escrito sus presentaciones públicas, reflejo de que en sus palabras no hay improvisación: "Quiero ser muy franco con ustedes, no sé para qué sirve el concepto de empresa en materia laboral. No sé qué sentido tiene".

Seguidamente, aludió a las partes que se relacionan en el contrato laboral, donde quien tiene que negociar es el trabajador con su empleador. "Precisemos entonces el concepto de empleador y después hablemos de negociación colectiva", dijo.

Andrade se refirió al tema en la Facultad de Economía de la Universidad de Chile, minutos después de participar en el acto oficial de lanzamiento del proyecto de reforma previsional. Pero si bien esa iniciativa acapara la atención, sus palabras causaron inquietud.

Después de escucharlo, el experto laboral Huberto Berg tiene la percepción de que tanto las autoridades como los dirigentes sindicales están apuntando nuevamente a la negociación colectiva por rama de actividad. De otro modo no encuentra explicación a esta insistencia de cambiar el concepto de empresa contenido en el Código del Trabajo.

El Tribunal Constitucional rechazó hace pocos meses la modificación del concepto de empresa que se había propuesto durante la tramitación de la ley sobre subcontratación.

En estos momentos está por votarse en la sala de la Cámara de Diputados una moción parlamentaria que insiste en modificar ese concepto, asociándolo a los grupos de empresas relacionadas que integran una misma unidad ordenada bajo una dirección común. E incluso intercala otro inciso según el cual la Dirección del Trabajo, a petición de las partes, podrá establecer mediante resolución fundada, que un grupo de empresas relacionadas integra una misma unidad económica ordenada bajo una dirección común.

El Código del Trabajo vigente señala que se entiende por empresa a toda organización de medios personales, materiales e inmateriales ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos, la cual debe estar dotada de una individualidad legal determinada.

Al eliminarse la definición de empresa, sería una unidad indeterminada y le correspondería a la Dirección del Trabajo definir para que pudiera operar el Código del Trabajo en los aspectos en que se requiere el concepto de empresa.

En el seminario Agenda para el Empleo y la Protección Laboral, organizado en conjunto con la Fundación Chile 21, el ministro habló de la necesidad de un nuevo pacto social en las relaciones de trabajo, para lo cual se requiere reconstruir confianzas, reforzar el diálogo social y fortalecer los mecanismos de negociación colectiva.

Ve a ese mecanismo como el escenario natural para buscar acuerdos de jornadas de trabajo, por lo que instó a abordar con seriedad el fortalecimiento de la negociación colectiva. "Cuando está adecuadamente constituido el escenario para llevar una negociación equilibrada, los temas tabú desaparecen", indicó.

Saludos cordiales
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
CONSULTAJURIDICACHILE.BLOGSPOT.COM
Renato Sánchez 3586 dep 10
Santiago, Chile

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