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martes, febrero 14, 2006

Enrique Dans nos entrega esta mañana un artículo interesantísimo para los bloggers Chilenos que comparto con ustedes . Enrique, es un activo profesional y autoridad en estos temas , le saludamos y agradecemos Veamos

 

Bloggers millonarios

Interesante artículo largo en New York magazine, "Blogs to riches", (thanks, Joe!) acerca de los bloggers que han conseguido ganar dinero de verdad con su actividad como tales. Desde las historias de Gawker Media y sus blogs sensacionalistas, hasta testimonios como el de Peter Rojas, cofundador de Engadget, que sigue escribiendo a pesar de que, tras el deal con AOL y considerando la parte que debe tocarle de accionariado, no necesitaría posiblemente trabajar el resto de su vida:

Like most A-list bloggers, he hit his keyboard before dawn and posted straight through until dinner. "Anyone can start a blog, and anyone can make it grow," he says, sipping a glass of water. "But to keep it there? It's fucking hard work, man. I've never worked so hard in my life. Eighty-hour weeks since I started."

Traduciendo libremente,

Como la mayor parte de los bloggers de la A-list, empieza a aporrear su teclado antes del amanecer, y sigue posteando hasta la hora de la cena. "Todos podemos empezar un blog, y todos podemos hacerlo crecer", dice, mientras bebe un vaso de agua. "Pero ¿mantenerlo ahí? Eso es un trabajo jodíamente duro, tío. No había trabajado tanto en toda mi vida. Semanas de ochenta horas desde que empecé con ello."


Un montón de historias interesantes sobre lo que puede llegar a dar de sí el fenómeno blog, que van desde el puro blogging for money a destajo en el ámbito del ayer mencionado nanopublishing, hasta lo que ocurre cuando viene alguien y compra aquello que habías empezado como un puro hobby pero con el tiempo se había convertido en algo más. Y por supuesto, desarrollos sobre la power law distribution inherente a la blogosfera, la relación entre blogs y medios tradicionales, y la vidilla blogosférica norteamericana.

Ponderándolo con la distancia adecuada, una lectura muy interesante.

ACTUALIZACIÓN: Acabo de ver una reseña de la revista completa recogida en Smart Mobs. Hay varios artículos más con pinta interesante, pero me meto en un seminario sobre precisamente este tema y estaré en él toda la mañana y el principio de la tarde. En cualquier caso, otra portada más para llevar a esa transparencia que uso siempre sobre la importancia de esto...



Technorati tags: bloggers, blogging, Rojas, Engadget, WeblogsInc

 

Desde el Blog de Enrique  Dans, saludos Rodrigo González

 

lunes, febrero 13, 2006

 

Un empresario me ha preguntado sobre la madurez del líder. Prefieres un líder maduro o uno menos fogueado para una empresa de abogados , para una empresa consultora y una industrial mediana. La respuesta por tratarse de algo general la damos en estos términos.

LA MADUREZ DEL LÍDER:

  1. "La persona madura da a las cosas la importancia que tienen y es notablemente objetivo."
  2. "El profesional maduro es eficaz porque se acepta, se conoce a sí mismo, sabe de lo que es capaz y de lo que no lo es y, por tanto, es responsable y suele cometer pocos errores."
  3. “La persona madura da a las cosas la importancia que tienen y es notablemente objetivo.”
  4. “El profesional maduro es eficaz porque se acepta, se conoce a sí mismo, sabe de lo que es capaz y de lo que no lo es y, por tanto, es responsable y suele cometer pocos errores.”
  5. “El maduro pacta con su realidad y tiene un proyecto de vida con sentido. El proyecto del inmaduro es fragmentario y laberíntico.”
  6. “El inmaduro no se compromete a nada, está de vuelta de todo, se frustra con facilidad y para él siempre todo depende.”
  7. “Es cierto el grosero refrán español de que "más se queja el que se caga en el manta que el que la lava.”
  8. “El inmaduro, en el fondo, es una persona de vida desgraciada porque busca la diversión continua a toda costa.”
  9. “El inmaduro no sólo hace sufrir a quien tiene al lado, sino que encima ¡él se considera la víctima!.”

 

La madurez del lider.  Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

ACUERDOS ENTRE CONYUGES , SEPARACIÓN &DIVORCIO

Recibí un comentario solicitando información sobre los efectos de una separación de hecho respecto de los bienes e hijos. Como el tema es de interés general, he decidido poner la respuesta a dicha carta en primer plano. Espero, de todas formas, que los problemas familiares logren resolverse antes de tener que adoptar este tipo de medidas.

Este es un artículo muy interesante y lo ha escrito Jovino Novoa, Senadorhttp://www.senado.cl/blog/jnovoa/ y que como el mismo lo señala , es de tremenda importancia :

La Ley No. 19.947 , en sus artículos 21 y siguientes, otorga a los cónyuges que se separan de hecho, varias opciones: la de llegar a acuerdo con el cónyuge, la de solicitar al juez que redacte un acuerdo, la de solicitar una declaración judicial de separación y, por último, la de solicitar el divorcio. Cada una de estas opciones tiene efectos diferentes.

Si los cónyuges se separan de hecho, pueden, de común acuerdo, regular los alimentos que se deben y las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio. Si hay hijos, dicho acuerdo debe regular el régimen aplicable a los alimentos, al cuidado personal y a la relación directa y regular que va a mantener con los hijos aquél de los padres que no los tenga bajo su cuidado.

Si los cónyuges hacen este acuerdo por escrito, y éste consta en alguno de los siguientes instrumentos: escritura pública; acta extendida y protocolizada ante Notario público; acta extendida ante un Oficial del Registro Civil; o transacción aprobada por un juez; el acuerdo implica fecha cierta al cese de la convivencia, salvo que el acuerdo requiera una inscripción, subinscripción o anotación en un registro público, caso en el cual se cuenta el cese de la convivencia desde que se cumpla con esta formalidad. Esto es importante, según se verá más adelante.

Si los cónyuges no logran llegar a acuerdo, cualquiera de ellos puede recurrir al juez para que fije las relaciones mutuas, como los alimentos que se deban, los bienes familiares o las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio o las relaciones con los hijos, como los alimentos, el cuidado personal o la relación directa y regular que debe mantener con ellos el padre o madre que no los tenga bajo su cuidado. En este caso, el cese de la convivencia se cuenta desde la fecha de notificación de la demanda interpuesta ante el juez al otro cónyuge.

Si los cónyuges no llegan a acuerdo ni recurren al juez, el cese de la convivencia se cuenta desde que uno de los cónyuges expresa su voluntad de poner fin a la convivencia por escritura pública, acta extendida ante Notario o ante un Oficial del Registro Civil o bien, cuando deja constancia de su intención ante el juez y ello se ha notificado al otro cónyuge. Para estos efectos no es necesario solicitar el patrocinio de un abogado sino que se puede ir personalmente al tribunal de familia que a uno le corresponda, de acuerdo a su domicilio. Pueden revisar la lista de los tribunales de familia en este mismo blog.

Cualquiera de los cónyuges, puede, además, solicitar la separación judicial, cuando ya haya cesado la convivencia o cuando uno de los cónyuges, por su culpa, haya dado lugar a ésta. Si la solicitud de separación judicial se hace de común acuerdo entre los cónyuges, se debe entregar en el tribunal el acuerdo del régimen de bienes y cuidado de los hijos. Este acuerdo debe cumplir con todos los requisitos señalados en el artículo 21 de la ley. La separación judicial deja subsistentes todos los derechos y obligaciones personales que existen entre los cónyuges, con excepción de aquellos que son incompatibles con la vida separada de ambos, tales como los deberes de cohabitación y de fidelidad, que se suspenden. Además, por la separación judicial termina la sociedad conyugal o el régimen de participación en los gananciales. El derecho de los cónyuges a sucederse entre sí, sin embargo, no se altera por la separación, cuando ésta ha tenido lugar por el cese de la convivencia.

Finalmente, los cónyuges también pueden solicitar el divorcio, por alguna de las causales que señala la ley o por haber cesado la convivencia entre ambos, durante un plazo de un año, si solicitan el divorcio de común acuerdo, y de tres años, si lo solicita uno sólo de los cónyuges.

El principal efecto del divorcio es el fin de las obligaciones y derechos de carácter patrimonial que existen entre los cónyuges, como son los derechos sucesorios y los derechos de alimentos, sin perjuicio de las compensaciones económicas que determine el juez entre los cónyuges. El término de estas obligaciones entre los cónyuges no afecta en modo alguno la relación con los hijos y los derechos y obligaciones para con ellos.

Espero que esto resuelva las dudas consultadas.

Jovino Novoa, efectos del divorcio, saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

TRANSPARENCIA EN GESTION PUBLICA

Recién se publicó en el Diario Oficial la ley que obliga a las personas que ejercen alguna función pública a declarar no sólo sus intereses sino también su situación patrimonial. Asi nos ha informado Jovino Novoa, Senador.

Entre las personas obligadas a efectuar dichas declaraciones están el Presidente de la República, los Ministros de Estado, los Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Secretarios Regionales Ministeriales, jefes Superiores de Servicio, Embajadores, Consejeros del Consejo de Defensa del Estado, Contralor General de la República, los oficiales generales y oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y niveles jerárquicos equivalentes de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Alcaldes, Concejales y Consejeros Regionales, autoridades y funcionarios directivos, Diputados y Senadores, etc.

A grandes rasgos, la declaración de intereses debe contener la individualización de las actividades profesionales y económicas en que participa la autoridad o el funcionario.

Ésta debe hacerse dentro del plazo de treinta días contado desde la fecha de asunción del cargo y debe actualizarse cada cuatro años o cada vez que ocurra un hecho relevante que la modifique. Su presentación se hace, en general, ante la Contraloría General de la República.

Por su parte, la declaración de patrimonio, a la que están obligadas las mismas personas señaladas más arriba, además de los Directores que representen al Estado en algunas sociedades anónimas, debe hacerse en el mismo plazo y ante el mismo organismo que la declaración de intereses.

La declaración de patrimonio debe contener la individualización de los siguientes bienes:

a.- Inmuebles del declarante, indicando las prohibiciones, hipotecas, embargos, litigios, usufructos, fideicomisos y demás gravámenes que les afecten, con mención de las respectivas inscripciones;

b.- Vehículos motorizados, indicando su inscripción;

c.- Cualquier título transferible, incluyendo acciones, opciones a la compra y venta de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, planes de ahorro, efectos de comercio y, en general, todo título de crédito o inversión, sea que se transen en Chile o en el extranjero;

d.- Derechos que le corresponden en comunidades o en sociedades constituidas en Chile o en el extranjero.

e.- La declaración debe contener también una enunciación del pasivo, si es superior a 100 unidades tributarias mensuales.

Además, la declaración de patrimonio comprende también los bienes del cónyuge, siempre que estén casados bajo el régimen de sociedad conyugal.

No obstante, si el cónyuge es mujer, no se considerarán los bienes que ésta administre por las siguientes razones:

a.- Por ser de su patrimonio reservado;
b.- Por tratarse de donaciones, herencias o legados hechas con la condición precisa de que no tenga la administración el marido;
c.- Por tratarse de capitulaciones matrimoniales en que se hubiere estipulado que la mujer administre separadamente alguna parte de sus bienes.

Si el funcionario no presenta sus declaraciones o no lo hace dentro de plazo, puede ser sancionado con una multa de 10 a 30 unidades tributarias mensuales. Además, en caso de persistir en esta conducta, ello se puede tomar en cuenta al momento de calificarlo y se le pueden aplicar sanciones disciplinarias.

Se presume incumplimiento de la obligación de presentar declaración cuando transcurren 30 días desde que la declaración fuere exigible.

Por último, la inclusión a sabiendas de datos relevantes inexactos y la omisión inexcusable de información relevante requerida por la ley en la declaración de intereses o en la de patrimonio también son tenidas en cuenta para los efectos de las calificaciones y se sancionan disciplinariamente con multa de 10 a 30 unidades tributarias mensuales.

Creemos que este es el tipo de leyes que hacían falta en nuestro país para hacer más transparente el ejercicio de las funciones públicas.

Jovino Novoa , Senador , Mayor Transparencia, se publica la nueva Ley, saludos Rodrigo Gonzalez Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

martes, enero 17, 2006

ATENCION ABOGADOS CHILENOS....

En el blogsalmon vemos este analisis del Financial Times que es de interes para los abogados Chilenos; si pensamos en los tratados comerciales que chile ha suscrito con Europa debe dar que pensar…

Los abogados italianos valen más que los españoles

Onésimo Alvarez-Moro

Abogado caroBDO Stoy Hayward, la empresa de contabilidad británica y la revista European Lawyer, acaban de realizar un estudio sobre la rentabilidad de los socios de los bufetes de abogados de varios países.

En 2005, los socios de los bufetes italianos generaron beneficios de €1.180.000 cada uno, comparado con los €853.000 generados por cada socio británico y los €863.000 generado por cada socio español.

Por otra parte, en Italia, cada socio tiene un promedio de 6,4 abogados de menor rango trabajando por cada socio, comparado con los 4,9 en Reino Unido y 7,3 abogados por cada socio español.

¿Qué está pasando aquí? Quizás los abogados italianos cobran más, o son más eficientes o por el sistema legal que tienen en Italia, quizás tienen mucho más que hacer. Los notarios italianos se estarán forrando, incluso más que los españoles, si eso es posible.

Puede que con tantos abogados de menor rango, cobren más por sus servicios (no cobrarán a precio de socio, espero) aunque, si fuera esto, los españoles se están quedando atrás, ya que tienen más abogados de menor rango por cada socio.

Puede que los italianos tengan más que hacer, con todas estas operaciones de compra/venta de empresa de extranjeros que están obstaculizando.

De los abogados europeos, los bufetes ingleses son los que más suelen participar en operaciones de compra/venta de empresas a nivel internacional y estas operaciones pagan bien pero, no obstante, los socios británicos ingresan bastante menos que los italianos. Los escandinavos como en casi todo, están más igualados entre los socios y los otros abogados.

¿Cómo lo harán los socios abogados italianos para cobrar tanto?

Vía | Financial Times (en inglés y €)
En El Blog Salmón | El primer libro de estilo de la abogacía española y Gobernador del Banco de Italia dimite

Tags Technorati | Coste de Bufetes italianos

Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com, marjuridico.blogspot.com

 

domingo, enero 15, 2006

IMPORTANTE PARA ABOGADOS CONOCER QUE PASA EN STANFORD USA.

IN THIS ISSUE:LAW @ STANFORD

NEWS

  • Dean Larry Kramer Announces New Law School Academic Calendar
  • "Securities Firms See a Decline In Investor Suits, Loss Claims"
  • "So, Guy Walks Up to the Bar, and Scalia Says"
  • "An Ideological Rumble"
  • "Will Execution Move the Debate?"
  • "Justices Ponder Heavy Patent Docket"
  • "Human Brain Cells Are Grown in Mice"
  • "Wal-Mart Workers Win Suit"

FACULTY ON THE RECORD

  • Goldstein; Grundfest; Karlan; Lessig; Rhode; Sullivan

UPCOMING CAMPUS EVENTS

  • Conferences; lectures; symposia; and more

UPCOMING REGIONAL EVENTS

  • Los Angeles; New York; San Diego; Silicon Valley

NEWS

"DEAN LARRY KRAMER ANNOUNCES NEW LAW SCHOOL ACADEMIC CALENDAR"
Dean Larry Kramer issued a statement announcing the transition of the law school academic calendar to the quarter system. The change in the schedule will make it more compatible with the university's other schools and departments, affording students more opportunities to pursue joint degrees and innovative research, while allowing the school to create unique interdisciplinary courses and programs. The move will take place in two steps, allowing any issues, logistical and other, to be resolved with minimal confusion and cost. Beginning next year the law school will adopt a modified semester approach, making the full transition to the quarter system in the academic year 2009-2010.

"SECURITIES FIRMS SEE A DECLINE IN INVESTOR SUITS, LOSS CLAIMS"
"Wall Street Journal" article quotes
Professor Joseph Grundfest about a new study from the Stanford Securities Class Action Clearinghouse and Cornerstone Research.

"SO, GUY WALKS UP TO THE BAR, AND SCALIA SAYS"
"New York Times" story quotes
Professor Pamela Karlan and Lecturer Thomas Goldstein about laughter during Supreme Court arguments.

"AN IDEOLOGICAL RUMBLE"
"San Francisco Chronicle" front-page article quotes
Professor Deborah L. Rhode, director of the Stanford Center on Ethics, on the role Roe v. Wade may play during Supreme Court nominee Samuel Alito's confirmation hearings.

"WILL EXECUTION MOVE THE DEBATE?"
"Chicago Tribune" coverage quotes
Professor Lawrence Marshall on the execution of Stanley "Tookie" Williams in California, and whether public outcry will fuel long-term protest against the death penalty.

"JUSTICES PONDER HEAVY PATENT DOCKET"
"National Law Journal" article on the quantity of upcoming patent cases in the Supreme Court quotes from
Professor and former Dean Kathleen M. Sullivan's argument before the High Court in Illinois Tool Works Inc. v. Independent Ink.

"HUMAN BRAIN CELLS ARE GROWN IN MICE"
"Washington Post" coverage quotes
Professor Hank Greely on current research involving the successful injection of human embryonic stem cells into the brains of fetal mice.

"WAL-MART WORKERS WIN SUIT"
"Los Angeles Times" front-page article quotes
Professor Deborah Hensler on the size of the award to Wal-Mart workers in a suit involving wages and hours.

FACULTY ON THE RECORD

GOLDSTEIN: "NEW PAPERS RELEASED ON SUPREME COURT NOMINEE ALITO"
NPR's "Morning Edition" coverage includes commentary by
Lecturer Thomas Goldstein.

KARLAN: "NEW PAPERS REINFORCE ALITO'S JUDICIAL CONSERVATISM"
NPR's "All Things Considered" features commentary by
Professor Pamela Karlan.

LESSIG: "WHEN THEFT SERVES ART"
"Wired" column by
Professor Lawrence Lessig, director of the Center for Internet and Society, comments on the unique licensing practices of the Andy Warhol Foundation for the Visual Arts.

LESSIG: "CREATIVES FACE A CLOSED NET"
"Financial Times" Op-Ed by
Professor Lawrence Lessig, director of the Center for Internet and Society, discusses the necessity of "Read-Write," instead of "Read-Only," internet technology.

RHODE: "GIVING TILL IT HURTS"
"American Lawyer" column by
Professor Deborah L. Rhode, director of the Stanford Center on Ethics, analyzes legal ethics issues in a question-and-answer format. In this issue, Rhode answers questions on pro bono work and the ethics of case selection.

SULLIVAN: "THE ALITO HEARINGS"
"NewsHour with Jim Lehrer" features commentary by
Professor and former Dean Kathleen M. Sullivan on the first day of the confirmation hearings for Supreme Court nominee Samuel Alito.

SULLIVAN: "JUSTICE IN THE BALANCE"
"Washington Post" book review by
Professor and former Dean Kathleen M. Sullivan on Joan Biskupic's biography of Sandra Day O'Connor '52.

UPCOMING CAMPUS EVENTS

"BEYOND THE EMBRYO"
Friday, January 20, 2006, 1:00 to 6:00 p.m., Lucille Packard Children's Hospital Auditorium, Stanford University Medical Center.
The Stanford Center for Biomedical Ethics, Program on Stem Cells and Society will host this symposium on issues in stem cell research. Professor Hank Greely will give a lecture entitled, "Stem Cells and Chimeras: Issues real and chimerical." For more information, contact Joyce Prasad at jprasad@stanford.edu.

ACS PRESENTS: SENATOR MAX CLELAND
Wednesday February 1, 2006, 6:00 to 7:00 p.m., Room 290, Stanford Law School. Former Senator Max Cleland will speak on national security and the war in Iraq. Sponsored by the American Constitution Society. For more information, contact Rhett Millsaps at
rhettm@stanford.edu.

WILSEY DISTINGUISHED LECTURER: RICHARD WEST
Wednesday, February 8, 2006, 5:30 p.m., Annenberg Auditorium, Cummings Art Building, Stanford University. Law school alumnus Richard West '71, director of the National Museum of the American Indian, Smithsonian Institution, is the 2006 Wilsey Distinguished Lecturer. The subject of the presentation is the "National Museum of the American Indian: Journeys in a Post-Colonial World." Sponsored by Cantor Arts Center. For more information, contact Kristen Olson at
klolson@stanford.edu.

"MOBSTERS, UNIONS, AND FEDS: ORGANIZED CRIME AND ORGANIZED LABOR"
Wednesday, February 8, 2006, 5:00 to 7:00 p.m., Stanford Law School. James Jacobs, NYU professor of criminal law and criminal justice and director of the Center for Research in Crime and Justice, will speak about organized crime and organized labor. Sponsored by the Stanford Criminal Justice Center. For more information, contact Kara Dansky at
kdansky@stanford.edu.

"SPIES, SECRETS, & SECURITY: THE NEW LAW OF INTELLIGENCE"
Wednesday, February 22, 2006, 12:30 to 7:00 p.m., Stanford Law School.
Sponsored by the Stanford Law & Policy Review, Stanford National Security Law Society, and the Center for Internet and Society. This one-day symposium will analyze the law and policy of intelligence and national security. The Honorable Patricia Wald, of the Commission on the Intelligence Capabilities of the United States Regarding Weapons of Mass Destruction (WMD Commission), will be the featured speaker. Alumni admission is free with RSVP. For more information, contact Joe Ross at joeross@stanford.edu.

SPILF'S ANNUAL "BID FOR JUSTICE AUCTION"
Saturday, March 4, 2006, 6:00 p.m. silent auction, 8:00 p.m. live auction, Crown Quadrangle (silent auction) and Kresge Auditorium (live auction), Stanford Law School. The Stanford Public Interest Law Foundation (SPILF) auction enables the organization to provide stipends for students who volunteer at public interest jobs during the summer, and award grants to nonprofit organizations engaged in public interest projects. For more information contact this year's co-chairs of the event, Melissa Magner, mmagner@stanford.edu, and Pete Schermerhorn,
pscherme@stanford.edu.

"THE RIGHT TO COUNSEL IN CRIMINAL CASES: A NATIONAL CRISIS"
Monday, March 6, 2006, 8:30 a.m. to 12:00 p.m., Stanford Law School.
Sponsored by the Stanford Criminal Justice Center, this event will present the findings of the National Committee on the Right to Counsel, explore their implications for the practice of law, and discuss possible solutions to the problems the data present. The event is open to all alumni, and registration is required. For more information, contact Kara Dansky at kdansky@stanford.edu.

STANFORD CONFERENCE ON NEUROSCIENCE AND LIE DETECTION
Friday, March 10, 2006, 8:00 a.m. to 5:00 p.m., Stanford Law School. Sponsored by the Center for Law and the Biosciences, this conference will explore the impact of neuroscience's advances in the ability to monitor the operations of the brain, and the application of these advances to enhance the efficacy of lie detection. The morning session of the conference will examine the scientific plausibility of reliable lie detection through neuroscientific methods, discussing different methods and assessing their likely success. The afternoon session will assume that at least one of those methods is established as reliable and will then explore what social and legal ramifications will follow. For more information, contact Trish Gertridge at
tgertridge@law.stanford.edu.

"CULTURAL ENVIRONMENTALISM AT 10"
Friday and Saturday, March 11 and 12, 2006, 1:00 to 5:15 p.m. and 8:30 a.m. to 1:00 p.m. Room 180, Stanford Law School. Stanford Law School's Center for Internet and Society will host a symposium to explore the development and expansion of the metaphor of "cultural environmentalism" over the course of ten busy years for intellectual property law. Four scholars will present original papers on the topic, and a dozen intellectual property experts will comment and expand on their works. Please visit the CIS website to
register. For more information, contact Lauren Gelman at gelman@stanford.edu.

"LOOKING BACKWARD, LOOKING FORWARD: THE LEGACY OF CHIEF JUSTICE REHNQUIST AND JUSTICE O'CONNOR"
Friday and Saturday, March 17 and 18, 2006, 8:00 a.m. to 6:00 p.m. and 8:00 a.m. to 2:00 p.m., Stanford Law School. The 2006 Stanford Law Review symposium will explore the ways in which Justices O'Connor and Rehnquist left their marks on the Supreme Court, and how the High Court may evolve in the coming years. The symposium will include panels on Federalism, the Fourteenth Amendment, economic interests and personal liberties, and judicial philosophy. For more information, contact Michelle Skinner at
mskinner@stanford.edu.

UPCOMING REGIONAL EVENTS

LOS ANGELES: STANFORD DAY IN LOS ANGELES
Saturday, January 21, 2006, 1:00 to 7:30 p.m., The Millennium Biltmore Hotel, 506 S. Grand Ave., Los Angeles. Featuring "The Rehnquist Court and Beyond: What's Next for the Supreme Court and the Constitution?" a faculty seminar by Norman Spaulding, professor of law and John A. Wilson Distinguished Faculty Scholar, Stanford Law School. Co-sponsored by SAA. Please visit the event's website to register. For more information, contact the Stanford Law School Office of Alumni Relations at
alumni.relations@law.stanford.edu.

SILICON VALLEY: "THE FINISHING SCHOOL"
Wednesday, January 25, 2006, 6:00 p.m., Faculty Lounge, Stanford Law School.
Michele Martinez '89 will discuss her new novel, "The Finishing School," her second about the character Melanie Vargas, a New York City federal prosecutor. For more information or to RSVP, contact the Stanford Law School Office of Alumni Relations at alumni.relations@law.stanford.edu.

LOS ANGELES: "THE FINISHING SCHOOL"
Friday, January 27, 2006, 7:00 p.m., The Mystery Bookstore, 1036-C Broxton Avenue, Los Angeles. Michele Martinez '89 will discuss her new novel, "The Finishing School," her second about the character Melanie Vargas, a New York City federal prosecutor. For more information or to RSVP, contact the Stanford Law School Office of Alumni Relations at
alumni.relations@law.stanford.edu.

SILICON VALLEY: THE ACTORS' GANG, "THE EXONERATED"
Friday, February 10, 2006; 7:00 p.m. pre-show discussion, 8:00 p.m. performance; Stanford Law School (discussion) and Dinkelspiel Auditorium, Stanford University (performance). Featuring a pre-show discussion with Larry Marshall, professor of law, David and Stephanie Mills Director of Clinical Education, and associate dean for public interest and clinical education. RSVP and ticket price information forthcoming via email. For more information, contact the Stanford Law School Office of Alumni Relations at
alumni.relations@law.stanford.edu.

SAN DIEGO: "MAY IT AMUSE THE COURT"
Wednesday, March 1, 2006, time and location to be announced, please save the date. Join in this special opportunity to discuss Michael A. Kahn's JD/MA '73 recently published collection of editorial cartoons, "May it Amuse the Court: Editorial Cartoons of the Supreme Court and Constitution," with topics ranging from secession to the 2000 presidential election. Mr. Kahn, who has published more than ten articles regarding the Supreme Court, will also engage the audience in a timely review of the characters and controversies depicted in today's editorial cartoons. For more information, contact the Stanford Law School Office of Alumni Relations at
alumni.relations@law.stanford.edu.

NEW YORK: "THE FINISHING SCHOOL"
Tuesday, March 21, 2006, time and location to be announced, please save the date. Michele Martinez '89 will discuss her new novel, "The Finishing School," her second about the character Melanie Vargas, a New York City federal prosecutor. For more information, contact the Stanford Law School Office of Alumni Relations at
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viernes, enero 13, 2006

LEY Nº 20.022 CREA NUEVOS JUZGADOS DEL TRABAJO

Desde el Blog del Senador Jovino Novoa http://www.senado.cl/blog/jnovoa/ tenemos esta nueva información en materia de Juzgados del  trabajo.

Finalmente, se aprobó la ley No. 20.022 que crea nuevos juzgados laborales y, además, establece, por primera vez, juzgados de cobranza laboral y previsional. Estos últimos van a estar a cargo de los juicios de cobranza propiamente tal, tanto en materia laboral como de previsión o seguridad social, como por ejemplo, el pago de las imposiciones, dejando a los juzgados laborales los conflictos netamente laborales, como por ejemplo, el despido por causales que no corresponde aplicar, el no respeto de la jornada laboral o de las vacaciones legales, etc.

Esto permitirá agilizar las causas laborales, lo que constituye una necesidad real y urgente de los trabajadores.

Esta ley regirá desde el 1 de marzo de 2007, salvo en lo que respecta a los tribunales de Cobranza Laboral y Previsional, los que debieran estar funcionando en marzo de 2006.

Si necesitan más información sobre los nuevos juzgados laborales, escríbanme! Pueden, además, revisar el siguiente INFORME

Ese informe se refiere es un excelente trabajo de Hedy Mathei F  de gran utilidad para abogados y estudiantes de Derecho.

Nuevos Juzgados del Trabajo:  Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

¿SON LOS PARTIDOS POLITICOS ORGANIZACIONES POCO COMPETENTES?

Los partidos políticos son organizaciones poco competentes , ha  comentado Francisco Rubiales , doctor en Periodismo, considerando un estudio de Jorge Marsa y que puede aplicarse en Latinoamérica, Europa y en Chile en particular, cuestión que iremos analizando.

Los partidos políticos, nacidos para llevar la voz de los ciudadanos, con autoridad, hasta el poder gubernamental, se han convertido en las maquinarias más perfectamente preparadas y capacitadas para conquistar y retener el poder en el mundo. No sólo han dominado la sociedad y arrinconado a la sociedad civil, penetrando con sus tentáculos en espacios que, en democracia, deben ser autónomos y que les están vedados, como universidades, medios de comunicación, empresas, sindicatos, banca y hasta religiones e instituciones de todo tipo, sino que han dominado también a los ciudadanos, gente libre y orgullosa en otros tiempos y hoy reducidos a ser pobres espectros asustados.

 

Cualquiera diría que esos partidos, cuyo mayor "éxito" es haber dominado también al Estado, son organizaciones casi perfectas y ejemplares. Sin embargo, Jorge Marsá, en su blog "La Pizarra", nos demuestra lo contrario en una magnífica serie de ocho artículos.

 

Tras leerlos, uno descubre que esos partidos son organizaciones escasamente democráticas en su vida interna, aisladas de la sociedad, incompetentes y dominadas por el autoritarismo, el cesarismo y el clientelismo, torpes a la hora de adoptar medidas correctas y de analizar la realidad. Con pluma certera y no pocos conocimientos de psicología, Marsá abre en canal a esas poderosas organizaciones y descubre que su éxito y su dominio se deben, sobre todo, a que, al estar unidas y cohesionadas, se enfrentan y dominan fácilmente a ciudadanos desorganizados que previamente han sido aislados, dispersados, confundidos y asustados.

 

El análisis descubre, entre otras carencias de los partidos, la pobreza de sus análisis y deliberaciones, que se cocinan en reuniones donde todos los participantes defienden puntos de vista semejantes y donde discrepar es un riesgo que pocos asumen.

 

Merece la pena leer la serie completa y buscar soluciones para proyectar los partidos políticos como un elemento de la importancia  que debe tener en la sociedad.

Saludos Rodrigo González Fernandez parpoliticblogspot.com

domingo, enero 08, 2006

DESDE EL SENADO

Presidente del Senado declaró inadmisible reforma al sistema electoral binominal

La medida la adoptó en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y siguiendo lo que calificó como “un precedente inalterable: que la Sala del Senado siempre ha respetado la declaración de inadmisibilidad realizada por las comisiones”.

Sala del Senado

Tras casi dos horas de debate, el Presidente del Senado, Sergio Romero acogió la decisión de mayoría de la Comisión de Constitución, en cuanto a declarar inadmisible la reforma al sistema electoral binominal. La medida la adoptó, en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y argumentó que “siguiendo los precedentes inalterables, en el sentido que la Sala siempre ha respetado la declaración previa de inadmisibilidad realizada por las comisiones, no cabe al Senado pronunciarse sobre el fondo mismo de la reforma”.

Agregó que “valoro la intención manifestada por un grupo de senadores para realizar una presentación al Tribunal Constitucional para que resuelva sobre la interpretación del artículo 68” -relativo las facultades de insistencia del Presidente de la República- , ya que “previendo esta situación hace unos días envié al Ministro del Interior una carta donde le hago notar mis dudas constitucionales al respecto y le hice llegar una minuta para que pudiera conocer las aprensiones sobre la materia”.

La determinación de inadmisibilidad provocó la crítica de los senadores José Antonio Viera Gallo y Andrés Zaldívar quienes “haciendo uso de la atribución que contempla el artículo 131 N° 4 del Reglamento  plantearon la inconstitucionalidad del informe mismo de la Comisión de Constitución”, por lo que pidieron que la Sala se pronunciara al respecto. No obstante, el senador Romero dirimió la discusión señalando que “en el informe de la comisión no he encontrado ninguna materia inconstitucional y de acuerdo al mismo Reglamento del Senado si alguno de los senadores tiene un punto de vista contrario este tema, esto debiera ser planteado en la próxima sesión, porque no hubo acuerdo para prorrogar la hora de la orden del día, más allá de las 20:30 horas”.

Esto último fue rebatido por el senador Zaldívar quien exigió precisar si el Reglamento señala tal consideración. En la oportunidad, intervinieron además los senadores Andrés Chadwick, Alberto Espina, Jaime Gazmuri y Hernán Larraín quienes sostuvieron un arduo debate respecto al procedimiento con que el Ejecutivo repuso la reforma al sistema electoral, a través del artículo 68 de la Constitución que le permite al Presidente de la República insistir en la otra cámara, cuando un proyecto de su iniciativa es rechazado en la cámara de origen.

Arduo debate

En primer término, el senador Andrés Chadwick, integrante de la Comisión de Constitución informó que “la instancia analizó si se tenía o no las atribuciones para pronunciarse sobre la inadmisibilidad del proyecto de reforma al sistema binominal y por la mayoría de sus miembros resolvió que era viable pronunciarse, de acuerdo al artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional que da amplias atribuciones al presidente de la Sala, al presidente de la Comisión, a la Sala misma o a la comisión, para en cualquier trámite de un proyecto o reforma constitucional pueda pronunciarse”

Respecto a la decisión misma de inadmisibilidad, el senador Chadwick aclaró que se fundamentó en el hecho que “las reformas constitucionales tienen de acuerdo al artículo 127 inciso 3° de la Carta Fundamental principios de especialidad jurídica: En todo lo no previsto en este capítulo será aplicable en la tramitación de los proyectos de reforma constitucional, las normas sobre formación de la ley debiendo respetarse siempre los quórums respectivos”. Por lo tanto, dijo “el artículo 68 de la Carta Fundamental se aplica a leyes comunes”.

Aseguró que “la mayoría de la Comisión estimó que el artículo 68 es incompatible y contradictorio con el  artículo 127 sobre reformas constitucionales y lo estableció así porque cuando se presentó el inciso tercero del artículo 127 de la Constitución se hizo mediante un veto presidencial y allí se señaló específicamente que  tenía por objeto incluir el trámite de la Comisión Mixta en el tratamiento de las reformas constitucionales”. Por otra parte, manifestó que “el inciso tercero del artículo 127 exige que se respeten los quórums constitucionales y pone como exigencia  frente a cualquier materia, el respeto de los quórums; mientras que el artículo 68 de la Constitución ni en la naturaleza de los quórums, ni en el número de los parlamentarios que exige, cumple la exigencia de los quórums. 

En ese sentido aclaró que “mientras el artículo 127 exige un quórum positivo, de los 3/5 de los parlamentarios en ejercicio;  el artículo 68 de la insistencia exige un quórum presuntivo, que significa que basta que no se alcance un determinado quórum de rechazo a la norma para que se entienda aprobada”.

 

Voto de minoría

Por su parte, el senador Andrés Zaldívar, quien fue parte de la minoría de la Comisión de Constitución que no fue partidario de declarar la inadmisibilidad, dijo que “la comisión no ha tenido argumento válido para sostener la tesis que nos ha traído al Senado”.

Esto, precisó, porque a su juicio la comisión no tiene la facultad para declarar inadmisible una reforma constitucional, así como tampoco cuestionar utilización del artículo 68 de la Constitución, pues ello sólo habilita el proyecto para que pueda volver a la Cámara de origen para su trámite legislativo.

En tal sentido, dijo que las veces en que se ha presentado una situación similar, se ha entendido que la habilitación de un proyecto es independiente de la propia tramitación del mismo, la que debe ceñirse a los quórum y procedimientos de formación de la ley.

A su juicio, la comisión especializada ha tomado “un camino muy riesgoso” al declarar la inadmisibilidad de un trámite, puesto que “lo que procede es que el Tribunal Constitucional vea si es constitucional o no”.

El senador Zaldívar añadió que “la decisión tomada por la Comisión de Constitución no tiene validez, más aún, creo que la inadmisibilidad que pudiéramos declarar acá, infringiría abiertamente el artículo 7° de la Constitución por atribuirnos una facultad que no corresponde. Es al Tribunal Constitucional a quien le corresponde dirimir y resolver las cuestiones de constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de proyectos de ley o de reforma constitucional y de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso”.

Coincidió con su par, el senador José Antonio Viera Gallo, voto de minoría en la Comisión de Constitución, quien expresó que dicha instancia “sobrepasó sus atribuciones porque no tiene facultades para declarar un trámite, a su juicio, mal planteado por el Presidente de la República. Sólo el Tribunal Constitucional puede declarar inadmisible un trámite legislativo. Esto es grave porque el día de mañana una mayoría circunstancial de una comisión puede enervar la urgencia, con que el Jefe de Estado quiere aprobar un proyecto, con las consecuencias que eso significa en materias económicas o internacionales”.

Agregó que “otro punto importante es saber si el artículo 68 significa un trámite habilitante para el Ejecutivo o es una forma que una cámara imponga su criterio sobre otra”. En ese sentido,  explicó que “la única interpretación lógica del artículo 68 de la Carta Fundamental es la que se ha dado ya 4 veces respecto a distintos proyectos de ley, es decir, que cuando se recurre a la cámara revisora para requerir los 2/3 es solamente para reponer y reiniciar la discusión, a fin de no tener que esperar un año para reponer un proyecto si éste ha sido rechazado en general o que la cámara de origen pueda repensar su posición primitiva”.

Advirtió que “este tema tiene trascendencia política porque sentaron un precedente grave y que podría ser mal utilizado por otras personas”. Por ello recalcó la importancia que este tema “llegue al Tribunal Constitucional y allí se dirima cómo y cuándo se pueden declarar las inadmisibilidades y la interpretación correcta del artículo 68”.

 

Doctrina común

En tanto, el senador Alberto Espina, recalcó que “el tema de fondo es cómo se aplica la Constitución frente a una norma que fue incorporada en las últimas reformas constitucionales y cómo se genera una doctrina que permita tener respecto de la Constitución, los mayores consensos posibles”.

Justificó como titular de la comisión de Constitución, su decisión de “aclarar los procedimientos y las normas sobre esta materia constitucional que fueron solicitados por el senador Andrés Chadwick” y  señaló que el 131 del Reglamento del Senado, permite las siguientes indicaciones: “aplazar la consideración de un asunto; proponer una cuestión previa para promover una cuestión del impedimento; para promover la cuestión de inadmisibildiad a discusión o votación del asunto en debate y promover algunas de las indicaciones que se promuevan”.

 

En cuanto al tema de fondo, el senador Espina argumentó que “en la última discusión de las reformas constitucionales tuvimos que hacer ingeniería legislativa porque no estaba contemplado el trámite de la Comisión Mixta y mediante un veto del Presidente de la República se incorporó una norma que permitiera el tratamiento de las reformas constitucionales, incluyendo la Mixta y no se dijo una palabra de la insistencia”. Por ello, declaró que el Ejecutivo equivocó el camino y “la insistencia es incompatible con la facultad de insistencia porque se deben respetar los quórums”.

 

Debate político

El senador Jaime Gazmuri, Vicepresidente del Senado, pidió a la Mesa “habilitar el debate sobre el fondo de este debate, que es: si el Senado tiene o no la disponibilidad para que la Cámara de Diputados reinicie el debate sobre reforma al sistema electoral que es por lo demás un tema que se ha venido planteando insistentemente hace 16 años”.

Puntualizó que “ me sorprende cuando se dice que  este es un debate político en un período electoral. Entonces ¿qué somos?: Somos la representación de la soberanía de la nación, el órgano legislativo y los que establecemos las normas sobre las cuáles la sociedad se construye. Y cuando hay que hablar más de política es cuando hay elecciones y no menos, porque hay controversias reales y de fondo sobre el régimen político, electoral , laboral o incluso los problemas de corrupción”.

Por ello, rechazó “la tendencia sistemática de la oposición de eludir el debate de los temas políticos controversiales” y pidió al titular del Senado que “no use artilugios para evitar un pronunciamiento de fondo y si coincide con la interpretación del presidente de  la Comisión de Constitución  voy a pedir que se vote porque no es lógico que en cualquier cuestión, una comisión esté por encima de la Sala”.

Por su parte, el senador Hernán Larraín defendió la postura mayoritaria de la Comisión de Constitución argumentando que en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso “siempre se ha interpretado que si la comisión ha declarado un proyecto inadmisible, no lo puede ver la Sala”.

El parlamentario, dijo que no corresponde utilizar la vía de la insistencia que está señalado en el artículo 68 de la Carta Fundamental, pues éste “es una norma excepcional para los proyectos, por lo que no se puede extender su aplicabilidad a las reformas constitucionales, porque los quórum que se establecen en dicho articulado, no se compadecen con los quórum establecidos para las reformas constitucionales”.

Asimismo, refutó las interpretaciones que impedirían a una comisión declarar la inadmisibilidad de un determinado proyecto o reforma ya que “en ninguna parte del derecho constitucional dice que sólo el Tribunal Constitucional puede pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de un trámite legislativo y que la comisión sólo puede hacerlo respecto a las indicaciones”.
 
Finalmente, el ministro secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, planteó a nombre del Ejecutivo que discrepan, tanto en el fondo como en la forma, respecto de la interpretación que hizo la Comisión de Constitución del Senado al declarar inadmisible el trámite de la reforma y justificó el procedimiento utilizado por el gobierno para tratar el tema.

“Tenemos la convicción de que la facultad de declarar las inadmisibilidades es una potestad reglada y sólo procede para los proyectos de ley e indicaciones” dijo el secretario de Estado, tras puntualizar que en este caso ello no se podría aplicar puesto que se está tratando una reforma constitucional.