El mensaje crea el Ministerio de Energía, estableciendo modificaciones al decreto ley N° 2.224 de 1978 y a otros cuerpos legales (boletín 5766). A la sesión asistió el Ministro de Energía señor Marcelo Tokman.
El diputado Sule señaló que "estamos prácticamente listos, hoy día hubo un par de artículos con empate pero tengo la certeza que estos artículos serán aprobados en la próxima sesión. Me atrevería a decir que ya tenemos aprobado el proyecto que crea el ministerio".
La iniciativa originalmente propone la creación de un Ministerio de Energía, que será el órgano superior de colaboración con el Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración del sector energético.
Todas las competencias en materia de formulación de políticas, normas legales y reglamentarias, planes y programas son encomendadas al nuevo Ministerio de Energía, el cual tendrá a su cargo la rectoría del sector energético en el país.
Por otro lado, las funciones relativas a la regulación técnica y económica (análisis de tarifas y determinación de normas técnicas y de calidad) se mantienen en la competencia de la Comisión Nacional de Energía, de la misma manera en que se desarrollan actualmente.
La nueva Secretaría de Estado estará a cargo del Ministro de Energía. La administración interna y la coordinación de los servicios públicos sectoriales le corresponderá al Subsecretario de Energía. Además, se crean seis Secretarías Regionales Ministeriales de Energía.
Las Seremis de energía estarán focalizadas en la participación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, integrándose a la Respectiva Comisión Regional de Medioambiente; y en todas las acciones de diseño, coordinación y ejecución de los programas relacionados con la eficiencia energética y energización rural y social.
Asimismo, se mantiene la Comisión Nacional de Energía, organismo que se especializará en los procesos tarifarios y en la determinación de normas técnicas sectoriales. Además, como entidad técnica especializada, tendrá funciones relativas a la regulación técnica - económica del sector.
Algunas indicaciones del Ejecutivo
Entre las indicaciones del Ejecutivo presentadas al proyecto se propone que la Comisión Nacional de Energía le corresponderá entre sus funciones el integrar y participar en la formación y constitución de personas jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, cuya finalidad fundamental sea la promoción, información, desarrollo y coordinación de iniciativas de investigación, transferencia y difusión de conocimientos económicos, tecnológicos y de experiencias en el área de la energía.
También se establece dentro de sus funciones el fijar, mediante resolución, los estándares mínimos de eficiencia energética que deberán cumplir los productos, máquinas, instrumentos, equipos, artefactos, aparatos y materiales que utilicen cualquier tipo de recurso energético, para su comercialización en el país.
De la misma forma, se propone que las áreas funcionales que competerán al Ministerio de Energía a través de las estructuras internas de su Subsecretaría, deberán contemplar, a lo menos, al mercado energético, energías renovables, eficiencia energética, desarrollo sustentable y medio ambiente, energización rural y social, estudios y desarrollo energético.
Se propone que la Comisión Nacional de Energía se encargará de asesorar al Gobierno, a través del Ministerio de Energía, en todas aquellas materias vinculadas al sector energético para su mejor desarrollo.
La Comisión será un organismo técnico encargado de analizar precios, tarifas y normas técnicas a las que deben ceñirse las empresas de producción, generación, transporte y distribución de energía, con el objeto de disponer de un servicio suficiente, seguro y de calidad, compatible con la operación más económica.
Junto con ello, se modifica la ley Nº 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, autorizando a organismos de certificación, de inspección, laboratorios de ensayos o entidades de control para que realicen o hagan realizar bajo su exclusiva responsabilidad las pruebas y ensayos que la Superintendencia estime necesarios, con el objeto de otorgar un certificado de aprobación a los productos, máquinas de gas y de combustibles líquidos
Viernes 7 de noviembre de 2008
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