REFORMAS CONSTITUCIONALES
FUENTE: SENADO
Un nuevo rostro tendrá
Así, el nuevo texto constitucional que regirá al país una vez que sea promulgado establece, entre otras materias, que el mandato presidencial se rebajará de
Bases de la institucionalidad
En materia de Bases de la institucionalidad, se señala que el Estado de Chile es unitario. La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley. Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional. También se establece que los órganos del Estado deben someter su acción a
Se incorporó un nuevo articulo 8, donde se postula que son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de
Nacionalidad y ciudadanía
En materia de nacionalidad y ciudadanía, se modifica el articulo 10. Se elimina la norma que establecía que los hijos de padre o madre chilenos nacidos en territorio extranjero, hallándose cualquiera de éstos en actual servicio de
Asimismo, serán chilenos los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero. Con todo, se requerirá que alguno de sus ascendientes en línea recta de primero o segundo grado, haya adquirido la nacionalidad chilena, ya sea porque nacieron en el territorio o porque adquirieron la carta de nacionalidad de acuerdo a las disposiciones de la ley o porque obtuvieron la nacionalidad por gracia. También serán chilenos los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley.
La nacionalidad chilena se pierde por renuncia voluntaria manifestada ante autoridad chilena competente. Esta renuncia sólo producirá efectos si la persona, previamente, se ha nacionalizado en país extranjero.
Por otra parte, se deroga la norma que señalaba que la nacionalidad se perdía por sentencia judicial condenatoria por delitos contra la dignidad de la patria o los intereses esenciales y permanentes del Estado, así considerados por ley aprobada con quórum calificado (mayoría absoluta de senadores y diputados en ejercicio). En estos procesos, los hechos se apreciarán siempre en conciencia.
Los hijos de chilenos nacidos en el extranjero, nacionalizados como tales y a quienes tengan la nacionalidad por gracia, podrán ejercer sus derechos de ciudadanía siempre que hayan estado avecindados en Chile por más de un año.
En todo caso, se establece que los extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad chilena de acuerdo con el procedimiento legal, tendrán opción a cargos públicos de elección popular sólo después de cinco años de estar en posesión de sus cartas de nacionalización.
Se establece que serán las personas que hayan sido procesadas por delitos que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista, quienes perderán el derecho al voto.
La calidad de ciudadano se perderá por condena por delitos que la ley califique como conducta terrorista y los relativos al tráfico de estupefacientes y que hubieren merecido, además, pena aflictiva.
Los que hayan perdido la ciudadanía por condena a pena aflictiva, la recuperarán en conformidad a la ley, una vez extinguida su responsabilidad penal. Los que la hubieren perdido por causales que califiquen como conductas terroristas, podrán solicitar su rehabilitación al Senado una vez cumplida la condena.
De los Derechos y Deberes Constitucionales
Se introdujeron modificaciones al artículo 19, que señala que
En las causas criminales no se podrá obligar al imputado o acusado a que declare bajo juramento sobre hecho propio; tampoco podrán ser obligados a declarar en contra de éste sus ascendientes, descendientes, cónyuge y demás personas que, según los casos y circunstancias, señale la ley.
Gobierno y Presidente de la República
Se incorpora en
Para que una persona sea elegida Presidente de
La elección del Presidente de
En caso de muerte de uno o de ambos candidatos a
En caso de impedimento temporal, sea por enfermedad, ausencia del territorio u otro grave motivo, en el cual el Presidente no pudiera ejercer su cargo, le subrogará, con el título de Vicepresidente de
Vacancia del cargo de Presidente de la República
En caso de vacancia del cargo de Presidente de
Si la vacancia se produce faltando dos años o más para la próxima elección presidencial, el Vicepresidente, dentro de los diez primeros días de su mandato, convocará a los ciudadanos a elección presidencial para el sexagésimo día después de la convocatoria. El Presidente que resulte elegido asumirá su cargo el décimo día después de su proclamación.
El Presidente elegido de acuerdo a cualquiera de las dos modalidades mencionadas anteriormente, durará en el cargo hasta completar el período que restaba a quien reemplace y no podrá postular como candidato a la elección presidencial siguiente.
Se faculta al Presidente de
Además, se obliga a los ministros de Estado a concurrir personalmente a las sesiones especiales que
Estados de excepción
Se establece que el ejercicio de los derechos y garantías que
De esta forma, se determinó que el estado de asamblea, en caso de guerra exterior, y el estado de sitio, en caso de guerra interna o grave conmoción interior, lo declarará el Presidente de
Sin embargo, el Presidente de
La declaración de estado de sitio sólo podrá hacerse por un plazo de quince días, sin perjuicio de que el Presidente de
Congreso Nacional
El proyecto establece que el Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país, de esta forma,
La ley orgánica constitucional respectiva determinará el número de Senadores y la forma de su elección. Los Senadores durarán ocho años en su cargo y se renovarán alternadamente cada cuatro años, correspondiendo hacerlo en un período a los representantes de las regiones de número impar y en el siguiente a los de las regiones de número par y de
Para ser elegido senador se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, haber cursado la enseñanza media o equivalente y tener cumplidos treinta y cinco años de edad el día de la elección.
Las vacantes de diputados y las de senadores, producidas ya sea por fallecimiento o por inhabilidad para seguir cumpliendo con el mandato, se proveerán por el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido.
Los parlamentarios elegidos como independientes no serán reemplazados. Los parlamentarios elegidos como independientes que hubieren postulado integrando lista en conjunto con uno o más partidos políticos, serán reemplazados por el ciudadano que señale el partido indicado por el respectivo parlamentario al momento de presentar su declaración de candidatura.
El reemplazante deberá reunir los requisitos para ser elegido diputado o senador, según el caso. El nuevo diputado o senador ejercerá sus funciones por el término que faltaba a quien originó la vacante.
Con todo, un diputado podrá ser nominado para llenar el puesto de un senador, debiendo aplicarse, en ese caso, las normas de los incisos anteriores para llenar la vacante que deja el diputado, quien al asumir su nuevo cargo cesará en el que detentaba.
En materia de atribuciones exclusivas de
Sin perjuicio de lo anterior, cualquier diputado, con el voto favorable de un tercio de los miembros presentes de
En ningún caso los acuerdos, observaciones o solicitudes de antecedentes afectarán la responsabilidad política de los Ministros de Estado.
También
Asimismo, se acordó dar rango constitucional a las comisiones especiales investigadoras, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno. Estas comisiones se formarán a petición de a lo menos dos quintos de los diputados en ejercicio.
Las comisiones investigadoras, a petición de dos quintos de sus miembros, podrán despachar citaciones y solicitar antecedentes. Los Ministros de Estado, los demás funcionarios de
En cuanto a las atribuciones exclusivas del Senado, se mantiene la facultad del Senado de conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia.
Atribuciones exclusivas del Congreso
Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presente el Presidente de
El Congreso podrá sugerir la formulación de reservas y declaraciones interpretativas a un tratado internacional, en el curso del trámite de su aprobación, siempre que ellas procedan de conformidad a lo previsto en el propio tratado o en las normas generales de derecho internacional.
Las medidas que el Presidente adopte o los acuerdos que celebre para el cumplimiento de un tratado en vigor no requerirán de nueva aprobación del Congreso, a menos que se trate de materias propias de ley. No requerirán de aprobación del Congreso los tratados celebrados por el Presidente en el ejercicio de su potestad reglamentaria.
Las disposiciones de un tratado sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo a las normas generales de Derecho Internacional.
El Presidente de
En el caso de la denuncia o el retiro de un tratado aprobado por el Congreso, el Presidente informará al respecto al Parlamento dentro de los 15 días de efectuada la denuncia o el retiro.
El retiro de una reserva que haya formulado el Presidente y que tuvo en consideración el Congreso al momento de aprobar un tratado, requerirá previo acuerdo de éste, de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva. El Congreso deberá pronunciarse dentro del plazo de 30 días contados desde la recepción del oficio en que se solicita el acuerdo. De no hacerlo dentro de este plazo, se tendrá por aprobado el retiro de la reserva.
En el mismo acuerdo aprobatorio de un tratado podrá el Congreso autorizar al Presidente para que, durante la vigencia de aquél, dicte las disposiciones con fuerza de ley que estime necesarias para su cabal cumplimiento.
El Congreso también deberá pronunciarse, cuando corresponda, respecto de los estados de excepción constitucional.
El Parlamento se instalará e iniciará su período de sesiones en la forma que determine su ley orgánica constitucional. En todo caso, se entenderá siempre convocado de pleno derecho para conocer de la declaración de estados de excepción constitucional. La ley orgánica constitucional señalada en el inciso primero, regulará la tramitación de las acusaciones constitucionales, la calificación de las urgencias y todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley.
Por otra parte, se incorporó a los subsecretarios, Comandantes en Jefe del Ejército, de
Se permite a los diputados y senadores renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional.
En el artículo que determina que los cargos de diputados y senadores son incompatibles entre sí y con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, municipalidades, etc y con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, se incorporó la norma que establece que por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el diputado o senador cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe.
Corte Suprema y Fiscal Nacional
En cuanto al Fiscal Nacional, se aprobó rebajó de
Sólo
Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional (TC) estará integrado por 10 miembros, quienes se designarán de la siguiente forma: 3 por el Presidente de
Los miembros del TC durarán nueve años en sus cargos y se renovarán por parcialidades cada tres. Deberán tener a lo menos quince años de título de abogado, haberse destacado en la actividad profesional, universitaria o pública, no podrán tener impedimento alguno que los inhabilite para desempeñar el cargo de juez y no podrán ejercer la profesión de abogado ni actuar como procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo.
Los integrantes del tribunal serán inamovibles y no podrán ser reelegidos, salvo aquel que lo haya sido como reemplazante y haya ejercido el cargo por un período menor a cinco años. Cesarán en sus funciones al cumplir 75 años de edad.
En caso que un miembro del TC cese en su cargo, se procederá a su reemplazo por quien corresponda, de acuerdo al modo de elección ya mencionado y por el tiempo que falte para completar el período del reemplazado.
El TC ejercerá control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de
Además, resolverá materias referidas a controles de constitucionalidad de: auto acordados dictados por
Asimismo, deberá declarar la inconstitucionalidad de las organizaciones y de los movimientos o partidos políticos, como asimismo la responsabilidad de las personas que hubieran tenido participación en los hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad.
Informará al Senado en el caso de que se declare la inhabilidad del Presidente de
El TC deberá resolver sobre las inhabilidades constitucionales o legales que afecten a una persona para ser designada Ministro de Estado, permanecer en dicho cargo o desempeñar simultáneamente otras funciones; pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios; calificar la inhabilidad invocada por un parlamentario para renunciar a su cargo cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlo y pronunciarse sobre la renuncia del parlamentario al cargo. También deberá resolver sobre la constitucionalidad de los decretos supremos, cualquiera sea el vicio invocado.
Contra las resoluciones del TC no procederá recurso alguno, sin perjuicio de que puede, el mismo Tribunal, conforme a la ley, rectificar los errores de hecho en que hubiere incurrido. Las disposiciones que el Tribunal declare inconstitucionales no podrán convertirse en ley en el proyecto o decreto con fuerza de ley de que se trate, o en auto acordado, en su caso.
Contraloría General de
El Contralor General de
Se faculta al Presidente de
Además, se determinó que las Fuerzas Armadas serán dependientes del Ministerio encargado de
Asimismo, se señala que las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes y no deliberantes. Las fuerzas dependientes de los Ministerios encargados de
Se establece que el Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) será un órgano asesor del Presidente de
El COSENA estará integrado por los Presidentes del Senado, de
El Consejo no adoptará acuerdos sino para dictar el reglamento a que se refiere el inciso final de la presente disposición. En sus sesiones, cualquiera de sus integrantes podrá expresar su opinión frente a algún hecho, acto o materia que diga relación con las bases de la institucionalidad o la seguridad nacional.
Las actas del Consejo serán públicas, a menos que la mayoría de sus miembros determine lo contrario. Un reglamento dictado por el propio Consejo establecerá las demás disposiciones concernientes a su organización, funcionamiento y publicidad de sus debates.
Regiones y Congresos Plenos
Asimismo, se señala que la creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de ley orgánica constitucional.
Además se establece una legislatura única y se elimina la ratificación del Congreso Pleno para los proyectos de reforma constitucional. De esta forma, se propone que el proyecto que aprueben ambas Cámaras pasará al Presidente de
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
CONSULTAJURIDICACHILE.BLOGSPOT.COM
Renato Sánchez 3586 dep 10
Santiago, Chile
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