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martes, febrero 19, 2008

Testamentos ¿COMO PODEMOS HACER UN TESTAMENTO?

Testamentos

 


Publicado: 25 de julio 2007 

 
 ¿Qué es un testamento?

Es un acto por el cual una persona (el testador) disponer que todos o parte de sus bienes sean heredados por terceros después que fallezca.

Según la ley, hay varios tipos de testamento:
  • Testamento solemne: es el que más se utiliza. Debe ser escrito y otorgarse ante testigos mayores de 18 años. El testamento solemne puede ser abierto o cerrado. En el primero, el testador informa de su voluntad a un notario y a testigos. En el segundo caso, el testador presenta al notario y a tres testigos una escritura cerrada, declarando de viva voz que en ella se contiene su última voluntad.
  • Testamento menos solemne: pueden omitirse las formalidades que la ley habitualmente requiere, como la presencia de un notario. Este tipo de testamento se da generalmente en casos en que la vida del testador se encuentra en peligro inminente. Hay tres tipos de testamentos menos solemnes: el verbal, el militar y el marítimo. Estos dos últimos sólo se dan en caso de guerra.
 
 
¿Cómo se hace un testamento?

Primero debe decidir si va a hacer un testamento solemne abierto o cerrado. Los testamentos menos solemnes sólo se dan en casos muy raros o excepcionales.

  •  Testamento solemne abierto: debe ir donde un notario con tres testigos mayores de 18 años, o llamar a cinco testigos, sin necesidad del notario. Puede dictarle el testamento al notario o tenerlo escrito para que éste lo lea en voz alta ante los testigos. En el testamento debe constar el nombre, edad, domicilio y nacionalidad del testador, detalle de sus matrimonios y de todos sus hijos, la declaración de hallarse en pleno uso de sus facultades y el nombre y domicilio de los testigos. El documento debe firmarse por el testador, el notario y los testigos.
 
  • Testamento solemne cerrado: el documento debe ser escrito y firmado por el testador y estar en sobre cerrado. En el sobre deben ponerse los datos y firmas del testador, el notario y los tres testigos. El testador debe decirles, de viva voz, que en el sobre está contenido su testamento.
 
  • Testamento verbal: la ley lo autoriza sólo si no hay tiempo para hacer un testamento solemne. Se hace de viva voz ante al menos tres testigos mayores de 18 años que sepan leer y escribir. 30 días después de la muerte del testador, hay que ponerlo por escrito. Cualquier persona interesada en la herencia puede acudir a un juez de letras, quien debe ubicar a los testigos y tomarles declaración sobre el testamento que declaró el difunto y en qué condiciones lo hizo. El testamento verbal deja de tener valor si esta formalidad no se cumple en el plazo correspondiente o si el testador muere después de los 30 días de haber expresado su testamento.
 
 
¿A quiénes puedo dejar mis bienes?

En Chile los testamentos son restringidos. La ley obliga al testador a hacer algunas asignaciones forzosas a ciertas personas, lo que rige habiendo o no un testamento de por medio.

 

Estas asignaciones obligatorias abarcan, por una parte, la mitad de los bienes, donde se encuentran los alimentos forzosos (asegurar la alimentación de algún hijo, por ejemplo) y las asignaciones legítimas a herederos como el cónyuge, descendientes o ascendientes (padres y abuelos) y por otra parte, la cuarta de mejoras, con la que el testador puede mejorar la cuota de ciertos herederos.

 

Entonces el testador sólo puede disponer de la mitad de sus bienes. Esta mitad se compone de una cuarta parte denominada "cuarta de mejoras", con la cual puede aumentar los beneficios de su cónyuge, descendientes o ascendientes, y otra cuarta parte llamada "de libre disposición", que sí puede dejar libremente a cualquier persona.

 

En resumen, el 50% de los bienes va a los herederos forzosos, el 25% va para mejorar a alguno de los beneficiados por la primera mitad, y el otro 25%, a quien el testador desee. 

 
¿Quiénes son los herederos forzosos?

Las personas que suceden al fallecido en sus bienes y deudas de acuerdo al siguiente orden de sucesión, de mayor a menor derecho:

 
  • Primer orden: los hijos y el cónyuge que lo sobrevive (marido o mujer). En el caso de haber fallecido algún hijo del testador, heredan en su lugar los hijos de éste, es decir, los nietos del fallecido.
 
  • Segundo orden: si no tiene descendientes, heredan los padres u otros ascendientes más próximos y el cónyuge que lo  sobrevive. En caso de faltar el padre, la madre y el cónyuge sobreviviente, son herederos los abuelos que estén vivos. En caso de estar fallecidos todos los abuelos, son herederos los bisabuelos vivos.
 
  • Tercer orden: si faltan los anteriores, heredan los hermanos, sean por parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos. En caso de estar fallecido alguno de los hermanos, heredan en su lugar los hijos de ese hermano fallecido.
 
  • Cuarto orden: en caso de faltar todos los anteriores, tienen derecholos parientes consanguíneos que descienden de un tronco común, sin ser ascendientes o descendientes entre sí. Los parientes de grado más próximo excluirán a los más lejanos. En primer lugar están los tíos. En caso de no existir ningún tío vivo, heredan los primos de la persona fallecida.
 
 
¿El testamento sólo sirve para transmitir bienes?

No, también se pueden realizar declaraciones, como por ejemplo, nombrar un guardador para sus hijos o reconocer un hijo no matrimonial. 


¿Cuál es la diferencia entre herencia y legado?

La herencia corresponde a todo o parte del patrimonio del testador. El legado corresponde más a bienes particulares, concretos y específicos, como por ejemplo un auto o una obra de arte. 


¿Quiénes no pueden hacer un testamento?
  • La mujer menor de doce años y el varón menor de catorce años de edad, pues según la ley, son absolutamente incapaces.
  • Las personas que no están en su sano juicio por ebriedad u otra causa.
  • El demente privado de la administración de sus bienes, a quien se le designa un representante legal.
  • Aquellas personas que no puedan expresar claramente su voluntad. 

¿Se puede revocar un testamento?

Sí, es revocable mientras viva el testador. Basta con que éste haga uno nuevo. Sin embargo, es recomendable incluir una cláusula donde quede claro que el documento anterior queda nulo.


¿Se le puede encargar a un tercero que realice un testamento?

No, es un acto de una sola persona. En consecuencia, son nulos los testamentos mancomunados o conjuntos, así como la posibilidad de testar por medio de un mandatario o representante. La niña que ha cumplido doce años y el varón que ha cumplido catorce años, pueden testar libremente y sin necesidad de autorización alguna. 


¿Cómo se hace cumplir un testamento?

El testador puede haber designado antes un albacea o ejecutor testamentario, que es la persona encargada de hacer cumplir lo que dice el testamento.

 

Tras la muerte del testador, el albacea debe informar a los herederos que existe un testamento y que representa la última voluntad de la persona. Luego él deberá hacer las gestiones necesarias ante los tribunales para que lo que el testamento dice respecto a bienes materiales sea incorporado a la posesión efectiva.

 

Si el testador no ha designado un albacea, cualquier heredero puede ejecutar el testamento solicitando la posesión efectiva ante tribunales, con la asesoría de un abogado. 

 
¿Es necesario que siempre haya un notario para hacer un testamento?

No, la ley reconoce un tipo de testamento llamado menos solemne, donde pueden omitirse algunas formalidades como la presencia de un notario. Sin embargo, esto sólo puede darse en situaciones extraordinarias, como cuando la vida del testador se encuentra en peligro inminente. 


¿Es necesario que siempre haya un abogado para hacer cumplir un testamento?

Sí, para que haga la gestión ante los tribunales. 


¿Dónde se puede consultar por un testamento?

En el Servicio de Registro Civil e Identificación. Ellos cuentan con un Registro Nacional de Testamentos donde es posible ver la fecha, el nombre y RUN del testador, además de la clase de testamento. Sólo esos datos pueden ser consultados por el público, el contenido no se puede revelar. 


¿Se pueden heredar bienes sin mediar un testamento?

Sí, el Código Civil en su libro III (art. 980 a 998) establece normas para la sucesión intestada (sin testamento) para cuyo efecto los herederos deberán iniciar el trámite de posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil. 

 
¿Qué leyes rigen los testamentos?

El Código Civil, a través de disposiciones en su Libro Tercero (art. 951 a 1436), y la Ley N° 19.903 sobre posesión efectiva de la herencia.

Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Recurso de protección y amparo ¿QUE ENTENDEMOS POR TAL?

Recurso de protección y amparo

 


Publicado: 28 de agosto 2007

 

 

¿Qué es el recurso de protección?
Aquella acción que la Constitución concede a todas las personas que como consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufren privación, perturbación o amenaza sus derechos y garantías constitucionales.

 
¿Cuáles son los derechos por los que se puede reclamar protección?
  • Derecho a la vida y sus manifestaciones.
  • Igualdad ante la ley.
  • La garantía de que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino por el Tribunal que señale la ley y que se halle establecido con anterioridad por ésta.
  • Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
  • Libertad de conciencia.
  • Derecho a la protección de la salud, en cuanto al derecho de cada persona a elegir el sistema de salud al cual desee acogerse, sea estatal o privado.
  • Libertad de enseñanza.
  • Libertad de opinión e información.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho de asociación. 
  • Libertad de trabajo en cuanto a su libre elección y libertad de contratación y en cuanto a la restricción de los trabajos prohibidos.
  • Derecho de sindicalización.
  • Libertad económica y no-discriminación del estado en materia económica.
  • Libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes.
  • Derecho de propiedad.
  • Derecho de propiedad intelectual e industrial.
  • Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
 

Entre otros, según el artículo 19 de la Constitución Política que contiene una enumeración de los "Derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas por igual".

 
¿Quiénes pueden interponer un recurso de protección?

Cualquier persona natural o jurídica, o un grupo de personas que carezca de personalidad jurídica, que haya sufrido la perturbación o amenaza de estos derechos.

 
¿Dónde se debe interponer el recurso de protección?

Se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se cometió el acto o se incurrió en la omisión arbitraria o ilegal que ocasione la privación, dentro del plazo de 30 días contados desde la ejecución del acto o amenaza que se reclama. O bien desde que se tuvo conocimiento del acto, lo que hay que acreditar en la Corte. Se debe presentar por escrito.

 
¿Se necesita un abogado para interponer un recurso de protección?

No.

 
¿Cuál es el objetivo del recurso de protección?

Que la Corte ordene todas las medidas necesarias para reestablecer el derecho vulnerado y asegurar su protección. Todo ello sin perjuicio de los demás derechos o acciones que se puedan hacer valer, ante la autoridad o los Tribunales de Justicia.

 
¿Qué es el recurso de amparo?

Aquella acción que la Constitución concede a toda persona detenida, presa o arrestada con infracción a la Constitución o a la ley, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual.

Hay dos tipos de amparo:
  • Un amparo correctivo, que busca corregir un arresto, detención o prisión producida con infracción a la Constitución o a la ley. La reforma procesal penal establece el "Derecho al Juez", esto es, que toda persona privada de libertad debe ser conducida, sin demora ante un Juez de Garantía, para que revise la legalidad de la privación de libertad y las condiciones en que se encuentra el afectado.
  • Un amparo preventivo, que busca prevenir toda perturbación o amenaza a la libertad personal y seguridad individual.
 
¿Quiénes pueden interponer un recurso de amparo?

El propio afectado o cualquier persona en su nombre.

¿Se necesita un abogado para interponer un recurso de amparo?
No.
 
¿Dónde se debe interponer el recurso de amparo?

Para el amparo correctivo, es competente el Juez de Garantía que conoce del caso o bien el juez del lugar donde esté el afectado.

En el caso de amparo preventivo, es competente la Corte de Apelaciones del domicilio del afectado.

 
¿Hay algún requisito especial para interponer un recurso de amparo?

El único requisito es no haber hecho uso de los otras acciones legales, por parte del afectado.

No hay plazos para interponer los recursos de amparo, mientras se mantenga la privación, amenaza y perturbación de libertad.

 
¿Cuál es el objetivo del recurso de amparo?

Que el afectado sea llevado frente al juez para que revise la legalidad de la privación de libertad. Si es el caso, se decretará su libertad inmediata o se pondrá al individuo a disposición del juez competente. En general, se busca reestablecer el derecho vulnerado y asegurar la debida protección del afectado.

Saludos
Rodrigo González Fernández
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Permiso de circulación

Permiso de circulación

 

Publicado: 27 de agosto 2007 

 

 

 
¿Qué es el permiso de circulación?

El impuesto que deben pagar anualmente todos los dueños de vehículos motorizados y que va en beneficio de las municipalidades. Permite que los automóviles, camionetas, motos y otros puedan circular por las calles del país en forma legal.

 
¿Cuándo se paga el permiso de circulación?

Para automóviles, a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de marzo. Para taxis y buses, el plazo es hasta el 31 de mayo; para vehículos de carga, motos y motonetas, hasta el 30 de septiembre, aunque estas fechas son aproximadas, se recomienda confirmar con la municipalidad donde paga su permiso pues hay variaciones.

 
¿En qué municipalidad se paga el permiso?

En la municipalidad de su elección, llevando la solicitud de traslado de permiso de circulación con sus datos y los del vehículo.

 
¿Dónde se paga el permiso de circulación?

En la misma municipalidad o en otros lugares habilitados por cada municipio, como puestos en la vía pública. Además, algunas municipalidades tienen convenios con empresas como Transbank, casas comerciales o tarjetas de crédito, de manera que el trámite se haga más fácil.

 
¿Se puede pagar en cuotas?

El permiso puede ser cancelado en efectivo, a través de tarjetas de crédito, cheque al día o por un sistema de dos cuotas. Para automóviles, la primera cuota se paga hasta el 31 de marzo, equivalente el 50%, y la otra hasta el 31 de agosto del mismo año. Para otros vehículos, como taxis, camiones o motos, debe consultar en la municipalidad donde va a pagar el permiso, pues las fechas varían en cada comuna. La segunda cuota tendrá un recargo equivalente al IPC de febrero a junio. Este beneficio será sólo para quienes no tengan deudas. Para certificar que efectivamente pagó, la municipalidad en la que llevó a cabo el pago le entregará un documento aclarando que el permiso fue cancelado, las dos cuotas deben pagarse en la misma municipalidad. En el caso de autos comprados entre el 1 de septiembre y el 31 de marzo se deberá pagar en una sola cuota.

 
¿Dónde debo pagar si lo hago en dos cuotas?

En el Departamento de Tránsito de la Municipalidad donde se obtuvo el permiso.

 
¿Qué pasa si me atraso en la segunda cuota?

En el caso de ser sorprendido sin haber pagado la segunda cuota del permiso de circulación, se expone a una multa de hasta el 35% del valor que tenía que pagar y a una infracción grave que le cursará Carabineros, pudiendo ser esta de 1 a 1,5 UTM.

 
¿Cuánto hay que pagar por un permiso de circulación?

Cada año el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, que es la base para determinar el valor de cada permiso. El SII elabora una lista de las distintas marcas y modelos de vehículos motorizados, clasificados de acuerdo al año de fabricación y con indicación, en cada caso, del precio vigente a la fecha. Esas tasaciones se publican en el Diario Oficial o en algún otro diario de circulación nacional, dentro de la primera quincena de enero de cada año.

 
¿Hay que presentar algún documento para hacer el pago?

Sí, la copia de la revisión técnica aprobada, seguro automotor vigente y permiso de circulación anterior en el caso de un vehículo antiguo. Para un vehículo nuevo, debe llevar una copia de la factura, revisión técnica o certificado de homologación, análisis de gases, seguro obligatorio, la inscripción en el Registro Civil y encontrarse acogido a lo dispuesto en el Decreto Nº 211 de 1991, que establece las normas de emisiones contaminantes de vehículos livianos.

 
¿Puedo pagar el permiso en una comuna diferente a donde vivo?

Sí, el permiso tiene vigencia nacional. Es importante tener en cuenta que los dineros recaudados por concepto de permisos de circulación son incorporados a los fondos de inversión de cada municipio, por lo que usted puede elegir ayudar a una comuna en particular pagando allí su permiso. Si usted paga el permiso en dos cuotas, ambas deben ser canceladas en la misma comuna.

 
¿Puedo pagar el permiso en una comuna distinta a donde he pagado en años anteriores?

Sí. Debe ir hasta la municipalidad a la cual desea cambiarse y pedir una solicitud de traslado de permiso de circulación, la cual debe llenar con sus datos y los de su vehículo, que está disponible en la página web de cada municipalidad.

Si usted ha pagado antes los permisos en comunas de la provincia de Santiago, tiene hasta el 31 de enero de cada año para hacer este trámite. Para otras comunas no hay un plazo.

 
Compré un auto usado. ¿Cómo saber en qué comuna está inscrito para pagar el permiso?

Esa información debe dársela quien le vendió el auto, pues no existe ninguna base de datos que contenga la información en qué comuna ha pagado cada vehículo su permiso.

 
¿Puedo pagar el permiso de circulación si tengo una multa de tránsito impaga?

No, no podrá renovar el permiso hasta haberla cancelado. El pago se puede realizar en la Tesorería Municipal donde le sacaron el parte.

 
¿Cómo pago el permiso de circulación si compro un auto nuevo después de marzo?

Una vez que inscribió el vehículo en el Registro Civil, debe pagar el permiso de circulación en la municipalidad de su elección. El monto del permiso es proporcional a la cantidad de meses que restan para el próximo período.

 
¿Qué pasa si no pago mi permiso de circulación?

Se expone a multas de parte de la policía y varios intereses extras. Puede quedar en la categoría de moroso y podrían castigarlo con el retiro del vehículo si lo sorprenden transitando en la vía pública. Además, al momento de renovar su patente se le aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula junto al IPC. Las multas pueden llegar a exceder el propio precio del trámite. Por ejemplo, un auto cuyo permiso cuesta $15.200, deberá pagar una multa de $30.000.

 
¿Qué debo hacer cuando mi vehículo no va a circular durante el año?

Si por cualquier motivo el vehículo no ha circulado o no va a circular durante todo el año, debe presentar una declaración jurada simple indicando el motivo, pagando un pequeño derecho municipal. El plazo es hasta el 30 de noviembre de cada año.

 
¿Qué vehículos están exentos del pago del permiso de circulación?

Los vehículos de las Fuerzas Armadas, cuando son de uso exclusivo militar, los del Cuerpo de Bomberos y los de propiedad o de uso bajo el sistema de arrendamiento con opción de compra de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país.

 
¿Qué normas regulan el permiso de circulación?
Decreto Nº 211, de 1991 (Decreto catalítico)
Saludos
Rodrigo González Fernández
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Licencia médica ¿QUE ES UNA LICENCIA MÉDICA?

Licencia médica

 


Publicado: 01 de octubre 2007

 

¿Qué es una licencia médica?

Un documento que puede ser extendido por un médico cirujano, cirujano-dentista o matrona, mediante el cual el profesional certifica que un trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para trabajar, prescribiendo reposo total o parcial, por un lapso determinado, con el fin de atender el restablecimiento de su salud.


¿Qué debe hacer el trabajador con la licencia médica?
Revisar que todos los datos de información estén correctamente escritos en el formulario. Firmar la licencia y hacer llegar a la entidad empleadora, ya sea en forma personal o a través de un tercero (en casos excepcionales puede remitirla por correo dentro del plazo que corresponda). En el caso de trabajadores independientes, se debe hacer llegar la licencia a la institución que debe autorizarla, COMPIN o ISAPRE, dentro del plazo reglamentario que corresponda.
 


¿Qué plazos existen para presentar la licencia médica?
  • El trabajador del sector privado dispone de dos días hábiles contados desde el inicio de la licencia médica, para presentarla a su empleador. Se debe contar como primer día de plazo el primer día hábil con licencia médica.
  • El trabajador del sector público dispone de tres días hábiles contados desde el inicio de la licencia médica para presentarla ante su empleador. Se debe contar como primer día de plazo el primer día hábil con licencia médica.
  • El trabajador independiente debe tramitar directamente la licencia ante el organismo que corresponda, entiéndase COMPIN o ISAPRE y dispone de los dos días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la licencia, siempre que esté dentro de su período de vigencia. 

¿Qué tipos de licencia existen?
1. Enfermedad o accidente común.
2. Prórroga medicina preventiva.
3. Licencia maternal pre y posnatal.
4. Enfermedad grave del hijo menor de un año.
5. Accidente del trabajo o durante el trayecto.
6. Enfermedad profesional.
7. Patología del embarazo.


¿Qué debe hacer el empleador con la licencia?
Completar los antecedentes relacionados con la propia individualización de la entidad empleadora. Debe adjuntar información de la situación laboral y previsional del empleador, junto con las remuneraciones y datos de éste si ha hecho uso de licencias médicas en los 6 meses anteriores. El empleador deberá entregar el formulario firmado dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la recepción, al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. o ISAPRE) 


¿Qué sucede si el empleador entrega la licencia fuera de plazo?
El COMPIN o la ISAPRE debe autorizar dicha licencia. En ese caso, la entidad que corresponda -Servicio de Salud, C.C.A.F. o ISAPRE- es la que paga el subsidio de incapacidad laboral al trabajador y posteriormente, la entidad que corresponda tiene derecho a exigir al empleador que le reembolse el subsidio pagado al trabajador.


¿Qué sucede si el empleador presenta la licencia fuera de plazo?
El COMPIN o la Isapre están habilitados para rechazarla, salvo fuerza mayor o caso fortuito.


¿Qué sucede si la licencia es rechazada?
Si es afiliado a Fonasa y la licencia es rechazada por el COMPIN, se puede apelar a la Superintendencia de Seguridad Social. Si es un trabajador afiliado a una ISAPRE, puede apelar al COMPIN que le corresponde al Servicio de Salud según el domicilio del trabajador. El plazo es de 15 días hábiles contados desde la recepción de la carta certificada en que la ISAPRE notifica el rechazo. Si la Isapre no cumpliera lo resuelto por el COMPIN, el cotizante puede recurrir a la Superintendencia de Seguridad Social.


¿Qué es el COMPIN?
La Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. A esta comisión dependiente del ministerio de Salud, le corresponde constatar, evaluar, declarar y certificar el estado de salud, la capacidad de trabajo, la recuperabilidad de los estados patológicos de los trabajadores y beneficiarios, con el fin de permitir la obtención de beneficios estatutarios laborales, asistenciales y o previsionales, como también pecuniarios. Las unidades que comprenden el COMPIN son: Unidad de Licencias Médicas, Unidad de Subsidios y Unidad de Pensiones. 


¿Qué son las C.C.A.F.?
Las Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Se rigen por la Ley Nº 18.833, y corresponden a entidades de previsión social. Son corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto es la administración de prestaciones de seguridad social. Estas cajas deberán ser supervigiladas por la Superintendencia de Seguridad Social. 


¿Qué son las Isapres?
Las Instituciones de Salud Provisional. Son instituciones privadas que captan la cotización obligatoria de los trabajadores que libre e individualmente han optado. Se rigen por las siguientes normas: DFL Nº 3, de Salud del 27 de septiembre de 1981; Ley Nº 18.933 del 9 de marzo de 1990; Ley Nº 19.381 del 3 de mayo de 1995; Ley Nº 19.650 del 24 de diciembre de 1999 y la Ley Nº 19.895 del 28 de agosto de 2003. 


¿Qué son los subsidios por incapacidad laboral?
Son subsidios que cubren la contingencia que se produce por la suspensión transitoria de la capacidad de trabajo, originado por enfermedad o accidente común, enfermedad profesional o accidente del trabajo o durante su trayecto a él, y por el uso de derechos de protección de la maternidad, y del hijo menor de un año.


¿Qué normativa rige a las licencias médicas?
El Decreto Supremo Nº 3 de 1984, del Ministerio de Salud, que contiene el Reglamento sobre Autorización de Licencias Médicas, quedando solamente excluidas de la aplicación de dicho reglamento las mutualidades de empleadores de la Ley Nº 16.744.

Saludos
Rodrigo González Fernández
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Filiación,¿ sabe ud lo que es la filiación? en BCN .CL

Filiación

 

Publicado: 28 de agosto 2007   

 

 

 
¿Qué es la filiación?

La relación de descendencia que existe entre dos personas, una de las cuales es el padre o madre de la otra.

 
¿Cuáles son los tipos de filiación?
  • Filiación por naturaleza, la cual puede ser matrimonial o no matrimonial
  • Filiación por adopción
 
¿Cuáles son los principios básicos en materia de filiación?
  • Igualdad de todos los hijos, de modo que no sean discriminados cualquiera que sea la circunstancia de su nacimiento, es decir, sean habidos dentro o fuera del matrimonio.
  • Supremacía del interés superior del niño, lo cual supone considerar al niño como sujeto de derecho, procurando su mayor realización espiritual y material posible, guiarlo en el ejercicio de sus derechos esenciales conforme su edad y desarrollo. El Estado y sus organos debe garantizar estos derechos, adecuando la legislación chilena a la Convención de Derechos del Niño.
  • Toda persona tiene derecho a la identidad, a conocer su origen biológico, a pertenecer a una familia. De este principio surge la posibilidad de investigar la paternidad y maternidad.
 
¿Cómo puede determinarse la filiación?
A través de tres fuentes:
  1. La ley, que determina la filiación en base a ciertos presupuestos, por ejemplo, los hijos nacidos dentro del matrimonio.
  2. El reconocimiento voluntario que hace el padre, la madre o ambos sobre el hijo.
  3. La sentencia judicial, esto es, cuando un tribunal declara la paternidad o maternidad anteriormente no conocida o modifica una ya determinada.
 
¿Dónde concurrir para determinar una filiación?

Son competentes para conocer de un juicio de filiación los Juzgados de Familia. En estos tribunales es posible ejercer las siguientes acciones de filiación:

  1. Acción de reclamación de filiación, que busca posibilitar la investigación de la paternidad o maternidad.
  2. Acción de impugnación de filiación, que busca desconocer una filiación previamente determinada.
  3. Acción de simple desconocimiento de la paternidad matrimonial del hijo que nace antes de los 180 días desde la celebración del matrimonio.
  4. Acción de nulidad de reconocimiento de un hijo.
 

Los juicios de filiación de desarrollan en dos audiencias en los Tribunales de Familia. Si en la primera audiencia se reconoce la paternidad, el juicio queda concluido. Si la parte demandada no comparece, niega o manifiesta dudas acerca de su paternidad, el juez ordenará de inmediato la prueba de ADN. En la segunda audiencia es donde se presentan las pruebas.

Los juicios de filiación se podrán presentar en el tribunal del domicilio del demandado o del demandante, a elección de este último.

 
¿A través de qué medios se posibilita la investigación de la paternidad o maternidad?

En los juicios de filiación, la ley posibilita la investigación de la paternidad y maternidad, mediante el uso de toda clase de pruebas.

En la actualidad, los exámenes de ADN permiten confirmar la paternidad y también la identidad biológica con certezas superiores al 99,9%.

Hoy este examen obligatorio. En caso que la persona a quien se le imputa la paternidad se oponga al examen de ADN, el juez lo llamará de nuevo y si se resiste otra vez, el juez tomará este factor como una presunción positiva de paternidad o maternidad, o la ausencia de ella, según corresponda. Con esto, se termina con la práctica de los padres que evitan realizarse tal examen.

 
¿Cuáles son los efectos de la filiación?

Existen los derechos-deberes de los padres, englobados dentro de la autoridad paterna:

  1. La crianza o cuidado personal de los hijos.
  2. La educación y establecimiento del menor, esto es, procurarle la educación, profesión u oficio que le permita subsistir por sí mismo.
  3. El derecho de visitas para el padre o madre que no tenga el cuidado personal del menor.
  4. Corregir a los hijos sin menoscabar su salud y desarrollo personal.
  5. Los padres deben contribuir a estos deberes, a través de la obligación de dar alimentos.   
 

La filiación hace surgir la Patria Potestad, la que supone para el o los padres que la tengan las siguientes facultades:

  1. El derecho de usar los bienes del hijo y de percibir sus frutos.
  2. La administración de los bienes del hijo.
  3. La representación del hijo. 
Saludos
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rabajo en régimen de servicios transitorios EN BCN

Trabajo en régimen de servicios transitorios (I)

 

Publicado: 08 de agosto 2007
 
 
¿Qué es el servicio transitorio?

Un régimen excepcional de contratación. Consiste en que una empresa de servicios transitorios (EST) suministra o proporciona trabajadores a una empresa usuaria para que realice una determinada labor.

 
¿En qué casos operan las empresas de servicios transitorios?
  • Reemplazo de trabajadores (licencias médicas, descansos de maternidad o feriados).
  • Realización de eventos extraordinarios (organización de congresos, ferias, exposiciones, etc.).
  • Ejecución de proyectos nuevos y específicos (construcción de nuevas instalaciones, nuevos mercados).
  • Inicio de nuevas actividades en empresas nuevas.
  • Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad.
  • Trabajos urgentes, precisos e impostergables (reparaciones, instalaciones).
 
¿Qué tipo de contrato debe suscribir el régimen de servicios transitorios?
  • Contrato de puesta a disposición de trabajadores: se celebra entre una empresa de servicios transitorios (EST) y una empresa usuaria para suministrar trabajadores a esta última. Los requisitos de este contrato son: 
    - Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días.
    - Indicar la causal para contratar servicios transitorios.
    - Indicar los puestos o cargos para los que se contrata.
    - Indicar el plazo por el cual se contrata y el precio convenido.
  • Contrato de trabajo de servicios transitorios: se celebra entre el trabajador y una Empresa de Servicios Transitorios (EST). Los requisitos de este contrato son:
    - Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días.
    - Contener al menos las menciones del contrato individual de trabajo.
 
¿En qué casos no se podrá contratar la puesta a disposición de trabajadores?
  • Para realizar tareas de representación de la empresa usuaria, tales como gerencia, subgerencia, agentes o apoderados.
  • Para reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivo proceso de negociación colectiva.
  • Para ceder trabajadores a otras empresas de servicios transitorios.
 
¿Cuáles son las responsabilidades de la empresa usuaria?
  • Cumplir las normas de higiene y seguridad respecto de los trabajadores suministrados.
  • Cumplir las obligaciones laborales y previsionales de éstos cuando no responda la empresa de servicios transitorios (EST) (responsabilidad subsidiaria).
 
¿Cuáles son las sanciones para la empresa usuaria cuando no cumple con su parte del contrato?
  • Multa de 10 UTM por cada trabajador contratado, en el caso de que contrate a trabajadores con prohibición en la ley.
  • Multa de 10 UTM por cada trabajador contratado a una empresa de servicios transitorios (EST) que no esté inscrita en el registro especial de la Dirección del Trabajo.
  • Se le asigna la calidad de empleador a la empresa usuaria, cuando se contrate trabajadores por intermedio de una empresa de servicios transitorios (EST) no inscrita; utilice causas de suministro no autorizado o encubra una relación de trabajo permanente.
 
¿Cuáles son las sanciones para la empresa de servicios transitorios (EST) cuando no cumple con su parte del contrato?
  • Multa de 80 a 500 UTM para las empresas de servicios transitorios (EST) que no cumplen con los requisitos de funcionamiento y constitución exigidos en la ley (registro, garantía, etc.).
  • Cancelación en el registro y multa de 10 UTM por cada trabajador contratado a las empresas de servicios transitorios (EST) que son matrices, filiales, coligadas, relacionadas, y que tengan interés, participación o relación con las empresas usuarias.
  • Cancelación en el registro de empresas de servicios transitorios (EST) cuando hay incumplimiento grave y reiterado de la legislación laboral y previsional, y por quiebra.
 
¿Qué razones pueden llevar a la cancelación de una empresa de servicios transitorios (EST)?
  • Incumplimientos reiterados -más de 3 multas en un año- y graves de la legislación laboral o previsional (utilizar trabajo de menores, no pagar cotizaciones, etc.).
  • Quiebra de la empresa de servicios transitorios, salvo que se decrete la continuidad de su giro.
 
La empresa usuaria ¿conoce los términos del contrato que se firmó entre la empresa de servicios transitorios (EST) y los trabajadores?

Sí, una copia del contrato de trabajo de servicios transitorios se envía a la empresa usuaria donde el trabajador prestará servicios.
La empresa usuaria deberá cumplir íntegramente las condiciones convenidas entre el trabajador y la empresa de servicios transitorios (EST) relativas a la prestación de los servicios (duración de la jornada de trabajo, descansos diarios y semanales, naturaleza de los servicios y lugar de prestación de los mismos).

 
¿Cuánto puede durar un contrato de trabajo en régimen de servicios transitorios?

En el caso de reemplazos de trabajadores, se extenderá por lo que dure la ausencia del trabajador titular. Para los eventos extraordinarios y el aumento de producción, el contrato de trabajo para prestar servicios no podrá exceder de 90 días. Y en los casos de proyectos nuevos e inicio de actividades en empresas nuevas, el plazo no podrá superar los 180 días. Estos contratos no podrán ser renovables.

 
Pero si al término del contrato no se ha finalizado la faena, ¿es posible prorrogar el contrato?

Sí, se podrá prorrogar el contrato hasta completar los 90 ó 180 días en su caso.

 

 
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trabajo en régimen de servicios transitorios (II)

 

Publicado: 08 de agosto 2007

 

 
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¿Qué derechos tiene el trabajador bajo este sistema de contrato?
  • La empresa de servicios transitorios (EST) no puede cobrar por colocarlo en la empresa usuaria y tampoco por la capacitación entregada.
  • Si el trabajador continúa prestando servicios en la empresa usuaria una vez terminado el tiempo convenido, su contrato de trabajo pasa a ser indefinido y su empleador será la empresa usuaria.
  • Indemnización por feriado que opera cuando presta servicios continua o discontinuamente, durante a lo menos 30 días en un período de 12 meses desde que ingresa a la empresa de servicios transitorios (EST).
  • Las trabajadoras tienen derecho al fuero maternal mientras dure la prestación de servicios en la empresa usuaria.
  • Las empresas de servicios transitorios (EST) deben capacitar cada año calendario al menos al 10% de los trabajadores que ponga a disposición en el mismo período.
 
¿Quién es el empleador directo en régimen de trabajo transitorio?

La empresa de servicios transitorios (EST) con la que se establece el contrato. Si el trabajador continúa prestando servicios en la empresa usuaria una vez terminado el tiempo convenido, su contrato de trabajo pasa a ser indefinido y su empleador será la empresa usuaria.

 
¿Qué obligaciones tiene el trabajador ante la empresa usuaria?
  • Someterse a la organización y dirección de la empresa para el cumplimiento de sus funciones.
  • Cumplir con el reglamento de orden, seguridad e higiene de la empresa.
  • Someterse a control de asistencia que haga la empresa.
 
¿Pueden los trabajadores bajo contrato de servicios transitorios formar sindicatos y/o negociar colectivamente?

Sí, pero siempre al interior de su empresa de servicios transitorios (EST). No pueden sindicalizarse con los trabajadores de la empresa usuaria.

Los trabajadores en régimen de servicios transitorios ¿podrán realizar horas extraordinarias?

Sí, podrán pactarse horas extraordinarias según lo estipulado en el artículo Nº 32 del Código del Trabajo.

En caso de accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales, ¿quién responde por los trabajadores?

En caso de un accidente o enfermedad durante la prestación del servicio, la empresa usuaria deberá denunciar inmediatamente el hecho al organismo administrador al que esté afiliada la respectiva empresa de servicios transitorios (EST). Y pagará los daños si fue por propia negligencia o de un tercero, según lo estipulado en el artículo 69 de la Ley Nº 16.744.

¿Qué se requiere para ser una empresa de servicios transitorios (EST)?
  • Estar inscrita en el registro especial y público de la Dirección del Trabajo.
  • Incluir en el nombre o razón social de la empresa la expresión "Empresa de Servicios Transitorios" o la sigla "EST".
  • No ser matrices, filiales, coligadas, relacionadas, ni tener interés, participación o relación con las empresas usuarias.
  • Constituir una garantía en la Dirección del Trabajo, para responder de las obligaciones laborales y previsionales frente a sus trabajadores y las multas por infracción a las normas del Código del Trabajo, en los siguientes términos: monto de 250 UF base, que se aumenta según el número de trabajadores contratados; ajuste periódico cada 12 meses.
 
¿Cuántos rubros productivos puede desarrollar una empresa de servicios transitorios (EST)?

Debe tener por giro exclusivo poner trabajadores a disposición de terceros, como también la selección, capacitación y formación de trabajadores, así como otras actividades afines en el ámbito de los recursos humanos. Una misma empresa de servicios transitorios (EST) puede proveer trabajadores de diferentes especialidades a otras empresas.

¿Quién fiscaliza a las empresas de servicios transitorios?
La Dirección del Trabajo o sus inspecciones.
 
¿Qué leyes regulan este sistema de trabajo?
 
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
www.Consultajuridicachile.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
Renato Sánchez 3586
teléfono: 5839786
e-mail rogofe47@mi.cl
Santiago-Chile
 
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Defunciones;¿ QUE HACER ANTE LA MUERTE DE UN FAMILIAR?

Defunciones

 


Publicado: 30 de julio 2007  


 
¿Qué trámites hay que hacer cuando muere un familiar?
  • Obtener el certificado médico de defunción, ya sea que haya fallecido en la casa, en un hospital o en la calle. Y tal como lo indica su nombre, deber ser entregado por un médico.
  • Inscribir la defunción en una oficina del Registro Civil.
  • Comprar un ataúd en una funeraria. Los más baratos cuestan entre $40.000 y $45.000.
  • Comprar una sepultura. Los precios varían si es en tierra (cuesta aprox. $28.950 y es por cinco años); en nicho (cuesta aprox. $252.000 y es por diez años) o en un parque privado (desde $500.000 aprox.). Cuando los familiares de un difunto no pueden pagar una sepultura, generalmente se pide una entrevista con la asistente social, de municipalidad donde vivía el fallecido para que evalúe la situación y pueda decretar la gratuidad de la sepultura.
  • Cobrar la cuota mortuoria. Para ello, necesita tres copias de: carné de identidad del fallecido; libreta de familia; colilla del último pago de jubilación; liquidación del último sueldo o libreta de imposiciones. Este un beneficio equivalente a UF 15 que tiene cada afiliado al sistema previsional de AFP y que ayuda a cubrir los gastos de funeral del pensionado.


Cuando una persona muere, la cuota mortuoria se paga a quien haya realizado los gastos funerarios. Si se contrata una funeraria, es ella la que cobra, cubriendo así parte de los servicios funerarios o su totalidad. En el caso de los afiliados al Instituto de Normalización Provisional (INP), la cuota mortuoria equivale a $263.091 (junio 2007), monto que se reajusta en julio de cada año.


El Código Sanitario indica que el plazo mínimo para enterrar a una persona es de 24 horas. El máximo, de 72 horas.

Cuando se contrata los servicios de una funeraria, ellos se encargan de hacer todos los trámites requeridos cuando alguien muere: inscribir la defunción en el Registro Civil; proveer de un ataúd y cobrar la cuota mortuoria.


¿Qué pasa cuando alguien muere en la calle?

Se obliga la intervención de las policías y los fiscales del Ministerio Público. Sólo cuando el fiscal da la orden de levanta el cadáver, el Servicio Médico Legal lo lleva a sus dependencias para precisar la causa de muerte (normas del Código Procesal Penal).

 
¿A qué lugar debo acudir para retirar un cuerpo?
  • Si murió en un centro hospitalario: a la morgue del recinto.
  • Si murió por causa violenta (accidente, homicidio, suicidio, envenenamiento u otra causa no natural): al Servicio Médico Legal más cercano.
 
¿Qué documentos debo presentar para retirar el cuerpo?

Si el fallecido era:

  • Soltero: llevar carné de identidad o certificado de nacimiento del fallecido.
  • Casado: llevar carné de identidad y libreta de matrimonio del fallecido.
  • Menor de edad: llevar carné de identidad del fallecido u otro documento que acredite identificación (libreta de familia o pasaporte)


Llevar, además, el carné de identidad de la persona que realiza el trámite.

 
¿Quiénes están autorizados para trasladar difuntos?

Los funcionarios de los cementerios. Las casas funerarias pueden hacerlo, siempre y cuando cuenten con la autorización del Servicio Nacional de Salud (Reglamento de Cementerios).

 
¿Qué debo hacer si quiero trasladar al fallecido de ciudad o país?

Para trasladarlo de ciudad, debe obtener una autorización del Servicio de Salud del área en que la persona falleció. Para realizar este trámite, el ataúd debe ir sellado.

Para trasladarlo de país, además de obtener una autorización del Servicio de Salud del área en que la persona falleció, debe llevar certificados de defunción y sanitario hasta el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Justicia y consulado respectivo.

 
¿Qué documentos debo presentar si el difunto pidió ser cremado?

Si lo dejó por escrito, el documento debe estar firmado ante un notario público. De lo contrario, será el cónyuge sobreviviente o la mayoría de hijos quienes autoricen la cremación ante notario público.

Para incinerar un cadáver se necesita la autorización de sepultación emitida por el Registro Civil, más una fotocopia del certificado de defunción emitido por el médico.

 

En ambos casos los documentos deben ser presentados en el lugar dónde se va a realizar la incineración.

 
¿Se heredan las deudas de los familiares fallecidos?

Sí, pasan a los herederos legales. Para evitarlo, existen dos posibilidades: renunciar a la herencia o pedir un "beneficio de inventario" al hacer la posesión efectiva. Esto es, que si las deudas sobrepasan la herencia y los familiares deciden aceptarla, cada uno deberá hacerse cargo de una parte de la deuda y la pagará sólo con la parte que le correspondía recibir como herencia.

 

Otra posibilidad es que las deudas contraídas por el fallecido cuenten conun seguro de desgravamen. Este tipo de seguro que se contrata al solicitar préstamos hipotecarios, de consumo o al realizar compras en casas comerciales, por ejemplo, cubre el saldo de la deuda en caso de muerte del titular. Para que opere, se debe llevar a la institución financiera que otorgó el crédito, el certificado de defunción que acredite la muerte de la persona que tenía la deuda.

 
¿Qué hacer si quiero donar los órganos de la persona fallecida?

Sólo el o la cónyuge o el representante legal del fallecido pueden autorizar la donación de los órganos. Y en su ausencia, la mayoría de los familiares presentes al momento del fallecimiento.

La autorización para donar los órganos consiste en la firma de un acta ante el director del establecimiento hospitalario o ante quien esta autoridad haya designado como ministro de fe.

 
¿Qué normas regulan el tema de la defunción?

El Reglamento General de Cementerios sean públicos o particulares.

Las inhumaciones, exhumaciones y traslado de cadáveres están normadas en el Código Sanitario.

Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Acoso sexual;¿ que es el acoso sexual?

 

¿es usted un acosador sexual? veamos:

Acoso sexual

 

Publicado: 13 de agosto 2007


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¿Qué es el acoso sexual?
Los requerimientos de carácter sexual que un hombre o una mujer realizan  a otra persona, sin su consentimiento, y que amenazan  o perjudican su situación laboral u oportunidades en el empleo. 

¿Qué ley reglamenta el acoso sexual?
La Ley N° 20.005, publicada el 18 de marzo de 2005 y vigente desde entonces. 

¿Qué es el acoso vertical?
Cuando el denunciado es el empleador/a. En este caso, la denuncia por acoso sexual deberá ser interpuesta ante la Inspección del Trabajo, la que investigará los hechos. Además, se establece a favor del trabajador afectado la figura del despido indirecto, que consiste en la facultad del trabajador de poner término al contrato de trabajo si el empleador incurriere en falta de probidad al desempeñar sus funciones y ejercer conductas de acoso sexual.  

¿Qué es el acoso horizontal?
Cuando las conductas de acoso sexual se presenten entre pares dentro de la empresa.  

¿Qué ocurre si un empleado/a miente diciendo que fue acosado/a sexualmente?
Si el tribunal declara su demanda carente de motivo plausible, está obligado a indemnizar los prejuicios que cause al afectado, según lo estipula el Código del Trabajo.  

¿Qué hago si soy víctima de acoso sexual en mi lugar de trabajo?
Hacer llegar sus reclamos por escrito a la dirección de la empresa, servicio en donde trabaje o a la Inspección del Trabajo. El empleador que recibe la demanda puede elegir entre llevar a cabo la investigación él o derivarla a la Inspección del Trabajo.  

¿Qué sucede con el trabajador/a afectado/a por acoso sexual por parte de su empleador/a?
Puede acudir al Tribunal del Trabajo respectivo para poner término al contrato de trabajo y demandar el pago de las indemnizaciones legales correspondientes, pudiendo solicitar el incremento del 80% en sus indemnizaciones legales si el empleador no dio cumplimiento al procedimiento por acoso sexual. 

¿Qué pasa luego de entablar una demanda por acoso sexual?
Después de recepcionada la demanda, se lleva a cabo una investigación que dura 30 días, contando desde el día que se recibió la demanda que realizará el empleador. Si se comprueba que hubo acoso sexual, el empleador debe aplicar las medidas o sanciones que correspondan dentro de un plazo de 15 días, desde el día que finalizó la investigación.  

¿Cuáles son las sanciones por acoso sexual?
Las sanciones deben estar contenidas en el respectivo reglamento interno de la empresa y pueden consistir en el despido del trabajador o trabajadora, sin derecho a indemnización.  

¿El acoso sexual es causal de despido?
Sí. En el caso de que sea un acoso de tipo horizontal, es causal de despido inmediato.

La empresa donde trabajo ¿Podrá enterarse que fui víctima de acoso sexual?
No. La ley establece la reserva de los procedimientos, indicando que la investigación interna del empleador deberá "ser llevada en estricta reserva". Además, la ley estipula que las causas laborales en que se invoque una acusación de acoso sexual, deberán ser mantenidas en custodia por el secretario del tribunal, y sólo tendrán acceso a ellas las partes y sus apoderados judiciales. Esto pretende resguardar la honra y facilitar las denuncias por acoso sin exponer a los involucrados al escrutinio público antes de terminada la investigación y establecidas las responsabilidades consecuente
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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