Ese deseo podrá ser realizado en la llamada "directiva anticipada de voluntad", una anotación facultativa que el paciente puede registrar en su historia clínica en cualquier momento y que también puede revocar o modificar cuando lo desee, según la resolución del CFM, el órgano que reglamenta el ejercicio de la medicina en Brasil.
El paciente podrá determinar previamente los procedimientos médicos a los que quiere y no quiere ser sometido en casos en los que no haya posibilidad de recuperación.
El firmante podrá decir si desea o no ser tratado con respirador artificial, cirugías dolorosas, remedios para enfermos terminales y hasta reanimación en casos deparo cardiorrespiratorio, entre otros procedimientos.
Ese registro en la historia clínica pasa a ser considerado por los médicos como un soporte legal y ético en caso de que lleguen a ser cuestionados por los procedimientos que lleven a cabo para cumplir con la voluntad del paciente.
Según la resolución, la anotación podrá ser realizada por cualquier persona mayor de 18 años que esté en pleno uso de sus facultades mentales, lúcido y en condiciones de asumir la responsabilidad por sus actos ante la justicia.
El registro podrá hacerlo cualquier médico o asistente en la ficha médica o en el historial clínico del paciente sin la necesidad de testigos y sin ningún costo.
La resolución establece que la voluntad del paciente a la llamada "muerte digna" no podrá ser contrariada ni por sus parientes.
El presidente del CFM, Roberto Luiz D'Avila, calificó la resolución como "histórica" por enfrentar un dilema que surge con el avance de la tecnología médica.
"Las personas que querían morir en paz eran ingresadas en unidades de cuidados intensivos, conectadas a tubos e impedidas de morir naturalmente", aseguró D'Avila.
El presidente del CFM admitió que eso se produce incluso por el celo al principio que obliga a los médicos a hacer todo lo posible para salvar sus pacientes y por presiones de familiares para que una vida sea prolongada lo máximo posible.
"Lo que queremos es que las personas manifiesten si quieren morir en el momento adecuado y de forma digna. Defendemos la idea de muerte natural sin intervención tecnológica inútil y fútil", agregó.
Una resolución del CFM de noviembre de 2006 autorizaba a los médicos a suspender los tratamientos destinados a mantener artificialmente la vida en caso de pacientes terminales que así lo desearan.
La nueva norma permite que el paciente manifieste previamente su deseo a la llamada "ortotanasia", procedimiento que difiere de la "eutanasia" en que no tiene por intención provocar la muerte de una persona sino permitirle una "muerte digna".
Una reforma al Código Penal analizada actualmente por el Congreso flexibiliza el concepto y la pena para la eutanasia, que la actual legislación considera como homicidio y para la que se prevé una pena de entre seis y veinte años de prisión.
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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