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miércoles, julio 02, 2014

Comisión del Senado aprueba proyecto de administrador provisional con discusión entre Rossi y Walker

Comisión del Senado aprueba proyecto de administrador provisional con discusión entre Rossi y Walker

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Publicado por Eduardo Woo | La Información es de Oscar Cáceres
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Durante la votación de la figura de Administrador Provisional y de Cierre en la Comisión de Educación del Senado este miércoles, los senadores Fulvio Rossi (PS) e Ignacio Walker (DC) se enfrentaron en un duro intercambio de palabras.

El hecho ocurrió luego que desde la Alianza, la senadora Ena von Baer (UDI) pidiera escuchar antes de votar, a representantes de colegios subvencionados. Ello dio pie para que Walker tomara la palabra y criticara la forma en que Rossi ha manejado la Comisión, en su rol como presidente.

Por lo anterior, Rossi respondió a Walker y le manifestó la duda que tiene sobre si está éste con el Gobierno o en defensa de los intereses de los empresarios de la Educación.

Pasada la escena, al momento de votar se abstuvo von Baer y Andrés Allamand (RN), mientras que -pese a la discusión- Rossi, Walker y Jaime Quintana (PPD) votaron a favor de la iniciativa.

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REEMPLAZANTE DE MATÍAS DEL RIO EN ULTIMA MIRADA ES HUMBERTO SICHEL

CHV encontró a reemplazante de Matías del Río en noticiario

Humberto Sichel conducirá "Última mirada" durante el tiempo en que Matías del Río esté en Estados Unidos.

Equipo Entretención
El conductor se va a EE.UU.
Foto: Gentileza CHV

Costó, pero finalmente ya hay nombre. Chilevisión encontró al reemplazante de Matías del Río en "Última mirada", el noticiario de medianoche de la casa televisiva.

Según cuentan fuentes de la televisora de Time Turner, el rostro elegido es Humberto "Toti" Sichel, quien actualmente conduce "Cadena nacional" en Vía X.

Sichel llegará, así, por primera vez a conducir un programa de gran relevancia en la TV abierta; antes había tenido sólo participaciones especiales en espacios como "Chile elige" (TVN) y "Alfombra roja" (Canal 13).

Humberto Sichel llega a CHV.
Foto: Reproducción

Al noticiario de cierre de CHV llegará a reemplazar a Matías del Río por alrededor de un año debido a un viaje de estudios que el actual rostro de "Última mirada" partirá a hacer próximamente a Estados Unidos.

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Asociación Internacional de Exorcistas

GRACIAS A UN DECRETO

El Vaticano reconoce jurídicamente la Asociación internacional de exorcistas

ROMA, 2 Jul. (EUROPA PRESS) -

   La Congregación para el Clero del Vaticano ha reconocido jurídicamente la Asociación Internacional de Exorcistas a partir de un decreto del 13 junio del 2014 cuya aprobación se ha basado en el canon 322, párrafo 1 de Código de Derecho canónico, según ha publicado L'Osservatore Romano.

   El diario oficial de la Santa Sede ha informado de que a partir de esta nueva regulación se ha conferido a la Asociación Internacional de Exorcistas " personalidad jurídica privada como asociación privada internacional de fieles" al tiempo que ha recordado que la idea de reunir a los exorcistas en una asociación parte en Italia del religioso de la sociedad San Paolo, Gabriel Amorth, en los años 80 del siglo pasado.

   El presidente de la Asociación Francisco Bamonte ha valorado la aprobación como "un motivo de alegría no sólo para la Asociación, sino para toda la Iglesia y ha afirmado que "Dios llama a algunos sacerdotes a este precioso misterio del exorcismo y la liberación" para "acompañar con humildad, y caridad a estas personas".


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COMO LA RICA VENEZUELA SE EMPOBRECE -AHORA CON ASESOR DE MADURA CUBANO DISCIPULO DEL CHE.

Maduro presenta como asesor a economista cubano que trabajó con el "Che" Guevara

Orlando Borrego forma parte del equipo encargado de hacer un nuevo estudio de reestructuración de la administración pública en Venezuela.

CARACAS.- Orlando Borrego, un economista cubano que fue cercano colaborador del guerrillero argentino-cubano Ernesto "Che" Guevara y ocupó altos cargos en el gobierno de la isla, participa en un nuevo estudio sobre reestructura del gobierno venezolano, anunció el Presidente Nicolás Maduro.


"Borrego está incorporado a un equipo especial junto al ministro de Planificación, Ricardo Menéndez (...) preparando un conjunto de planes, uno de ellos para hacer una revolución total y profunda de la administración pública", dijo la noche del martes Maduro en su programa semanal de radio.


Borrego, de 78 años y con estudios de Economía en universidades de La Habana y Moscú, "fue compañero de Ernesto 'Che' Guevara por allá en las batallas de la revolución", anunció Maduro al presentar al cubano, que según la prensa venezolana es asesor del Presidente desde abril pasado.


Maduro ha iniciado en esta primera quincena de julio una reestructuración de su gobierno para hacer una "revolución dentro de la revolución" a fin de "cambiarlo todo para servir al pueblo", si bien no ha dado mayores detalles de las modificaciones que se podrían operar.


Según una ficha biográfica de Borrego aparecida en uno de los tres libros que ha escrito sobre Guevara, formó parte de una de las columnas rebeldes comandada por el 'Che' durante la lucha por la revolución cubana y llegó a ser primer teniente.


Tras el triunfo de la revolución, se desempeñó como fiscal de la Junta Económica Militar y ha sido viceministro de Industrias y de Azúcar, entre otros cargos dentro del gobierno cubano. En los últimos años se ha dedicado a escribir y a la academia.

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Senador Lagos se refiere a aprobación del Mepco

Senador Lagos se refiere a aprobación del Mepco


"Lo que se busca es que se atenúen las alzas y que el incremento no sea superior a 5 pesos. Lo que se persigue es que la fluctuación de precios, que producto del alza del precio del petróleo, subía a veces 15, 18 pesos, etc, se atenúe, y que la fluctuación no sea superior a 5 pesos de hoy", señaló el presidente de la comisión de Hacienda, donde se aprobó ayer en la  tarde el proyecto del Ejecutivo.


  El senador Ricardo Lagos Weber destacó la aprobación en la comisión de Hacienda de la Cámara Alta del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Mepco), sistema que busca terminar con el Sipco y disminuir las variaciones en los precios de los combustibles.


 "Lo que persigue es ajustando los pará-metros, es que la fluctuación de precios, que producto del alza del precio del petróleo, subía a veces 15 pesos, 18 pesos, etc, se atempere, se atenúe eso, y que la fluctuación no sea superior a 0,2 UTM, equivalente a 5 pesos de hoy", sostuvo el presidente de dicha instancia parlamentaria.


 Lagos Weber precisó que "entonces, este precio de la bencina, que sube todas las semanas, o baja, pero que generalmente sube, es que sin eliminar el impuesto específico, se reduce un poco el impuesto específico en su aspecto variable, y va a hacer que los que paguen bencina o diesel lo que van a tener es una fluctuación menor".


 "Si el precio del petróleo se dispara, ese disparo internacional en el precio no va a ocurrir de la misma forma acá en Chile, sino que se va a distribuir en el tiempo el alza, y vamos a tener pequeñas alzas de 5 pesos", concluyó el parlamentario.

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Tribunal Ambiental de Santiago rechazó reclamación de SQM

Chile

Justicia desestimó el reclamo de SQM contra la Sociedad Contractual Minera Copiapó, ligada al empresario Francisco Javier Errázuriz.

Martes 01 de Julio de 2014.- El Tribunal Ambiental de Santiago resolvió rechazar la reclamación de SQM -ligada a Julio Ponce- contra la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) de Tarapacá, por la aprobación del proyecto "Trazado de agua a Chinquiquiray", propiedad de la Sociedad Contractual Minera Copiapó, ligada a Francisco Javier Errázuriz y Eduardo Viada Aretxabala.

La compañía ligada a Julio Ponce solicitó la invalidación del permiso ambiental del proyecto a nivel regional, y posteriormente en el Tribunal Ambiental, sin lograr su objetivo.

"Estos sentenciadores coinciden con la decisión de la autoridad administrativa que negó la legitimación activa para requerir la invalidación de la RCA (…). El motivo por el cual SQM carece de legitimación activa se debe a que no acreditó suficientemente su interés individual o colectivo de carácter ambiental afectado por la RCA del proyecto, sobre todo, teniendo presente que al no ser parte del proceso de evaluación ambiental, recaía sobre éste una mayor exigencia para acreditar el carácter de interesado", dice la sentencia de la justicia ambiental.

Las tensiones entre los grupos  no es nueva. En 2008, un ejecutivo del brazo minero de los Errázuriz fue demandado por usurpación de agua en un litigio presentado por SQM. Posteriormente, la firma ligada a Francisco Javier Errázuriz presentó la primera querella en contra de la firma de Ponce tras frustrarse la licitación del litio en el Gobierno de Sebastián Piñera.

Pulso

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EVO MORALES SIGUE CON SUS AGRESIONES E INSOLENCIAS INSOSTENIBLES A CHILE

Obama elogia a Bachelet, pero Evo Morales exige le enseñe a "respetar tratados"

El presidente norteamericano ha elogiado el gobierno de su visitante, Michele Bachelet que se encuentra en Washington, mientras que Evo Morales le exige enseñar a la chilena a "respetar los tratados".


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Barack Obama elogió a Bachelet

Obama bromeó al recibir a Michelle Bachelet en la Casa Blanca, donde dijo que "es mi segunda Michelle favorita" luego de su esposa, lo que generó una distensión desde el vamos en el encuentro entre los mandatarios.

"Chile es un país confiable para las inversiones (…) Es un modelo de democracia en Latinoamérica, que sido capaz de tener una consistente transición de gobiernos que siempre han respetado las tradiciones democráticas", sentenció el mandatario norteamericano quien apuntó también sobre el fútbol que "Chile tuvo un espectacular desempeño y podría haber ganado".

Bachelet agradeció los elogios y apuntó tener en mente "un aumento de la cooperación" buscando nuevos acuerdos para la educación, la ciencia y la tecnología, principalmente.

En Bolivia Evo reclama a Obama dar "una lección" a la mandataria chilena

"Yo quiero pedir desde acá, al presidente Obama, que dé lecciones, que cuando hay derechos no hay validez de tratados y se devuelve, como el Canal de Panamá ha sido devuelto por Estados Unidos al pueblo panameño"", dijo el presidente Evo Morales en La Paz, refiriendo a la demanda marítima que su país ha presentado ante la Corte Internacional de La Haya.

Evo recordó que fue el pueblo de Panamá el que logró con "su lucha" que Estados Unidos devolviera el área del Canal de Panamá, pese a los tratados que en 1903 habían cedido "en perpetuidad" esa franja interoceánica a los EE.UU.

Con ello apunta a la revisión de los tratados como el que puso fin a la Guerra del Pacífico de 1879, dejando a Bolivia como una nación mediterránea.

En Washington, Bachelet fue consultada sobre si abordó el tema con Obama, pero dijo simplemente que habían tocado "todos los temas regionales".



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SUMARIO DE LA LEY DE LOBBY Y OTROS ANTECEDENTES CONFORME A BCN.

Guía legal sobre:

Ley del Lobby


Entrega información acerca de la regulación legal a las actividades lobby que se ejercen sobre autoridades y funcionarios.

Última actualización : 07-03-2014

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Aporta información sobre las actividades lobby que se ejercen sobre autoridades y funcionarios y cómo las regula la legislación chilena.

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¿Qué se entiende por lobby?
Lobby son las gestiones o actividades pagadas  que hacen personas o entidades, chilenas o extranjeras, para promover, defender o representar cualquier interés particular o para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar algunas autoridades y funcionarios.

Los lobistas buscan influir en la toma de decisiones y en los cambios a las políticas públicas y los planes o programas que están en discusión o en desarrollo o sobre cualquier medida implementada o materia que deba ser resuelta por el funcionario, la autoridad o el organismo público correspondiente, o bien para evitar tales decisiones, cambios y medidas.

¿Qué se busca a través de la Ley del lobby?
Se busca regular la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad.

¿Qué es un lobbista?
Es la persona natural (hombre o mujer) o persona jurídica (entidad), chilena o extranjera, remunerada, que hace lobby. Si no recibe pago se llama gestor de intereses particulares, sean éstos individuales o colectivos.

¿Quiénes son contactados para ser objeto de lobby? 
Las personas que en razón de su función o cargo tienen atribuciones para tomar decisiones relevantes y las personas que puedan influir decisivamente en quienes tienen esas atribuciones y que reciben regularmente una remuneración. La ley señala los siguientes cargos: ministros, subsecretarios, jefes de servicios, directores regionales de los servicios públicos, intendentes y gobernadores, secretarios regionales ministeriales y los embajadores, además de los jefes de gabinete de esas mismas autoridades.

Entre los funcionarios de la administración local, reciben lobby los consejeros regionales, los alcaldes, los concejales, los secretarios ejecutivos de los consejos regionales, los directores de obras municipales y los secretarios municipales.

También pueden recibir lobby el contralor general y el subcontralor general de la República; el presidente, vicepresidente y los consejeros del Banco Central; los comandantes en jefe de las FF.AA, el director general de la Policía de Investigaciones de Chile, el general director de Carabineros de Chile, el jefe y subjefe del Estado Mayor Conjunto y los encargados de las adquisiciones de las instituciones armadas y de las policías.

Se considera además que reciben lobby los diputados, los senadores, el secretario general y el prosecretario de la Cámara de Diputados, el secretario general y el prosecretario tesorero del Senado, y los asesores legislativos que indique anualmente cada parlamentario, en la forma y con el procedimiento que determine la Comisión de Ética y Transparencia Parlamentaria que corresponda; el fiscal nacional y los fiscales regionales del Ministerio Público; los consejeros del Consejo de Defensa del Estado, del Consejo Directivo del Servicio Electoral, del Consejo para la Transparencia, del Consejo de Alta Dirección Pública, del Consejo Nacional de Televisión y del Instituto Nacional de Derechos Humanos.

Se añaden los integrantes de los paneles de expertos creados en la ley N° 19.940 sobre sistemas de transporte de electricidad y del panel técnico creado por la ley N° 20.410 sobre concesiones de obras públicas;  los integrantes de las comisiones evaluadoras, formadas en el marco de la ley N° 19.886, sobre contratos administrativos del Estado, y el director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

Las instituciones que menciona la ley podrán agregar sujetos pasivos (es decir, los que reciben lobby) mediante resoluciones o acuerdos propios, informados en una resolución que se publique anualmente en los sitios web de esas entidades.

¿Qué actividades quedan reguladas?
Se regulan actividades como la dictación, modificación y derogación de actos administrativos y leyes y de decisiones de las autoridades y funcionarios. También las decisiones que adopta el Congreso Nacional, sus integrantes y sus comisiones, así como la celebración, modificación o el término de contratos y el diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas.

La ley considera también aquellas actividades destinadas a buscar que no se tomen esas mismas decisiones.

¿Hay actividades que no quedan reguladas por la ley del lobby?
No quedan reguladas por la ley del lobby, los planteamientos o las peticiones realizados en reuniones o asambleas públicas y aquellos que tengan estricta relación con el trabajo en terreno propio de las tareas de representación realizadas por una autoridad, además de las declaraciones, actuaciones o comunicaciones que hagan los funcionarios o autoridades en el ejercicio de sus funciones. Tampoco son materia de la ley, las peticiones verbales o escritas que se hagan a la autoridad o funcionario para obtener información sobre un procedimiento. Tampoco es tema de la ley si una autoridad o funcionario pide información para tomar una determinación en el ámbito de su competencia. 

Tampoco son lobby algunas actuaciones que hacen las personas o sus parientes en procesos administrativos ni las asesorías contratadas a profesionales e investigadores de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones, fundaciones, universidades, centros de estudios y de cualquier otra entidad análoga, así como las invitaciones que dichas instituciones extiendan a cualquier funcionario de un órgano del Estado.

No es lobby la defensa en un juicio ni el patrocinio de causas judicales. No lo son tampoco las declaraciones hechas ante una comisión parlamentaria y las invitaciones que funcionarios y autoridades hacen a reuniones técnicas a profesionales de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones, fundaciones, universidades, centros de estudios y de cualquier otra entidad análoga.

¿Se obliga a las autoridades a dar a conocer sus agendas?
Las instituciones y entidades que reciben el lobby deben mantener un registro público de sus agendas públicas, audiencias y reuniones.

¿Qué pasa con los viajes de las autoridades y funcionarios?
Debe registrarse los viajes realizados en el ejercicio de sus funciones por las autoridades y funcionarios señalados por la ley así como de los donativos oficiales y protocolares que reciban.

Sólo queda exceptuada la difusión de los viajes cuando  afecte el interés general de la Nación o la seguridad nacional.

¿Qué se entiende la ley por igualdad de trato?
Significa que las autoridades y funcionarios señalados deben mantener igualdad de trato respecto de las personas, organizaciones y entidades que soliciten audiencias sobre una misma materia.

¿Qué obligaciones tienen las personas y entidades que hacen lobby?
Deben entregar de manera oportuna y veraz a las autoridades y funcionarios respectivos, la información que se les pida, tanto para solicitar audiencias o reuniones, como para efectos de su publicación. Además, deben informar a quien solicitan la reunión o audiencia, el nombre de las personas a quienes representan y si reciben remuneración por las gestiones.

Cuando quien hace el lobby es una persona jurídica (empresa o entidad) debe proporcionar la información que se le solicite respecto de su estructura y conformación.

Se multará a quien no entregue la información o entregue datos falsos o inexactos.

¿Qué es el registro público de lobistas?
El registro público de lobbistas y de gestores de intereses particulares es un documento que debe tener cada uno de los órganos e instituciones que señala la ley. El registro será administrado por éstos y a él se incorporarán las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que desempeñen las actividades de lobby. A esos registros pueden ingresar quienes ejercen el lobby inscribiéndose o automáticamente en cuanto realicen una actividad de lobby ante una autoridad o funcionario.

¿Qué dice la ley sobre sanciones?
La infracción de las normas de la ley del lobby hará incurrir en responsabilidad y traerá consigo las sanciones administrativas que la ley determina. Los procedimientos son distintos, según la naturaleza del organismo. Se contemplan sanciones tanto para quienes reciben el lobby como para las personas o entidades que lo ejercen.
Las sanciones a los funcionarios quedan en su hoja de vida y deben ser publicadas en los sitios web de los organismos públicos. En el caso del Contralor General de la República, será la Cámara de Diputados la encargada de verificar el debido cumplimiento de las disposiciones de la ley.

En el caso del Congreso, las respectivas Comisiones de Ética y Transparencia Parlamentaria conocerán y resolverán acerca de la aplicación de las sanciones a los parlamentarios y funcionarios.

¿Qué pasa con la sanción al cohecho?
La ley del lobby mantiene la posibilidad adicional de sancionar penalmente los delitos de cohecho, consistentes en la obtención por un funcionario de beneficios económicos o el ofrecimiento de beneficios económicos a un funcionario por acciones u omisiones que le hagan faltar a sus deberes. Incluso la legislación elevó algunas sanciones e inhabilitaciones.

¿Cuándo rige la ley?
El Presidente de la República promulgará el reglamento de la ley del Lobby dentro del plazo de tres meses contado desde la publicación de la ley, que comenzará a regir  tres meses después de la publicación del reglamento señalado.

Para algunas autoridades se consideró una vigencia diferida de ocho o doce meses. Por ejemplo, para los jefes de servicio, los directores regionales de los servicios públicos, los intendentes y gobernadores, los secretarios regionales ministeriales y jefes de gabinete, la ley comenzará a regir ocho meses después de la publicación del reglamento. Doce meses después de publicado ese reglamento, ya estará vigente para todas las autoridades y funcionarios mencionados por la misma ley.




Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
Fuente:BCN.CL

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