CARCELES Y REHABILITACION ESE ES EL DESAFIO
Jul. 29 , 2010
A propósito de la propuesta de Indulto Bicentenario entregada por la Iglesia Católica, ha surgido un tema "coletazo" que ya tiene ribetes de problema eterno: las condiciones de las cárceles chilenas, el aumento explosivo de la población penal, su hacinamiento y sobrepoblación, sumado a los nulos resultados de las medidas alternativas. Lo anterior nos deja un panorama desolador en términos que las penas impuestas por nuestro sistema jurídico, sean privativas o restrictivas de libertad, no resuelven la conflictividad social ni disuaden a otros miembros de la sociedad de realizar conductas delictuales.
El problema pone en pugna dos miradas antagónicas e irreconciliables. Por un lado, están quienes se sorprenden con la cifra exponencial de reclusos que ingresan a nuestras cárceles año tras año, que plantean que no es posible que la cárcel sea la única solución, que postulan el cumplimiento de la pena en medio libre como una mejor alternativa frente al recinto cerrado y la obligatoriedad del Estado de rehabilitar y reinsertar socialmente. Todo ello, sin perjuicio de la demanda eclesiástica frente a la indignidad de los recintos carcelarios en Chile.
Por otro lado, hay quienes plantean que la cárcel es el lugar por excelencia donde la persona privada de libertad deja de significar peligro alguno para la sociedad. Para ellos, la cárcel cumple el rol reparativo para la víctima. Cuestionan el costo de mantención de un preso - varias veces superior al sueldo mínimo mensual - y demandan que dentro de los recintos penitenciarios el trabajo sea obligatorio.
Si bien ambas posturas tienen algo de verdad, la cuestión es incidental en materia de seguridad pública. Cada delincuente que delinque por primera vez causa víctimas y el que reincide, pasando por una unidad carcelaria, vuelve a aumentar las víctimas ya generadas la primera vez. Si vamos al tema duro, 70% de la población penitenciaria es reincidente, por tanto las cárceles, lejos de persuadir, especializan en el oficio y gradúan con honores a quienes pasan por ellas.
A su vez, los esfuerzos estatales por rehabilitar y reinsertar social y laboralmente a los presos carecen de buenos resultados, aún cuando el presupuesto de Gendarmería que se divide entre seguridad y control y programas de reinserción - ha aumentado todos los años, focalizando los recursos en personal e infraestructura, en desmedro del segundo gran ítem. Respecto a lo que se gasta en reinserción desde Gendarmería, que el año 2009 representó una inversión de M$ 4.898.018, los resultados están a la vista: el programa "Hoy es mi tiempo", que consiste en una intervención integral para rehabilitación, solo benefició a 350 personas durante 2008. El programa de colocación laboral intermedió solo 31 colocaciones, mientras que la intervención psicosocial individualizada actuó solo con 208 internos durante 2008.
La oferta programática de reinserción es débil tanto en las características de los programas de adicción de drogas, laboral, educacional y psicosocial, como en las coberturas. Además, la participación de los internos en estos programas es voluntaria y generalmente su adhesión dice relación con la posibilidad de optar a beneficios interpenitenciarios, es decir, su estímulo es perverso.
Creo que lo que nos mueve es efectivamente que el círculo de la delincuencia no siga girando, por lo que pensar en que los delincuentes pasen por los centros penitenciarios o cumplan la pena en un medio libre y vuelvan cometer delitos no permite cumplir los fines disuasivos de la pena. Como tampoco disminuir de sobremanera los índices de delincuencia y de temor.
Desde mi punto de vista, hoy en Chile es extremadamente necesaria una ley de ejecución penal, esto es, estimular que la ejecución de la pena procure efectivamente resocializar al individuo condenado para que, una vez fuera del recinto penitenciario, pueda llevar una vida futura exenta de conflictos análogos a los que determinaron la condena, es decir, no produzca más delincuencia y, por ende, víctimas.
Por ello es urgente quitar a Gendarmería el rol ejecutor de la pena como el de rehabilitador del delincuente. La función de Gendarmería es única y exclusivamente velar por la custodia y seguridad de los internos y de las unidades penales.
Una ley de ejecución penal judicializará la entrega de los beneficios intrapenitenciarios y libertad condicional y para ello se creará un tribunal de ejecución penal, donde los jueces tendrán la supervisión y control jurisdiccional del cumplimiento de la pena y sus beneficios. En la misma línea, la figura de una Dirección Nacional de Rehabilitación y reinserción social, que ejecutará un plan de ejecución de pena, que incluya trabajo, educación, capacitación y asistencia psicosocial EFECTIVAS.
Seguir operando como hasta hoy no reducirá ni los índices delictuales, ni las víctimas, ni la indignidad que reclaman los obispos.
Saludos,
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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