Bioética y clonación
El autor de este artículo es Vicepresidente de la Asociación Española de Bioética
El debate bioético sobre la clonación cada vez presenta nuevas variantes; en mi opinión, todas ellas sólo afectan accidentalmente al valor ético de tal acción. Aun así, podemos encontrar, como ha ocurrido con otros debates bióticos, un pequeño espectro de posicionamientos: los que aceptan la clonación y todas sus variantes como una nueva alternativa para la reproducción, que incrementa la capacidad electiva del ser humano; los que aceptan algunas de ellas bajo determinadas circunstancias; y los que consideramos que el acto de clonación es ilícito en sí mismo, que no puede ser justificado ni por circunstancias especiales ni por fines subjetivos, por muy nobles que éstos sean. |
Me centraré en los que consideran que, dado el potencial beneficio para la Humanidad que conlleva esta técnica, se debe considerar lícita la clonación de embriones humanos para su posterior utilización (después de disgregar el embrión clónico) como fuente de células tronco stem cells. Posteriormente, a partir de estas células se obtendrán determinados tejidos compatibles con el progenitor que se transplantarían a éste. Este procedimiento ha sido bautizado terminológicamente por algunos con el nombre de clonación terapéutica, y se trataría de una técnica con indicación de tipo médico. En cambio para otros, entre los que me sitúo, este procedimiento supondría una instrumentalización de un ser humano por terceros, que iría en contra de la inviolabilidad de todo hombre y de su consideración como fin y nunca como medio. Atendiendo a este último criterio, considero que no puede hablarse de clonación terapeútica, que tendría una valoración ética aceptable, oponiéndola a clonación reproductiva, que sería rechazable. No existe, como algunos autores han indicado, una clonació blanda lícita, y otra dura, ilícita. Poner adjetivos puede que semánticamente responda bien al objetivo utilitarista que subyace en tal estrategia del lenguaje -contraponer el potencial beneficio para la Humanidad, frente a obstaculizar la ciencia en su lucha contra la enfermedad-, pero, considerando la acción en sí misma, se aprecia claramente que clonar es una acción reproductiva independientemente del fin subjetivo que se le dé al producto de tal reproducción, sea destruirlo al poco tiempo, o dejarlo crecer y nacer. No se ve cómo el paso del tiempo puede cambiar substancialmente la misma acción de generar un nuevo ser humano asexualmente. Es más, la intención de crearlos para destruirlos agrava más la situación de la eufemísticamente denominada clonación terapeútica, al convertirla en una nueva forma mortal de esclavitud por la que unos seres humanos son creados para provecho de otros; un abuso de los más fuertes sobre los débiles, una disposición de unos por otros, contraria a la igualdad de todos los seres humanos. Así pues, destruir a unos seres humanos para salvar a otros parece algo contradictorio y opuesto a la pretendida finalidad humanitaria con que nos quieren justificar la clonación terapeútica. Además, incrementaría el grado de desprotección en que, poco a poco, se ve envuelto el embrión humano. No sólo sería, como es en la actualidad, un medio para satisfacer los deseos reproductivos de una pareja, sino que adquiriría un grado más de cosificación. Simplemente se trataría de un material biológico sujeto a las leyes del mercado, o a intereses sanitarios, personales o sociales. Luis M. Pastor García |
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN LIBREMENTE
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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