EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CHILENO
Posteado en la tribuna de el mercurio , de Jorge Correa Sutil del dia de hoy
El tribunal Constitucional está contemplado en la Constitución Política de la República en el Capitulo VII, artículos 81, 82 y 83 , que determinan su composición, atribuciones y efectos de sus resoluciones.
El Fundamento de un tribunal Constitucional es el de velar por el Buen funcionamiento constitucional de los órganos del Estado , así como que los representantes del Estado respeten los derechos que la Constitución Política reconoce, establece y garantiza , además de proteger el orden Público , el orden jurídico democrático. En pocas palabras, nos decía nuestro querido Profesor de Derecho Constitucional don Jorge Mario Quinzio Figueiredo , hacer efectivo el Estado de Derecho Democrático.
El Tribunal Constitucional no está llamado a establecer reglas de derecho, sino a ser el fiel exponente de la protección de las normas establecidas en la propia Constitución.
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Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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