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Director
Renato Sánchez 3586 * Dpto.10
Las Condes * Santiago * Chile
T: (56-2) 245 1168
Rodrigo González Fernandez, luego de estudiar Derecho , más un grupo de profesionales muldisciplinario han querido ofrecer el primer blog y punto de encuentro , discusión , opinión y de información del derecho en general. CONSULTENOS POR ASESORIAS , CURSOS ,CHARLAS Y CONFERENCIAS DIRIGIDAS A EMPRESAS Y ORGANIZACIONES en materia de derecho, Gerencia de Administracion Pública, liderazgo, lobby y empresas .santiago- chile cel: 93934521
Un estudio de L&D concluye en lo siguiente:
El proyecto de ley sobre división y especialización
de
es cuestionable y debiera mover a un
análisis de aspectos que tienen que ver con el
modelo de gestión y los estándares de transparencia
del Poder Judicial. En efecto, y asumiendo
que el nivel de atochamiento, especialmente
en materias civiles y comerciales, es
importante, antes de aumentar los recursos al
Poder Judicial se debe evaluar si los actuales
se están administrando de la mejor forma posible.
Adentrados ya en el siglo XXI con toda
su lógica de división de funciones, se hace necesario
entregar la administración de los tribunales
a profesionales expertos en la materia,
que permitan a los jueces concentrarse en su
labor propia. Ello permitiría, a su vez, establecer
criterios de eficiencia, índices de gestión
públicos, evaluaciones periódicas, uso de sistemas
informáticos y tecnologías de última generación,
modernización de la cultura organizacional
interna, aprovechamiento de las economías
de escala de las organizaciones, entre
otros Más y completo estudio pueden ir a :
http://www.lyd.com/lyd/tp/tp784cortes.pdf
Saludos Rodrigo González Fernández
Consultajuridica.blogspot.com
SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ | |||
lugares donde no se puede fumar
Está totalmente prohibido fumar en:
- Establecimientos de educación prebásica, básica y media.
- Recintos donde se expendan combustibles.
- Lugares donde se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos.
- Medios de transporte de uso público o colectivo.
- Ascensores.
Está prohibido fumar en los siguientes lugares, salvo en sus patios y espacios al aire libre:
- Al interior de los recintos o dependencias de instituciones públicas. Sólo se podrá fumar en el caso de oficinas individuales que cuenten con ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior.
- Establecimientos de educación superior.
- Establecimientos de salud.
- Aeropuertos y terrapuertos.
- Teatros, cines, lugares en que se presenten espectáculos culturales y musicales, salvo que sean al aire libre.
- Gimnasios y recintos deportivos.
- Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público.
En éstos, podrá existir una o más salas habilitadas para fumar, salvo en los establecimientos de salud.
Estas mismas reglas se aplicarán en empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas obligadas a confeccionar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad, en conformidad a las normas del Código del Trabajo.
En los lugares de trabajo de propiedad de particulares no comprendidos en los mencionados anteriormente, la existencia de prohibición de fumar o la determinación de sitios y condiciones en que ello se autorizará, serán acordadas por los respectivos propietarios o administradores, oyendo el parecer de los empleados.
Lugares de esparcimiento:
En restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarets, casinos de juego y demás establecimientos similares, con una superficie superior a 100 metros cuadrados, para fumar en su interior se deberá separar ambientes para fumadores y para no fumadores, no pudiendo el espacio reservado a estos últimos representar menos del 60% del espacio total destinado a atención de público.
En lugares con una superficie inferior a 100 metros cuadrados se podrá optar por ser un espacio para fumadores o para no fumadores, de lo que deberá informarse en su acceso.
Los espacios habilitados para fumadores deberán estar aislados y contar con mecanismos que impidan el paso del humo hacia el resto del recinto, ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior, y a ellos no se permitirá la entrada de menores de 18 años.
Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

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En Chile la ley no obliga sino una vez promulgada en conformidada a la Constitución politica del estado y publicada en el Diario Oficial. se presume conocida cuando se ha proulgado y publicado y de acuerdo al art 8 º del Codigo Civil,nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que esta haya entrado en vigencia.
Difundir la Ley :Esto es algo que en Chile hace mucha falta. Incluso no hay suficiente difusión de los proyectos de leyes antes de promulgarse y menos una vez proulgados.
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Saludos Rodrigo González fernández, consultajuridica.blogspot.com
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La subccontratacion es un tema muy sensible en el Chile de hoy. Sin embargo aún las empresas , los trabajadores no le han dado la dimensión que debe tener dentro un "cambio cultural" que debe existir para su mejor implementación.Veamos las últimas noticias al respecto y podremos sacra conclusiones. Por otro lado, pronto habrá un Curso de Subcontratación en SOFOFA y que dictará el Profesor, abogado, Marcelo Montero en que se abordarán temas inherentes al cambio cultural y el derecho en materia de subcontratación como un elemento de agregacion de valor a las empresas.Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com
La teoría cuántica predice que es fundamentalmente imposible efectuar mediciones simultáneas de la posición y velocidad de una partícula con precisión infinita. Fue Werner Heisenberg (1901-1976) quien dedujo esta idea, la cual se conoce ahora como el principio de incertidumbre de Heisenberg.
Heisenberg demostró que es posible construir un aparato que nos diga bastante bien donde está un electrón, pero que entonces no sabremos a qué velocidad se mueve. Si queremos medir su velocidad sin alterarla podemos usar una luz diferente pero entonces no veremos bien donde está. A escala atómica, ningún aparato puede decirnos al mismo tiempo exactamente dónde y exactamente a qué velocidad se está moviendo una partícula.
El punto es que al medir, introducimos una distorsión y que siempre tendremos que hacer ciertas concesiones en materia de qué tan preciso medimos estas cantidades. El principio de incertidumbre va más allá, y dice que en el fondo la posición del electrón está intrínsecamente indeterminada, y que su "posición" es solamente la probabilidad de obtener una cierta medición.
A veces se da otro ejemplo relacionado, pero que no alcanza a explicar la importancia de la incertidumbre: para medir la presión de los neumáticos de un automóvil, hay que dejar salir un poco de aire. Así que cuando el marcador dice 30,000 psi en realidad probablemente es más bien 29,999 psi o menos. Medir implica interactuar, e interactuar implica una cierta alteración. A nuestra escala esa alteración no importa, pero cuando vamos a lo muy pequeño, esa alteración es una parte muy importante de las reglas.
La incertidumbre no es solo algo relacionado con la medición, sino que intrínsecamente las partículas tienen cierto nivel de indeterminación. Incluso una medición "ideal" tendría indeterminación, porque la posición de la partícula es sólo la probabilidad de obtener una cierta medición, no una cantidad absoluta.
| EN DISCUSIÓN GENERAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Se consideran las ideas fundamentales del proyecto de ley, con el objetivo de admitirlo o desecharlo en su conjunto. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Senado aprueba histórico Tratado de Libre Comercio con China
En condiciones de ser promulgada como Ley de la República quedó el proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre Chile y la República Popular China. Ello, luego que el Senado aprobara, por unanimidad, dicha iniciativa que fue calificada como “un acuerdo histórico en la política de apertura comercial y globalización de Chile”. Durante el debate intervinieron los senadores Roberto Muñoz Barra, Carlos Ominami, Sergio Romero, Hosaín Sabag, Jaime Naranjo, Jovino Novoa, Juan Antonio Coloma, Alejandro Navarro, Jaime Gazmuri, Hernán Larraín y Jorge Arancibia, además del canciller Alejandro Foxley, quienes coincidieron en la trascendencia de este nuevo TLC y a la vez, en los grandes desafíos que generará en el ámbito de las estrategias de desarrollo de nuestro país.
SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, consultajuridica.blogspot.com